Chaleco reflectante

Tema en 'General' iniciado por Hurko, 17 Jun 2004.

  1. Hurko

    Hurko Señor del Avatar

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    Es obligatorio llevar el chaleco reflectante ese (como el de los coches) para ir por ciudad. Es que voy a venir al trabajo en bici y no se si hay que ponérselo o no.
    Alguien sabe algo?

    Saludos
     
  2. tabai

    tabai Miembro

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    Sacado del folleto de la DGT

    Antes:
    No estaba regulado.
    Ahora:
    Cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, si circulan por vía interurbana, los
    conductores de bicicleta llevarán colocada una prenda reflectante que permita
    a los conductores de vehículos y demás usuarios distinguirlos a una distancia
    de 150 metros.

    No dice nada de chaleco, solo prendas, en vias interurbanas y cuando sea obligatorio el alumbrado.
     
  3. msxtr

    msxtr LedMan

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    A todas luces, perdido en Lleida
    Hola, de todas formas, en ninguna parte pone que tenga que ser un chaleco, puede ser cualquier prenda, los zapatos, los reflectantes del pantalon, la mochila....


    Saludos
     
  4. level33

    level33 Miembro

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    Más protección para los ciclistas
    La Ley introduce cambios y términos nuevos para los ciclistas:
    n Los ciclistas, cuando no dispongan de una vía o parte de la misma especialmente destinada a ellos, circularán por el arcén de la derecha; también podrán hacerlo los vehículos en seguimiento de ciclistas, a una velocidad por debajo de los límites mínimos.
    n Los ciclistas podrán superar la velocidad máxima fijada para ellos (40 km/h) en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía aconsejen desarrollar una velocidad superior, pudiendo ocupar incluso la parte derecha de la calzada que necesiten, especialmente en descenso prolongados con curvas.
    n Podrán circular por los arcenes de las autovías salvo que, por razones de seguridad, se prohíba con señales.
    n Los ciclistas pueden circular en grupo, en cuyo caso se les considera como una única unidad móvil a efectos de prioridad.
    n Para adelantar a un ciclista o grupo de ellos, se ocupará parte o la totalidad del carril contrario de la calzada, incluso cuando esté prohibido el adelantamiento, siempre que se pueda efectuar la maniobra sin peligro.
    n Se añaden nuevos términos como VÍA CICLISTA (específicamente acondicionada para las bicicletas); CARRIL-BICI (cuando discurre adosado a la calzada); CARRIL-BICI PROTEGIDO (con elementos laterales que lo separan del resto de la calzada); ACERA-BICI (con trazado independiente de la carretera); y SENDA CICLABLE (vía para peatones y bicicletas que discurre por espacios abiertos, parques o bosques).

    JO Q TOXO LO SIENTO :lol: :lol: :lol:
     
  5. emeritoaugusto

    emeritoaugusto 100 % Pure mountain

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    reporta y no contestes. No alimentes al troll.
     

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