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Tema: OJO Portabicicletas traseros - DGT

  1. #41
    Domador de burras Señor del Carbono Avatar de asleas
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    19 jun, 04
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    ¿Sabeis si el Thule ClipOn (el de portón trasero) con el accesorio de la placa de matrícula y pilotos Thule 975 es válido?
    ¿Alguien tiene este modelo?
    Es que el modelo Thule ClipOn High lleva las bicis demasiado altas y por tanto supongo que afectará más a la aerodinámica del coche con el consiguiete gasto de pelas. Además este modelo es más caro.
    Ayuda por favor, que ya lo tengo encargado y no me gustaría que me multaran los picoletos.
    El tendero me ha comentado que no voy a tener ningún problema si pongo el accesorio de la placa de matrícula y pilotos, pero no me fío del todo.
    ¿Sabeis si este modelo está homologado?

  2. #42
    No me canso :-þ Adicto al foro Avatar de rOoLeZ
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    Cita Iniciado por [Free-Ski]
    Imagínate un día con el todo terreno por un camino lleno de baches y las bicis detrás... Ese días el portabicicletas pasó su prueba de fuego.
    asi claro q yo tamb miro continuamente jejeje

    salu2
    Historia

    .

  3. #43
    Comité a favor de los Vs! Adicto al foro Avatar de shadow
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    17 jun, 04
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    Cita Iniciado por 27
    lo de Roolez me parece ya descarado, no se como andarán por Cádiz, pero te aseguro que te engancha un civilote en la M-40 en Madrid, y acabas desmontando las bicis, metiéndolas en el coche a piezas, y con un recuerdo de 150 a 300 € como poco.

    No me canso de decirlo, SON VÁLIDOS SIEMPRE QUE SE DEN 3 CONDICIONES:
    1. LA CARGA NO DEBE DE SOBRESALIR DEL VEHÍCULO LATERALMENTE
    2. LAS LUCES DEL VEHÍCULO TIENEN QUE SER VISIBLES EN TODO MOMENTO, ASÍ COMO LA PLACA DE MATRÍCULA.
    3. SE HA DE SEÑALIZAR LA CARGA CON LA PLACA DE SEÑALIZACIÓN v-20 (PLACA DE DIAGONALES ROJAS Y BLANCAS RETRORREFLECTANTES DE 50X50 CM).
    Cualquier infracción de uno de los puntos enumerados, puede provocar la denuncia por parte del agente.
    27 saludos!!!
    Pues sí, se deben cumplir todas esas condiciones, por lo menos en MADRID, me explico:

    El año pasado, en mi habitual visita a los Pirineos para ver el Tour, llevé mi bici y la de mi novia en los portabicis de la baca (los que anclan a la horquilla). Tuvimos problemillas con la baca durante el camino, y en Andorra me compré un Thule para el portón (¿el modelo 969 o algo así?). Yo monto las 2 bicis sin ruedas, porque en mi coche (Ford Fiesta) las ruedas ocultan en parte las luces y por no provocar... pues bien, con esa configuración circulé por Francia (pasando por delante de 1000 gendarmes), salí de Andorra (me pararon los GC en la aduana para mirar maletero y demás y no me dijeron nada del porta), fuí a Tarragona (otros tropecientos moços de Escuadra no me dijeron ni mú), viné por la A2 hacia Madrid (cruzándome y siendo adelantado por unos cuantos coches de la GC) y cuando estoy llegando a Madrid, me paran para un control preventivo de alcoholemia, doy 0.0, y como tendrían que recaudar, me metieron 150 euros de multa por no llevar la V20... desde entonces llevo la V20 y por ahora no me han dicho nada, aunque voy acojonado cuando me cruzo a la GC. Yo creo que depende del afán recaudatorio de cada uno y de si ha cumplido el cupo de multas, es mi opinión.
    Mas "runner" que "ciclista"


  4. #44
    Domador de burras Señor del Carbono Avatar de asleas
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    Sinceramente, me parece una pasada 150€ por no llevar esa placa. Pero claro, la M-30 la tenemos que pagar los de siempre.
    shadow, ¿cuanto te costó la dichosa plaquita?, ¿donde la compraste?

