codigo de circulacion

Tema en 'General' iniciado por chikelale, 26 Sep 2007.

  1. chikelale

    chikelale Miembro activo

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    aupa, haber hace unos dias iba con el forero axrael, en paralelo pero los dos solos, por la nacional.
    el caso es que nos para la ertzaina, y nos dice que esta prohibido ir en paralelo una sola pareja, que lo dice el codigo. decian que mas de una pareja si pueden ir en paralelo, pero solo una no.
    no discutimos para que no nos empapelaran, pero hay esta la duda.
    alguien sabe lo que dice exactamente el codigo?
    gracias.
     
  2. Menga

    Menga Miembro

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  3. pinarellof3:13

    pinarellof3:13 Miembro

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    Si me equivoco que alguien me rectifique:

    En principio no dice nada de si van 2, 20, o 200...

    La normativa es la que se encuentra en el REAL DECRETO 1428/2003, de 21 de noviembre,
    por el que se aprueba el Reglamento General
    de Circulación para la aplicación y desarrollo
    del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación
    de vehículos a motor y seguridad vial,

    Adjunto el link del real decreto:
    www.boe.es/boe/dias/2003/12/23/pdfs/A45684-45772.pdf
    y una foto del artículo 36.



    Ahí va un extracto que he sacado de la federación catalana de ciclismo (www.ciclisme.cat).

    Normativa de Tráfico
    Extracto del REAL DECRETO 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. (BOE 23/12/2003)
    Nota Aclaratoria:
    Los conductores de bicicletas, en su condición de usuarios de la vía y conductores de un vehículo deben atenerse a lo que establece el Reglamento General de Circulación para unos y otros. El presente extracto tiene como objeto aquellas disposiciones específicas para ciclos o bicicletas, o bien que establecen excepciones a la norma general para bicicletas o ciclos, así como las obligaciones del resto de usuarios de la vía respecto a los conductores de bicicletas y ciclos o viceversa.
    Señalización de obstáculos y peligros
    Artículo 5.2. No se considerarán obstáculos en la calzada los resaltos en los pasos para peatones y bandas transversales, siempre que cumplan la regulación básica establecida al efecto por el Ministerio de Fomento y se garantice la seguridad vial de los usuarios y, en particular, de los ciclistas.
    De la carga de vehículos y del transporte de personas y mercancías o cosas
    (Nota: hace referencia a las sillas para menores, remolques y portabicicletas traseros)
    Artículo 36. Conductores obligados a su utilización. (Arcén)
    1. Los conductores de (…) ciclos (…) o vehículos en seguimiento de ciclistas, en el caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada, circularán por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente para cada uno de éstos, y, si no lo fuera, utilizarán la parte imprescindible de la calzada. (…)
    En los descensos prolongados con curvas, cuando razones de seguridad lo permitan, los conductores de bicicletas podrán abandonar el arcén y circular por la parte derecha de la calzada que necesiten.

    2. Se prohíbe que los vehículos enumerados en el apartado anterior circulen en posición paralela, salvo las bicicletas, que podrán hacerlo en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico. En las autovías sólo podrán circular por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso. (…)

    3. El conductor de cualquiera de los vehículos enumerados en el apartado 1, excepto las bicicletas, no podrá adelantar a otro si la duración de la marcha de los vehículos colocados paralelamente excede los 15 segundos o el recorrido efectuado en dicha forma supera los 200 metros.
    Artículo 38. Circulación en autopistas y autovías.
    1. Se prohíbe circular por autopistas y autovías con (…) bicicletas (…)
     

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  4. sonic

    sonic El caimán.

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    Tendremos que ir con una copia de la legislación en el maillot, el seguro, el carnet de conducir, además de poner matrícula a la bici, luces, intermitentes, espejos, pagar impuestos, etc, etc,.
     
  5. campgal2004

    campgal2004 Miembro

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    Pues yo opino que sí se puede circular en paralelo 2 ciclistas por la sencilla razón de que el art. 36.2 del Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre (Rgto de circulación) así lo autoriza expresamente: "... se prohíbe que los vehículos enumerados en el apartado anterior circulen en posición paralela, salvo las bicicletas, que podrán hacerlo en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico".
    En absoluto dice que haya de tratarse de más de 2 columnas de a dos, de hecho ello ya no sería circulación en paralelo sino circulación en grupo y este tipo de circulación, también autorizada aparece regulada en otro artículo del citado R.D., el 54.1.
    Así pues, si te vuelven a parar lleva apuntado en algún sitio el art. 36.2 del Rgto de Circulación y que te digan los agentes donde dice que tienen que ser más de 1 columna de a dos. Saludos.
     


