pero es que estamos hablando de portabicis de bola que estan homologados, y con su portamatrículas y luces. yo la única diferencia que veo es que unos llevan ruedas y los otros no
Yo creo que la normativa se acoge (erroneamente, para mi) a que no se puede poner una carga que tape las luces ni la matricula, cuando ponemos el portabici nos permiten taparlas (casi como medida de gracia) poniendo unas nuevas luces y placa de matricula. Pero sigue siendo carga que sobresale no es un remolque aunque sea muy parecido, igual que un camion que transporte una viga grande que sobresalga por detras si esta tapa la matricula tiene que llevar otra, por lo tanto hay que señalizarlo con una o dos v-20, que sea una carga que se enganche a la bola solo es una cuestión de diseño) ahora, gracias a que se considera solo carga nos ahorramos la ITV que sí tienen que pasar los remolques.
Eso creo yo, pero también deben creerlo los "señores de verde" jejeje De todos modos me quedo más tranquilo, gracias
¿cual es la diferencia entre llevar a un niño en un carrito y llevarlo a hombros? pues la misma, me explico: Un remolque es una unidad "independiente" (como el carrito) mientras que el portabicis, es una parte más adherida al coche. Mientras que el portabicis está obligado a llevar la placa V-20 porque sobresale de la plataforma del vehículo por detrás, el remolque está obligado a llevar unos catadióptricos retrorreflectantes de forma triangular que indican q es un remolque, ¿está claro ya?
Jo, había escrito una parrafada sobre la diferencia entre un remolque al uso y lo que, erroneamente, se llama remolque portabicis y se me ha borrado. Básicamente, para acojerse a la legislación y saber qué hay que llevar y qué no hay que distinguir entre dos cosas: 1.- Si es un remolque al uso entonces se modifica el tipo de vehículo y pasa de ser un turismo a ser un convoy, con lo que no hace falta la V-20 ya que el remolque lleva su propia señalización, incluso con matrícula propia, además de la misma que el turismo, si es más largo de nosecuantos metros o peso o algo así. 2.- Si es un remolque portabicis (que entonces no es un remolque propiamente dicho ya que no va remolcado o arrastrado, sino cargado sobre el coche) estamos hablando de algo que modifica la planta del vehículo ya que va sobre él y modifica sus dimensiones originales (longitud y anchura), por lo que es obligatoria la V-20. Espero haber ayudado a aclararlo.
en la ITV me dicen que si es obligatoria la placa de marras....otra cosa es que los guardias le den o no importancia
Pero el 10% se refiere a la longitud de la carga; siendo de un 10% o 15% teniendo en cuenta si la carga es o no indivisible, del ancho creo que no puede sobresalir nada...
Bueno, ahora que ya tenemos claro que es obligatoria la placa V-20 y es fácil y lógico de entender, creo yo, por la perfecta esplicación que nos han dado de la diferencia entre portabicis(tipo Thule Euroway)y remolque...... Mi pregunta es la siguiente: ¿Porqué si está claro para todos y es ilegal ir sin la placa V-20, la guardia civil pasa de todo cuando te ven? Yo creo que el sentido común impera hasta que llega un ********* y pone una norma estúpida.
Los guardias pasan por alto muchas cosas, por que también son humanos y a veces impera la lógica o el sentido común a la ley. No es lo mismo ir con un Thule con luces y matricula propias, a ir con un cencerro atado al coche. Al primero le pasarán por alto lo de la placa y al segundo le multarán por eso y de paso revisarán si está cometiendo alguna otra infracción. A fin de cuentas; lo barato sale caro.
Ojo, a veces miramos las cosas solo desde la posible sancion pero poneros en este caso: Vamos con vuestro coche, con nuestras tres bicis en la bola, volvemos tranquilamente por la tarde de una bonita ruta, todas las luces encendidas, frenais porque pasa un abejarruco moteado y el capulllo que teniais pegado a un palmo a la cola se come el portabicis. Ya podemos tener un Land Cruiser de 6 metros, rojo chillón, todas las luces puestas, que las luces de emergencia se enciendan automaticamente, etc, etc, que el muy c****n que nos ha dado, (como en el chiste) dirá que no llevavamos la jo**da V-20, y que no nos ha visto por eso. Sí, suena ridiculo, pero ahora en el parte del seguro haber como ponemos, que si es un remolque sin ruedas, que si llevamos matricula, que si los chicos de verde nos pararon pero no nos dijeron nada, etc,etc
Eso suponiendo que el que da por detrás conoce esa norma, que lo dudo muchísimo, y aún así puedes decir que la placa se cayó del golpe y que la busquen ellos, puestos a ser ********...
Además hay una cosa que no acabo de entender.... Si mi Thule se supone que está homologado para España será porque cumple por sí sólo todas las normas de seguridad; si aunque lo lleves vacío debes de llevar la placa V-20, según las normas....porqué no viene ya con ella? y porqué ******* lo homologan si no lo puedes usar por sí solo?
pues porque esta homologado por el TUV aleman (como casi todos ) no en españa y allí no es necesaria la placa
El a lo mejor no, pero su aseguradora puedes apostar a que sí Además hay una cosa que no acabo de entender.... Si mi Thule se supone que está homologado para España será porque cumple por sí sólo todas las normas de seguridad; si aunque lo lleves vacío debes de llevar la placa V-20, según las normas....porqué no viene ya con ella? y porqué ******* lo homologan si no lo puedes usar por sí solo? a que tampoco te trae placa de matrícula
Entonces, si está homologado para Alemania y no para aquí, porqué permiten usarlo?, no estamos en Europa?, si es que no tiene sentido se mire como se mire.