Multan a un ciclista por exceso de velocidad.

Tema en 'General' iniciado por JCEREZO, 17 Oct 2018.

  1. headcrusher

    headcrusher Miembro Reconocido

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    Pues no dará igual el peso cuando los límites para coches, autobuses y camiones no son los mismos. Yo no estoy diciendo que el límite deba ser diferente (bueno, el límite de alcohol sí que debería ser diferente), digo que las infracciones deben ser penalizadas en función de la responsabilidad que requiere la conducción del vehículo.
    Igual que la multa no es la misma si un conductor de una scooter da positivo que si lo da un conductor de un autobús cargado con niños, a mí me parece OBVIO que alguien que va a 70 por poblado con una furgoneta de ninguna manera puede tener la misma multa que el que lo hace con una bici.
     
  2. Frizick

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    Lo que dices no es correcto. La ley dice esto:

    e) Para ciclos, ciclomotores de dos y tres ruedas y cuadriciclos ligeros: 45 kilómetros por hora. No obstante, los conductores de bicicletas podrán superar dicha velocidad máxima en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía permitan desarrollar una velocidad superior.

    Se entiende que la velocidad queda a nuestro juicio, siempre respetando la máxima de la vía.
     
  3. kaos1978

    kaos1978 Miembro Reconocido

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    No recurres diciendo q no lleva velocímetro. El recurso debe basarse en la no obligación de llevarlo.

    En coche, por mucho q demuestres q tu velocímetro estaba roto pagarás la multa.

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  4. Frizick

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    La diferencia es que es obligatorio que un coche equipe un velocimetro homologado, por tanto el correcto funcionamiento de este entre dentro de la responsabilidad como conductor.
     
  5. Polete85

    Polete85 Miembro Reconocido

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    A 70 por un pueblo, como atropelles a alguien, lo matas con la furgoneta y con la bici, contando con que a 70km/h tardas mucho mas en detener una bici que la furgoneta (o coche), y me atreveria a decir que corre mas peligro de lesiones graves o fallecimiento atropellado por la bici que por el coche, ya que estos ultimos se "diseñan" pensando en ello y son capaces de absorber energia del impacto con zonas deformables.
     
  6. Polete85

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    Claro si, pero te pongo el ejemplo que puse mas atras.

    Si basas tu recurso en que no sabes a que velocidad ibas con la bici, y este prospera, en un coche pasaria igual, te deberian multar por tener el velocimetro roto, no por el exceso de velocidad, porque en ambos no sabes a cuanto vas, y en base el recurso es el mismo.

    El tema, es que tanto en el coche como en la bici, la responsabilidad de la velocidad es del conductor.
    En la bici no estas obligado a llevar velocimetro, igual que no estas obligado a llevar otras cosas, porque no es un vehiculo a motor, pero ello no te exime de cumplir las leyes "por que no sepas".
    Tampoco lleva intermitentes, y legalmente estas obligado a indicar con la mano los giros.
     
  7. Frizick

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    No, estás equivocado.

    El recurso no es que no sepas la velocidad, es que no tienes un medio homologado de saber la velocidad.

    En serio no entiendes la diferencia?
     
  8. Polete85

    Polete85 Miembro Reconocido

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    Claro si.
    Pero no hay vacio legal en la velocidad maxima permitida de la via, que te dicen que para todos los vehiculos es de 50km/h.

    Los vacios legales normalmente siempre suelen prosperar a favor del que multa, porque como puse mas atras, no estas obligado a llevar velocimetro, pero si a cumplir con los limites de velocidad. Como lo hagas es cosa tuya.

    Un sin sentido mas en la ley de circulacion verdad?
    Igual que me llego una multa por manipular el Gps conduciendo,90 euretes por segun el guardia "no prestar atencion a la conduccion manipulando un elemento electronico" y eso que es el de serie del coche, peeeeeero si te buscas el tabaco, luego el mechero, luego lo enciendes y luego tranquilamente te lo fumas a una mano... No hay multa.
     
  9. headcrusher

    headcrusher Miembro Reconocido

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    Bueno, pero con una bici es mucho más difícil atropellar a alguien por el espacio que ocupa. Además no meteré el coche en la acera de al lado porque he intentado esquivar al peatón.
     