  5. #45
    Comité a favor de los Vs! Adicto al foro Avatar de shadow
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    Cita Iniciado por asleas
    Sinceramente, me parece una pasada 150€ por no llevar esa placa. Pero claro, la M-30 la tenemos que pagar los de siempre.
    shadow, ¿cuanto te costó la dichosa plaquita?, ¿donde la compraste?
    150 que se quedaron en 105 al hacer pronto pago. Lo fuerte es que el conductor que sopló antes que yo llevaba alcohol pero rozaba el límite y no le multaron: "tenga cuidado y buen viaje". Y a mí, que doy 0.0 se pasaron 5 minutos dando vueltas alrededor del coche para buscar algo que multar. Me costó 25 euros (homologada y reflectante), pero me la compraron mis padres no sé si en una ferretería o tienda de cosas de construcción (la llevan muchas furgonetas y camiones). En tiendas de coches no la encontré (Norauto, Aurgi, etc...)
    Mas "runner" que "ciclista"


  6. #46
    Member Aprendiz de Glober@
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    Yo lo que hago es girar la rueda delantera hacia atrás. Por cierto, tambien es obligatorio colocar la placa con franjas rojas sobre blanco en la parte trasera(Homologada), a mi me pararon los "Mossos d'esquadra" por no llevarla

  7. #47
    Member Aprendiz de Glober@ Avatar de ChAnG
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    pues yo la llevo igual

    pos eso... yo las llevo igual que roolez y tengo el trasportin ese de Feu-Vert, pero a mi no me tapa luces ni matricula, tengo un ford-KA (mi mujer se quedó con el nuevo y me pasó este, jajaja), hago trayectos cortos, pero me voy a mirar hoy lo de quitar la rueda, la fotografio y os cuento.

    saludos.

  8. #48
    Senior Member Señor del Aluminio
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    17 dic, 06
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    466
    Retomo este tema porque he adquirido un Thule ClipOn High 9105 y me estuve informando sobre los temas legales antes de comprarlo.

    Estuve leyendo bastante por internet y, entre otros sitios, llegué a la página de Conbici.org (www.conbici.org), "Coordinadora en Defensa de la Bici".
    Desde luego ahí creo que saben de lo que hablan puesto que, si miráis en su apartado de Legislación (http://www.conbici.org/joomla/content/view/44/52/), han estado mandando cartas de queja a la Unión Europea (en Bruselas) sobre la prohibición de los portabicicletas en España, así como otros temas (transporte de niños en la bici), recibiendo sus correspondientes respuestas.

    A pesar de leerme esa información, me quise asegurar y les envié un e-mail preguntándoles cómo estaba actualmente el tema de legislación de los portabicicletas traseros, y, textualmente, esto fue lo que me respondieron:

    Apreciado Jose Miguel,

    Lo que dice el Reglamento General de Circulación sobre portabicicletas para coches

    El nuevo Reglamento General de Circulación (REAL DECRETO 1428/2003, de 21 de noviembre) no menciona los portabicicletas, y hay que buscar las referencias en la reglamentación general sobre la carga de los vehículos (Art. 15). En ella, se permite a todos los vehículos (antes solamente a los destinados exclusivamente al transporte de mercancías) que la carga sobresalga por detrás en un 10 % de la longitud en planta del vehículo, y hasta un 15 % en caso de cargas indivisibles.

    Desde el 23 de enero de 2004, cuando entró en vigor el nuevo Reglamento, el uso de algunos portabicicletas traseros es, finalmente, legal en España: todos aquellos que no sobresalgan más del 15 % en longitud de la planta del vehículo, siempre que ninguna parte de las bicicletas sobresalga por detrás del portabicicletas, ya que, en este caso, algún agente de tráfico excesivamente celoso podría interpretar que las bicicletas no son una "carga indivisible" (se pueden desmontar) y aplicar el 10 %, más restrictivo.

    Hay que señalizar la carga que sobresalga, o sea, el portabicicletas, con un panel V-20, un rectángulo con franjas rojiblancas diagonales. Ahora bien, si la geometría del coche es tal que su parte trasera es estrecha y, por tanto, las bicicletas sobresalen por detrás en todo el ancho del coche, hay que colocar dos de estos paneles.

    En ningún caso, la carga debe obstaculizar la vista del alumbrado y de la matrícula, y de noche o en condiciones de mala visibilidad ha de llevar, además, una luz roja, cuyas características no se especifican en este Reglamento. Entendemos que puede ser una luz a pilas, como las que se usan también para las propias bicicletas.

    Los portabicicletas sobre bola de remolque

    Los portabicicletas de bola de remolque, que conocemos como los más seguros y más cómodos entre los que se usan en otros países, tienen de fábrica un espacio para la matrícula, un sistema de alumbrado completo y una conexión eléctrica estandardizada, y disponen de una homologación europea. Todo ello con independencia de las dimensiones, que podrían hacer que alguno de ellos no se pueda utilizar con ciertos modelos de automóviles en España, aunque sí en otros países (lo cual puede motivar nuevas quejas contra España ante la UE).

    Entendemos que, una vez conseguida, por parte del fabricante, la homologación necesaria para poner en venta el artículo -que no necesariamente tiene que ser una homologación española, también puede ser de otro país de la UE-, no se requiere al usuario más documentación ni inspecciones (ITV).

