¿Hay algún abogado? (no es off topic)

Tema en 'General' iniciado por pepin, 20 Ene 2006.

  1. pepin

    pepin ciclista a pie

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    Hola:

    Parte de los trabajos de documentación para la ICSG/AEBM (http://www.foromtb.com/forumdisplay.php?f=31) incluyen traducciones de materiales con copyright.

    Se plantea la duda (http://www.foromtb.com/showpost.php?p=877603&postcount=6) del uso que se pueda hacer, si es que se puede hacer alguno, de estos materiales (por ejemplo colgar las traducciones en la web o adjuntarlas como alegaciones al PRUG).

    ¿Alguien sabe qué posibilidades hay, con la ley en la mano, y qué pasos hay que dar para explotarlas?

    Gracias.
     
  2. j@se

    j@se Ride your life

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    una opcion que teneis es pedir autorizacion para el uso al propietario de los materiales, si es el imba y le exponeis la situacion seguro que os lo conceden.

    Para adjuntarlo como alegaciones no teneis que pedir autorizacion, pues seria documentacion. (ten en cuanta que si eso fuera asi (si el copyright alcazara hasta esto,) no se podria citar a ningun autor ni teoria en ninguna alegacion)

    La autorizacion es para explotacion comercial.

    Vamos lo que no podeis hacer es copiarlo sin mas en la pagina web sin autorizacion (aunque es una practica comun en la web).
     
  3. NanoTro

    NanoTro En el hogar RE

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    Habla con Fast Eddie.
    ël creo que es abogado (creo, no estoy seguro), y está colaborando en el tema AEBM...
     
  4. güilson

    güilson El último

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    Por lo poco que yo sé, se puede copiar total o parcialmente citando la fuente, dado que el medio en que se publica (el foro) no tiene un fin comercial, sino lúdico educativo. No son esas las palabras exactas, pero es el concepto que me quedó de una cuestión similar en otro foro con temática diferente.

    Creo que solo habría que hablar con el propietario de los derechos, si como resultado de la publicación, se obtuviera beneficio. De cualquier forma es algo que seguro que se ha planteado en todos los foros existentes, (si alguno se libra, ya le pasará) y seguro que en algunos, hay respuestas coherentes dadas por alguien versado en el tema. Haré alguna búsqueda por otros foros a ver si encuentro algo.
     
  5. dardhal

    dardhal Miembro Reconocido

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    El problema es que un abogado o experto en "propiedad intelectual" del foro posiblemente nos hable de la legislación de aplicación en España, y no la de aplicación en el país de origen del documento que están traduciendo. En caso de que se hiciera algo incorrecto el autor supongo que demandaría según la legislación de su país. Y si bien en este tipo de cosas no parece haber grandes discrepancias puede que no sean las cosas exactamente igual en todos los países del mundo libre.
     

  6. güilson

    güilson El último

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    He hecho búsquedas en diversos foros con las palabras copyright, derechos, autor y publicación, y he revisado multitud de encabezados de hilos entrando en algunos que parecía que habría posibilidades de que se hablara sobre esto, y desisto. Como atajo para documentarse sobre este asunto no ha funcionado. :oops:

    Habrá que consultar la ley y si es posible, mejor que la interprete un abogado.

    Hay un concepto que he visto en la búsqueda que no conocía. Parece ser que no sólo se tipifican los derechos sobre las obras, sino sobre las traducciones. Por poner un ejemplo. cualquier libro de cualquier autor que lleve muerto mas de 50 años es de libre distribución, y el dinero que te cobren será de gastos de ecición, distribución, impuestos y margen de beneficios, pero nunca de derechos de autor; ahora bien, una traducción hecha a posteriori, tiene su propia fecha de caducidad, teniendo que solicitar al traductor la autorización, o recurrir a una traducción anterior ya libre, o traducirla directamente.
     
  7. pepin

    pepin ciclista a pie

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    Gracias por las sugerencias.

    Efectivamente, el tema es más complejo de lo que parece, con implicaciones internacionales, además, como apunta dardhal. Por eso es necesario un dictamen profesional.
     

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