frenos y portabicis

Tema en 'General' iniciado por El Contravientos, 4 May 2006.

  1. rba1956

    rba1956 Miembro

    Registrado:
    26 Abr 2006
    Mensajes:
    130
    Me Gusta recibidos:
    0
    los portabicis traseros estan en principio excluidos de la legalidad,puesto que el propio portabicis y la bici sobrepasan las medidas de la planta del coche.Los agentes pueden sancionar su uso con multas de 91€ que pueden ser mas si ocultan la mricula o las luces. art.15 del reglamento general de circulación. No confundir los terminos "homologado"y"legal",el hecho que un aparato este homologado solo significa que el modelo cumple con los requisitos de seguridad necesarios:que no va a romperse con el peso de las bicis que va a transportar,o con la presion del aire al circular a determinada velocidad.
     
  2. DARKO

    DARKO Tatuando bestias

    Registrado:
    21 Ene 2006
    Mensajes:
    4.085
    Me Gusta recibidos:
    0
    Ubicación:
    Torrelavega (Cantabria)
    eso es cierto si la carga supera el ancho del vehiculo ,,pues multa al canto yo con el del techo no he notado mucha diferencia de consumo en el coche gasta algo más pero no mucho como dicen por ahí,, mi coche de 5.9 L/100 ha pasado a 6.1 L/100 ,en mi ordenador de a bordo,,osea que tampoco es para tanto,,sigo llenando el deposito una vez a la semana y me cuesta 3€ más ,,,tampoco es para tanto..
     

Compartir esta página