  6. serpal

    serpal Moderador Ciclismo Crta. Moderador ForoMTB

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    Si la propia policia no sabe las normas apaga y vamonos.
     
  7. peritoribio

    peritoribio Ciudadano del Mundo

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    A mi grupo nos dió el alto hace un par de veranos la Meretérica, y el tío va y nos suelta que es obligatorio llevar el chaleco reflectante puesto (cágate lorito) aunque fuera a plena luz del día y con 35-40º...
    Actuamos igual que tú, con cara de bobos diciéndole "si bwana" para que no nos empapelara (aunque si lo hubiera hecho, cosa que dudo, esa denuncia hubiera sido fácilmente "quitable" con unas buenas alegaciones, digo yo) y quitarnos de problemas, pero vamos, que es que hay cada uno por ahí suelto que se inventa la ley según le apetece también.
    Está claro que tenemos que ser los primeros en tener formalidad vial en la carretera, pero es que parece que no es suficiente con que dia sí, día también nos puteen los camioneros y otros vehículos, sino que nos tenemos que encontrar con que las autoridades policiales de vez en cuando actuen como mamarrachos con nosotros, en lugar de dedicarse a denunciar tantas y tantas infracciones que sufrimos los ciclistas continuamente (que intuyo que denuncias de esas hay pocas pocas...).
     
  8. sonic

    sonic El caimán.

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  9. peritoribio

    peritoribio Ciudadano del Mundo

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  10. sonic

    sonic El caimán.

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    Je,je, no lo había pillao.
     
  11. Zoonian

    Zoonian Miembro Reconocido

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    Encima de ser los más débiles en la carretera, ahora resulta que las leyes y los artículos que nos atañen directamente son interpretables con efectos restrictivos para nosotros...:confused:

    Si es que pronto tendremos que poner el culo y todo para poder dar un paseíto...:???:
     
  12. chikelale

    chikelale Miembro activo

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    vale, la norma se puede interpretar por las condiciones de la carretera.
    pues era a mediodia y una bonita recta donde nos pararon.
    tambien nos dijeron que en grupo debiamos ir aconpañados de coche de apoyo... y que mas.
    esto ultimo creo que si lo especifica pero para grupos de mas de 50 integrantes o algo hasi y va dirigido a las cicloturistas o carreras.
    es indignante.
     
  13. shas1974

    shas1974 Miembro Reconocido

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    a mi la txaraina me paro con unos amigos en una carretera sin arcen y nos dijo que en carreteras sin o con arcen de menos de metro y medio no se puede ir en paralelo.
     
  14. dieggokasas

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    Si es para echarse a reír ........... o llorar, cuando ni ellos se enteran del ćodigo de circulación.

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  15. ronie

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    Apaga y vamonos...es vergonzoso que ni ellos sepan el codigo de circulacion.
     
  16. zurruletas

    zurruletas Miembro Reconocido

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    Esto debe ser lo que estudian en la academia.:-D :-D :-D :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:
     

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  17. ronie

    ronie Miembro activo

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  18. THEVENET

    THEVENET TXIPIS-SALCEDO

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    A mi padre y a mi un día también nos paró la guardia civil y nos dijo lo mismo, al parecer, solo se puede circular en paralelo en grupos de 3 o mas ciclistas, pero nunca de dos, la verdad es que no se cuando habra salido esta norma, porque que yo sepa el reglamento no indica nada de esto como bien ha puesto alguno, pero algo de cierto si debe de tener cuando ya nos han parado ya a unos cuantos por el mismo motivo...

    Aun así,manda huevos que se fijen solo en estas pijadas y no en las cabronadas que tenemos que aguantar a diario (como cuando se ponen a adelantar viniendo nosotros de frente, cuando nos pasan rozando, o lo que es peor, cuando se nos cruzan por delante para tomar una desviación)
    Siendo algunas de estas muy facilmente detectables, pero que pasan por alto.
    De todas formas paciencia y prudencia en las carreteras compañeros.
     
  19. Dorian Gray

    Dorian Gray Por aqui andamos

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    En Trabubulandia, con los Trabubus
    pues a leerlo bien y a cumplirlo
     

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