  10. Polete85

    Polete85 Miembro Reconocido

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    Claro que entiendo la diferencia, creo que el que no entiende como funciona esto de la ley de trafico sois vosotros...

    Por encima de todo, esta la regulacion viaria, ese es el summun, por encima de eso no puedes ir, vayas en coche, en bici o en camello.
    Olvidate de las cosas logicas, porque aqui la logica no sirve para nada.

    La ley es clara en ese aspecto, no tienes obligacion de llevar velocimetro, ergo no lo llevas. Pero si tienes obligacion de cumplir las normas viales, ergo si te las saltas multa al canto. Como lo puedas o no lo puedas medir, es problema tuyo.

    Pd: Segun escribia esto, me ha contestado un amiguete de salidas dominicales que curra en trafico y lo que me pone es "La normativa vial es la misma para todos, que desconozcas que lo estas haciendo mal, no te libra de la multa correspondiente si te pillan, es cierto que no hay obligacion de llevar velocimetro, pero si no quieres que te multen por ese desconocimiento, ponte uno, pero eso es problema tuyo no del que pone la multa, que si, que es un sinstentido, pero que es lo que hay legalmente hablando"
     
  11. Frizick

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    Ya se ha dicho, es una contradicción legal que en caso de recurso, en este caso, lo tienes ganado.

    Demás ejemplos, reflexiones éticas y morales y pajas mentales, pues ya sería otro asunto.
     
  12. Polete85

    Polete85 Miembro Reconocido

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    Eso no tiene nada que ver, porque al final es cuestion de suerte, y hablando de cuestion de suerte no se pueden poner los limites.

    Tambien los limites se establecen en cuestion a la seguridad de si mismo.
    Un ciclista al suelo esquivando un peaton o un imprevisto a 70km/h tendria graves lesiones minimo.
     
  13. Polete85

    Polete85 Miembro Reconocido

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    No no no no... te equivocas en ese punto.
    No es una contradiccion legal, es un sin sentido que es distinto.
    Una contradicion legal es que te diga en un punto que si puedes y en otro que no puedes.

    Aqui te dice claramente que no se pueden exceder los limites de velocidad establecidos por la ley bajo ninguna circunstancia o vehiculo.
     
  14. kaos1978

    kaos1978 Miembro Reconocido

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    Sinceramente, creo que no ves la diferencia. Por cierto, no soy jurista, pero un poco más arriba pusieron un enlace con la opinión de un jurista "experto" y parece que coincide con lo que aquí te estamos diciendo. Ahora, que igual tu amigo el de tráfico sabe más. Ahí ya no me meto. Que hay gente desempeñando trabajos de administrativo cuando deberían ser fiscales generales del estado.
     
  15. Polete85

    Polete85 Miembro Reconocido

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    No se, puede que este equivocado ojo, pero no lo veo "logico" porque si no habria muchos mas recursos apelativos al desconocimiento.
     
  16. sevilla45

    sevilla45 Ya tengo una QH

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    Este denunciado es forero !!!


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  17. samumtb

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    Y esto le da más pedigree al asunto? Le hacen descuento en la multa?
     
  18. nisti

    nisti Miembro Reconocido

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    Bueno en realidad eso lo deja bajo la tutela del propio ciclista. A lo que te obliga realmente es a no rebasar el limite. Si el ciclista tiene dudas con respecto a su propia velocidad, tendra que aminorar hasta asegurarse de que cumple con la limitacion de velocidad. Pero con respecto a los velocimetros que podrian cumplir con un hipotetico requisito de la DGT, supongo que editarian un listado con todos los que consideraran homologados. Pero es que no lo creen necesario. Con descargar esa responsabilidad sobre el ciclista, les basta. Ya nos preocuparemos nosotros de instalar el velocimetro que nos parezca oportuno.

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  19. xungal

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    Pues yo conozco varios casos de multa por algo así. No por fumar en sí, que no es una infracción, pero sí por no prestar la debida atención a la conducción (al encenderlo, al buscar el tabaco, lo que fuese)

    Al igual que conozco a uno que fue multado por comer una magdalena, con el mismo artículo :D
     
  20. Polete85

    Polete85 Miembro Reconocido

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    Creo que lo has explicado perfectamente.
    Al final al responsabilidad del usuario es cumplir la normativa, como lo haga, o tenga o no medios es problema suyo (de todos vamos)
     
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