Buenas, estoy pensando en federarse. Esta tarde he llamado a la federación vizcaina. El caso es que le he preguntado si era necesario pertenecer a algún club y me ha dicho que no, pero me ha insistido en lo de los clubes hasta me ha buscado algún en mi localidad. Asi que me ha dejado dudando. No se si es mejor federarse solo o mediante un club. Que opináis? o es una tontería? un saludo y gracias
Si es la licencia cicloturista la que vas a sacar (la que tenemos el 80% de los globeros jejeje) ni necesitas estar en ningn club ni tienes más ventajas por ello. Es exactamente lo mismo. Ahora, si lo que vas ha hacer es competición entonces la cosa cambia..........
Una duda, si te sacas la licencia de una comunidad te sirve para las demas? Me explico. Yo ahora vivo en Zaragoza pero soy navarro, entonces si quiero hacer marchas en Navarra tendria que sacarme la licencia tambien alli o me serviria solo con la aragonesa? Gracias y un saludo.
Por lo que tengo yo entendido la licencia te sirve en ambito nacional y no por comunidades. Lo del tema de los clubs yo tampoco lo tengo claro pq me han dicho que en mi zona,Comunidad Valenciana, tengo que estar en un club. Bueno a ver si alguien arroja luz en este tema
Si quieres más luz tendremos que llamar a la Union Fenosa juas juas. Mira, por ejemplo en la de Madrid: http://www.fmciclismo.com/documentacion/pdf/requisitos.pdf
Por que lo que les interesa a las Federaciones es tener federados a muchos clubes con muchos socios, que es lo que cuenta para el tema de las subvenciones estatales. Vamos, lo de siempre........
A los buenos días, tengo una duda sobre la cobertura del seguro a la hora federarse, he intentado acceder a las pólizas de algunas de las federaciones autonómicas, pero no he encontrado respuesta a si solo cubre los accidentes en los eventos como marchas y otras historias federadas; o si también me valdría para la tarde que salgo con el rapaz por el monte o con los amiguetes de manera particular y tengo un accidente… alguien tiene la póliza (completa) del seguro de su federación.
El seguro de la licencia de Cicloturista te cubre SIEMPRE que vayas en bici, entrenando, el sábado con los colegas en la sierra, con tu peque por el parque, cuando vas a por el pan ........en fin siempre menos si estás compitiendo, que para eso hay que sacarse otra licencia.
¿ESTAS SEGURO? DECIMOTERCERA: Delimitación del Ámbito de la Prestación. La prestación de asistencia sanitaria cubre el accidente deportivo de los mutualistas. Se entiende por accidente la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita y ajena a la intencionalidad del asegurado, sobrevenida por el hecho u ocasión del ejercicio de la actividad deportiva por la que el asegurado se encuentre afiliado y que le produzca invalidez temporal, permanente o muerte, sin patología ni alteración anatómica previa. Las antedichas circunstancias que deben darse al ocurrir el accidente deportivo, para ser considerado como tal, son las siguientes: 1º) Durante la celebración de una competición o actividad deportiva debidamente organizada o dirigida por los organismos deportivos correspondientes y realizados en circuito, estadio, pistas, instalación deportiva, terreno o medio físico necesario y adecuado debidamente definido y autorizado por las correspondientes autoridades federativas, comunitarias o, en su caso, gubernativas. 2º) Durante los entrenamientos o etapas de preparación deportiva, siempre que se realicen en las condiciones de lugar señaladas en el párrafo anterior y en presencia y bajo la dirección de entrenadores, preparadores o personal técnico cualificado de federación, club u organismo deportivo. Y otra cosa, en Murcia: Cicloturista 62 € Cicloturista sin club 76 € A mi no me queda claro que estemos bien protegidos en nuestras salidas de GLOBEROS, y aún estoy pensando en hacerme la de montañismo. Esta semana tengo de plazo para pensarmelo.
Que no te coman la cabeza, te lo puedes creer o no. Yo lo he utilizado por desgracia, al igual que mis amigos. Prestaciones mínimas a cubrir por el seguro obligatorio para deportistas federados. 1. Asistencia médico-quirúrgica y sanatorial en accidentes ocurridos en el territorio nacional, sin límites de gastos, y con un límite temporal de hasta dieciocho meses desde la fecha del accidente. 2. Asistencia farmacéutica en régimen hospitalario, sin límite de gastos, y con un límite temporal de dieciocho meses desde la fecha del accidente. 3. Asistencia en régimen hospitalario, de los gastos de prótesis y material de osteosíntesis, en su totalidad, y con un límite temporal de dieciocho meses desde la fecha del accidente. 4. Los gastos originados por rehabilitación durante el período de dieciocho meses desde la fecha del accidente. 5. Asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica y sanatorial en accidentes ocurridos en el extranjero, hasta un límite, por todos los conceptos, de 1.000.000 de pesetas, y con un límite temporal de hasta dieciocho meses desde la fecha del accidente. Esta prestación es compatible con las indemnizaciones por pérdidas anatómicas o funcionales, motivadas por accidente deportivo, que se concedan al finalizar el tratamiento. 6. Indemnizaciones por pérdidas anatómicas o funcionales motivadas por accidente deportivo, con un mínimo, para los grandes inválidos (tetraplejia), de 2.000.000 de pesetas. 7. Auxilio al fallecimiento, cuando éste se produzca como consecuencia de accidente en la práctica deportiva, por un importe no inferior a 1.000.000 de pesetas. 8. Auxilio al fallecimiento, cuando éste se produzca en la práctica deportiva, pero sin causa directa del mismo, por un importe mínimo de 300.000 pesetas. 9. Gastos originados por la adquisición de material ortopédico para la curación de un accidente deportivo (no prevención), por un importe mínimo del 70 % del precio de venta al público del mencionado material ortopédico. 10. Gastos originados en odonto-estomatología, por lesiones en la boca motivadas por accidente deportivo. Estos gastos serán cubiertos hasta 40.000 pesetas como mínimo. 11. Gastos originados por traslado o evacuación del lesionado desde el lugar del accidente hasta su ingreso definitivo en los hospitales concertados por la póliza del seguro, dentro del territorio nacional. 12. Asistencia médica en los centros o facultativos concertados en todas las provincias del territorio nacional. 13. Libre elección de centros y facultativos concertados en toda España.
Si, ESTOY SEGURO. La licencia cicloturista es la única NO COMPETITIVA, por lo tanto no puedes competir con ella. Si tienes algún accidente y dices que estabas compitiendo te dirán que es tu problema. Entonces la cláusula que me pones no se a que seguro se refiere, ya que al no poder competir con la de cicloturismo no se concibe esa expresión en sus apartados. Igual esto pertenece a la póliza del seguro de los que compiten. Sobre lo de los precios no es que os hagan un descuento por ser de un club, lo que pasa es que en Murcia os meten un palo que lo flipas por las licencias, en Madrid estés en un club o no lo estés son 60. Yo por desgracia he tenido que tirar de seguro en varias ocasiones y no he tenido problemas nunca. Ahora bien, lo que comentas de la de montañismo es muy buena opción, pagas un pelín más pero es mucho más completa.