A ver. Yo estoy de acuerdo en que un terrateniente pueda vallar su propiedad, aunque nos fastidie a muchos tener que dar un rodeo. Y no permitiría vallar más de una determinada superficie máxima sin dejar paso, pero bueno eso no viene a cuento. El tema es que al menos no se apoderen de lo que no es suyo, como caminos de toda la vida, cañadas o cursos de agua. Esta mañana me ha sorprendodo notablemente ver que el río Aulencia, importante río de la comunidad de Madrid que alimenta el embalse de Valmayor, está vallado por ambas riberas por la finca llamada "Las Viñas", dentro de la cual, casualmente hemos visto a Marcelino Oreja, de tal manera que queda literalmente dentro de la finca. Segun la ley de aguas todos los cauces son públicos, así como 5 metros a cada lado. ¿Quién permite a los poderosos terratenientes hacer lo que quieran? El vallado está permitido pero hay que mantener distancias, servidumbres, ríos, y no olvidemos, el libre paso de la fauna.
pues si, las riberas de los ríos son de dominio público, vete con unas tenazas y cortas la alambrada. :bye
Aquí transcribo partes de la ley de aguas: Artículo 2. Definición de dominio público hidráulico.Constituyen el dominio público hidráulico del Estado, con las salvedades expresamente establecidas en esta Ley: a) Las aguas continentales, tanto las superficiales como las subterráneas renovables con independencia del tiempo de renovación. b) Los cauces de corrientes naturales, continuas o discontinuas. c ) Los lechos de los lagos y lagunas y los de los embalses superficiales en cauces públicos. d) Los acuíferos, a los efectos de los actos de disposición o de afección de los recursos hidráulicos. (Párrafo redactado de conformidad con la LEY 62/03) e) Las aguas procedentes de la desalación de agua de mar. (Letra redactada de conformidad con la LEY 11/05) Artículo 4. Definición de cauce.Álveo o cauce natural de una corriente continua o discontinua es el terreno cubierto por las aguas en las máximas crecidas ordinarias. Artículo 5. Cauces de dominio privado.1. Son de dominio privado los cauces por los que ocasionalmente discurran aguas pluviales en tanto atraviesen, desde su origen, únicamente fincas de dominio particular. 2. El dominio privado de estos cauces no autoriza para hacer en ellos labores ni construir obras que puedan hacer variar el curso natural de las aguas o alterar su calidad en perjuicio del interés público o de tercero, o cuya destrucción por la fuerza de las avenidas pueda ocasionar daños a personas o cosas. Artículo 6. Definición de riberas.1. Se entiende por riberas las fajas laterales de los cauces públicos situadas por encima del nivel de aguas bajas, y por márgenes los terrenos que lindan con los cauces. Las márgenes están sujetas, en toda su extensión longitudinal: a) A una zona de servidumbre de cinco metros de anchura, para uso público que se regulará reglamentariamente. b) A una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condicionará el uso del suelo y las actividades que se desarrollen. 2. En las zonas próximas a la desembocadura en el mar, en el entorno inmediato de los embalses o cuando las condiciones topográficas o hidrográficas de los cauces y márgenes lo hagan necesario para la seguridad de personas y bienes, podrá modificarse la anchura de ambas zonas en la forma que reglamentariamente se determine. 1. Se entiende por riberas las fajas laterales de los cauces públicos situadas por encima del nivel de aguas bajas, y por márgenes los terrenos que lindan con los cauces. Las márgenes están sujetas, en toda su extensión longitudinal: a) A una zona de servidumbre de cinco metros de anchura, para uso público que se regulará reglamentariamente. b) A una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condicionará el uso del suelo y las actividades que se desarrollen. 2. En las zonas próximas a la desembocadura en el mar, en el entorno inmediato de los embalses o cuando las condiciones topográficas o hidrográficas de los cauces y márgenes lo hagan necesario para la seguridad de personas y bienes, podrá modificarse la anchura de ambas zonas en la forma que reglamentariamente se determine.
Lo mejor que puedes hacer es acudir al catastro , yo tengo fincas por las cuales pasan ríos ... Y son de mi propiedad .
En el escarabajo verde, salían unos biker de ciuda real creo y con unas tijeracas cortaban lo que según los mapas era de paso. En una de esas se lia llaman a la guardia civil y salen de la finca , "TE CAGAS" españa tiene dueño.
El catastro avala que la finca es tuya. la ley de aguas te oblica a dejar el río y 5 metros a cada lado del nivel máximo como dominio público. Otra cosa es que la ley no se aplique y te dejen seguir con la finca como la tienes, pero con la ley en la mano, no puedes decir nada a alguien que ande por la ribera.
MARCELINO Y CIA con nuestra presidenta ala cabeza y toda su camarilla de chuposteros bagos maleantes nos estan dando por todo nuestro querido culo. que pena de pais
Buenas de nuevo . Pues chico sin tan claro lo tienes ¿¿¿como no llamaste a la guardia civil diciendo que tales fincas están ilegales , que su perimetro de vaya es completamente ilegal , y haberles denunciado ??? Tu crees que la gente se gasta los euros en cerrar una finca por que si ... Yo creo que no . Un saludo . PD y no te lo tomes a mal pero mis terrenos están todos legales y en perfectas condiciones , si quieres un día quedamos y te muestro todo sin ningún problema , que con la verdad se llega a todos los lados .
Si lo tienes legal tienes que tener al menos una puerta donde el que quiera pueda pasar por la orilla del río. Lo que pasa es que conozco fincas donde han obligado a colocar la puerta y el dueño ha puesto un candado.