    En la legislación española, este tipo de "cuasi-remolque" no existe, ya que carece de ruedas, por lo que se trataría simplemente de una nueva modalidad de portaequipajes. Dependiendo del vehículo que los lleva, los portabicicletas sobre bola de remolque probablemente no cumplen el requisito del 15 % (menos aún el del 10 %), y, por tanto, seguirían siendo prohibidos.

    Ahora bien, estamos pendientes de las próximas modificaciones en el Reglamento de Vehículos, que se han anunciado en la revista Tráfico, por si entre ellas se hubiera contemplado el portabicicletas sobre bola de remolque, por ejemplo en una categoría nueva, asimilable a un remolque. Pero, de momento, es lo que hay: una solución parcial.

    Esperamos que esta información haya podido resolver tus dudas sobre el tema. En todo caso, en el apartado de Legislación de la web de ConBici (www.conbici.org) encontrarás información exhaustiva sobre las nuevas normas de circulación aplicables a los/as ciclistas o en relación con ellos/as, algunas de las cuales no se han dado a conocer suficientemente por parte de la DGT en sus campañas de información a la ciudadanía.


    Saludos,

    --------------------------
    Haritz Ferrando
    Oficina permanente
    --------------------------
    ConBici - Coordinadora en Defensa de la Bici
    BACC, C/Verneda 18, 08018 - Barcelona
    Tel. / Fax. 933 077 100
    info@conbici.org / www.conbici.org
    Por tanto, parece ser que sí estaría permitido que las bicis sobresaliesen por los laterales, siempre y cuando llevemos dos señales V-20.

  9. #49
    Para ganar hay que sufrir Señor del Scandium Avatar de danieletz
    Fecha de ingreso
    08 dic, 05
    Ubicación
    En algún lugar.
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    722
    Que estupidez......

  10. #50
    whitisnake Dominguer@
    Fecha de ingreso
    13 ene, 07
    Mensajes
    3

    Question Ayuda portabicicletas bola de remolque.

    Hola. Por favor, a ver si alguien me aclara unas dudas sobre el portabicicletas de bola de remolque, concretamente sobre los modelos de Thule Euroway 945 (2 bicicletas) 947 (3 bicicletas).
    Planteamiento: Mi coche es un 4x4 con la rueda de repuesto ubicada en el porton trasero.
    Pregunta 1. En el comercio de mi ciudad, donde he ido a informarme, me han dicho que al llevar la rueda de repuesto alojada en el porton trasero pierdo el hueco de una de las bicicletas, por lo que tengo dudas en adquirir el destinado a dos bicicletas para solo llevar una, o el de tres para llevar dos. Alguien que haya adquirido este tipo de portabicicletas para un 4x4 (rueda repuesto porton trasero) ¿me puede decir si esto es asi?
    Pregunta 2. He entrado en la web de thule, incluso me he descargado las instrucciones en fichero pdf del montaje de ambos modelos, me indican algunas caracteristicas, peso, dimensiones del cuadro de bicis que soporta, ademas de la instalación, pero no me habla de las dimensiones de ninguno de los portabicis, y esto, segun he leido en este foro es importante. Si he entendido bien, a la longitud del vehiculo y dependiendo el tipo de carga, se le aplica un porcentaje de un 10 o 15 %, cuyo valor es el que esta permitido.
    ¿Alguien me puede proporcionar las dimensiones de ambos portabicicletas?, ¿habeis tenido algun problema?. Mi coche segun las caracteristicas tecnicas tiene una longitud total de 4405 mm, pero insisto, no se las dimensiones de los portabicicletas, ni el de dos (thule 945) ni el de tres (thule 947).
    Pregunta 3. ¿Es necesario señalizar la carga con la señal v20 en los portabicicletas que van a la bola de remolque?
    Pregunta 4. Tal y como he leido, este tipo de "cuasi-remolque" si cumple el requisito del 10 o el 15 % ¿seria legal?.
    Pregunta 5. Me han dicho que thule en cuanto a calidad son de los mejores que van en la bola de remolque y que no hay mucho mas donde elegir ¿es cierto?.
    Pregunta 6. Otra alternativa que llevo tiempo considerando es adquirir un remolque, pequeño, con tapa, tipo a los que utilizan los cazadores para llevar los perros y colocar portabicicletas de techo sobre la tapa del remolque. Esta solución es mas cara y con las plazas de garage tan pequeñas que tenemos, es un estorbo mas, aun asi, ¿si alguien utiliza esta opción me puede decir si es legal, si es practica?, en fin si le va bien.
    Gracias de antemano a todos y espero no haberos agobiado con tanta pregunta.
    Un Saludo.

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