Que sabeís de este tema? Obliga la ley a llevar chaleco de esos reflectantes? El otro día me llamó la atención un policía local. Yo diría que la Ley no se manifiesta en ese sentido con los ciclistas. Habla del casco... de más cosas, pero no dice concretamente que debamos llevar un chaleco reflectante. Corregidme, please!!
pos yo casco me pongo pero... chaleco??? EN LA VIDA ME PONDRIA UN CHALECO VERDE Y FEO... como muxo una sudadera con reflectores
Pues que yo sepa no es obligatorio llevar el chaleco,solo si sales por la noche tendras que llevar ademas de las luces,alguna pieza reflectante en la ropa o en forma de brazalete o similar.
Tengo entendido que lo del casco solo es obligatorio en vias interurbanas. Del chaleco no he leido nada, solo que (tambien en vias interurbanas) es necesaria alguna prenda reflectante, no precisando cual. De los policias locales tampoco hay que fiarse, muchos no saben ni donde tienen las narices.
Yo cuando subo a mi casa desde Talavera (está a unos 6 kilometros) suelo llevar chaleco, y más si está anocheciendo. Por lo menos garantiza que los demás te vean.
yo tenia entendido que sólo era obligatorio llevar algo reflectante en condiciones de baja visibilidad... de hecho la equipación nueva de este año de mi club de carretera trae unas bandas grises reflectantes por encima de los bolsillos del maillot... pero vamos, de ahi a tener que llevar el chaleco periquito... no se yo... :scratch de todas, eso es como todo. Si quieres que te vean bien bien, es una opción llevarlo. y sobre el casco yo creo que ni deberia ser obligatorio llevarlo... es de sentido comun protegerte la chola... :wall uy, me acabo de dar cuenta que en el avatar voy sin casco... es un puerto, que conste, y esa rampa tiene el 10%...
Esto es loq ue aparece en la Web de Tráfico respecto a los reflectantes: "las bicis deben tener elementos reflectantes, lo mismo que sus conductores cuando circulen por vías interurbanas en circunstancias en las que es obligatorio el uso de alumbrado; pueden circular en grupo, en cuyo caso se les considera como una sola unidad; en determinadas circunstancias, como descensos prolongados, pueden superar los 40 km/h y ocupar la parte derecha de la calzada y no sólo el arcén"
creo q especifican llevar una prenda reflectante, pero no tiene pq ser un chaleco, y se usará cuando sea obligatorio q los coches lleves las luces de cruce...
Pues eso mismo, creo que la ley dice algo asi como "obligacion del ciclista de llevar elementos reflectantes". Imagino que cualquier prenda (valdra el camelbak???? :mrgreen: ). Lo que no recuerdo si es obligacion en todas las vias, o solo en interurbanas (me da que es esta ultima opcion). Ademas creo que es obligartorio las luces. saludos.
Bueno. Pues a ver si me cruzo con el "mendrugo" de poli local, y me hace la misma amonestación. Pues leí un artículo (creo que fue en PAIS semanal) de los sueldos de los policías. Curiosamente había municipios (concretamente recuerdo q San Sebas de los R) que la poli local ganaba bastante más que cualquier otro cuerpo nacional. Sinceramente como todos sean igual que "el ingeniero" en cuestión jodidos vamos.
Dice: las bicis deben tener elementos reflectantes, lo mismo que sus conductores cuando circulen por vías interurbanas en circunstancias en las que es obligatorio el uso de alumbrado; Es decir q a mi entender sera entre las puesta y la salida del sol y condiciones metereologicas adversas. Q a pleno sol na d na y si no recurso y a tomal por ....
a mi me ha dicho mi hermanito, que es un munisipá, que hay ke llevarlos en carreteras nasionales, cuando esté oscureciendo o en la oscuridad, por la ciudad no es obligatorio, al igual que el casco. . . un saludo
LoboBike, me parece que para circular por via urbana cuando no hay luz ... SI ES OBLIGATORIO las luces, pero no los elementos reflectantes del ciclista, ni el casco.