Aunque no es comparable, en muchas tierras de ganado por las que pasan caminos comunales, aunque no haya ribera, es obligación poner una portera canadiense para que pase todo el mundo. En tierra de dehesas es muy común esto. Esto esta muy regulado por el ayuntamiento y por la GC y Si ha pasado el Seprona por allí y no han hecho nada es que está bien construido. El tema de las fincas es muy complicado, y como hay dinero, y mucho, de por medio, es más complicado todavía.
En serio no tengo constancia de ello , ni tampoco e tenido nunca problemas ni tampoco nadie dijo nada nunca . No obstante e ido hoy por la mañana a enterarme por que la verdad me llamo la atención el caso y me dieron la razón , y le comente lo de la ley que puso el compañero arriba y me dijo el funcionario que nanai que al ser terreno privado , solo pueden acceder la gente a la cual se le conceda permiso . No obstante , tengo que ir esta semana a la GC y ya preguntare en el seprona . Un saludo
QUOTE=HARRELSON;11434369]En serio no tengo constancia de ello , ni tampoco e tenido nunca problemas ni tampoco nadie dijo nada nunca . No obstante e ido hoy por la mañana a enterarme por que la verdad me llamo la atención el caso y me dieron la razón , y le comente lo de la ley que puso el compañero arriba y me dijo el funcionario que nanai que al ser terreno privado , solo pueden acceder la gente a la cual se le conceda permiso . No obstante , tengo que ir esta semana a la GC y ya preguntare en el seprona . Un saludo[/QUOTE] Entonces, la leyes están escritas para no cumplirlas. ¡Así va el pais! Por cierto lo que me dices (no sin cierta chulería) de que si tan seguro estoy vaya a la guardia civil es una auténtica tontería. La guardia civil, como es lógico, no se sabe la ley de memoria y lo que si va a constatar es que hay una valla. Tendría que ir si acaso, a los tribunales, y eso es meterme en líos, cosa que no me apetece nada. Lo que si te aseguro es que el extracto de ley que he copiado es auténtico. Otra cosa es que no se cumple, ni se hace cumplir. repito ¡Así va el país! También estoy casi seguro de que en el seprona te van a dar la razón, ya que seguramente lo tengas vallado de siempre y te tendrían, no se de que manera obligar a dejarlo libre. ¡Ojo! Yo no voy contra los propietarios, sino contra las autoridades que permiten que los las fincas se apoderen de lo que no es suyo (por ley) oo, que habiendo sido suyo de siempre no se preocupan de aplicar la ley. Os puedo asegurar que en la ribera del embalse de San Juan los propietarios de chalets nunca han respetado los mojones de la confederación hidrigráfica del Tajo que delimitan el suelo público, y nunca ha pasado nada. Y hablo de hace más de 40 años. Si yo tubiera una finca junto a un río y la vallase, lo haría contra el río, y si nadie dice nada, pues así se queda. Lo que no se puede tolerar es la PASIBIDAD DE LAS AUTORIDADES. Igual teniamos que ir por ahí denunciando a todos los que han cortado cañadas, caminos públicos, riberas etc... pero yo creo que con estos políticos es batalla perdida. Más en Madrid donde incluso han prohibido el paso a las fincas a los forestales. Los grandes vallados son además un grace problema ecológico en cuanto que impiden el libre desplazamiento de la fauna. Como lo impiden las carreteras y los ferrocarriles, sólo que en estos últimamente se exige dejar pasos de fauna cada cierta distancia, mientras que las grandes fincas siguen cortando el campo.
Buenas de nuevo Solo un dato mas , mis fincas las primeras escrituras constatan de 1880 ... con eso te lo digo todo . Y piensa una cosa , la gente no cierra sus terrenos por que si ... si no por algún motivo .
Oye pues que alegría que las primeras escrituras de tus fincas daten (no constatan, que constatar no tiene nada que ver con lo que quieres decir) de 1.880 (como el turrón). Lo que estamos diciendo es que hay una ley que es de obligado cumplimiento, sean las escrituras de cuando sean. Si la ley dice que hay que respetar un camino, una servidumbre de paso o unos metros respecto a la máxima crecida de un rio, arroyo o lo que sea, hay que respetarlo y si no se cumple, en un estado de derecho se denuncia y se hace cumplir la ley, así de sencillo y de complicado. Como siempre esto se reduce a la educación y el respeto. Te comento que hace pocas semanas el Tribunal Superior de Madrid ha obligado a un propietario de la zona de El Gasco en Torrelodones a abrir el paso, que había cortado con una valla, del camino llamado "del Pardillo". En cuanto a que la gente no cierra sus terrenos porque sí no estamos diciendo que los propietarios no los cierren, estamos diciendo que si lo hacen lo hagan cumpliendo la legalidad, y, sinceramente, no se que influencia puede tener vallar un terreno de decenas de has. 5 metros a la derecha o a la izquierda.
Las leyes no se cumplen hasta que llega un dia que un juez las hace cumplir, ahí tenéis la ley de costas que ha obligado a demoler muchas viviendas edificadas ilegalmente. Yo también conozco casos de sanciones por ocupación ilegal de vías pecuarias (cañadas). Pero en el tema de la ribera de los rios no se trata de que nadie te autorice si no que al ser de dominio público se puede pasar por ellas, estén valladas o no. :bye
¿Pero solo se ha derribado lo construido después de dicha ley, no? Pregunto, estoy interesado en el tema, tanto marítimo como en riveras y tal... Saludos!