El portátil? La cámara? No ponía que le había empujado por detrás y por delante a la chica en la parte de detrás del coche y que no habían articulado ninguna palabra…? Yo os traduzco a Jaime, que con lo que me putea en Trial, tengo que estar al tanto para pillarle las ironías sin tirarle las piedras que saltamos (si, las saltamos, esas de 4 metros que os comentaba un día)... "...cuando iba a por el coche..." No estaba en el coche conduciendo, al ver a la damisela en apuros y para poder ayudarle sin impedimentos ha decido dejar el portátil que llevaba (colgando o en la mano), en el coche, que deduzco que estaba cerca del incidente!! No especifica si ha cerrado el coche... "...la mujer dentro del coche y yo empujando detrás ..." "...la típica Polaca de metro ochenta, rubia y tremenda, vamos lo típico de esos países. Claro, yo no articulaba palabra..." Jijijiji! "...***** !! donde estaba la cámara??..." Que le hubiera gustado que le grabaran "empujando"... Jijijiji! Madre mía, la que me espera, no te mosquees Jaime!!
Pos yo sigo sin entender nada. Bueno, para el que no entre en las discusiones de grupo hemos abierto lista para pedir camisetas de enduro Masalleras de manga corta a Flower, saldrán a 30 pavos, así que el que quiera que lo diga ahora o calle para siempre!
No, dije que primero me dieran presupuesto y luego ya hablaríamos del diseño, aunque ya les mandé fotos de nuestras camisetas para que vean el rollo y explicando lo del verde Monster (con una foto del verde que querríamos). Les puedo decir que vayan mandándonos un boceto del diseño...
Bueno, ya les he pedido que nos manden dos bocetos del diseño (con ojo y sin ojo), a ver si la peña se va pronunciando y se apunta a la lista que he abierto...
Se busca bici de Rally, en talla 17,5 u 18 que me está entrando la vena de rallymanizar. juas juas juas Ayyyyyyyyyy Omá, me voy a tomar la pastillita que ya me toca. Dew
¿yo tengo una trek fuel 80 talla 17,5? :whistle Por cierto, hoy me siento un poco más massallero, ¿será por haber pasado por el hospital? Comparado con lo que hemos visto por aquí, ir con los morros abiertos no es nada, y además, han tardado tanto en atenderme que cuando me ha cogido el médico me ha dicho que casi no hacía falta coser, que ya casi no sangraba, pero aún así me ha puesto un punto para que no hubiera hecho la espera en balde.
Bon día a totes. Que va, ha sido parecido a lo de Amparo pero en el fútbol, a la tercera jugada, codazo en la boca.
ves, no hace falta ir con los masalleros.... para que luego digan que la bici es peligrosa. Para cuando un DH?
Si es que, para que luego digan que salir con nosotros es peligroso, tu hace mogollón que no te vienes a una ruta y mira como has acabado, juas juas. Enga, que un puntito no en náaaaaa
Good morning! Ya sabéis donde vais el sábado :meparto ---------- Mensaje añadido a las 11:26 ---------- El anterior mensaje fue a las 11:25 ---------- Juanjo... si querías hincharte los morros de forma barata... habérmelo dicho... que por un amigo, lo que haga falta.... jajajjajajjaja
Bueno, pongo esto aquí porque es algo que nos interesa a todos. Desde hace unos meses han incluido dentro del recibo del agua el de recogida de basuras, y ésta la han incrementado en un 150 %!! algo que además de ser un abuso es totalmente ilegal (por cierto, casi 50 pavos nos ha llegado a nosotros el recibo del agua de este mes, increíble!). Se puede presentar un escrito de recurso junto con el recibo en cuestión en la Plza. del Ayuntamiento nº 9 junto y con el DNI, y al mes siguiente te lo reintegran. El escrito sería este: SR. PRESIDENTE. ENTIDAD METROPOLITANA PARA EL TRATAMIENTO DE RESIDUOS (EMTRE) Plaza del Ayuntamiento 9, 2° - 46002. Valencia D. ……………………………………………………………………....., vecino de Valencia (C.P. ………, con domicilio a efectos de notificaciones en …………………………………………. nº ......................., provisto de DNI nº: …………….., interpone directamente RECURSO DE REPOSICIÓN contra la liquidación de la tasa local impuesta por esa entidad, incluida en el recibo del servicio de suministro de agua del municipio (cabe suponer que es la “liquidación” que ha recibido (cuya copia adjunta al presente recurso), emitida como consecuencia de la modificación de la Tasa Metropolitana por el Servicio de Tratamiento y Eliminación de Residuos Urbanos (TAMER), aprobada por la Entidad Metropolitana en sesión celebrada el 28 de septiembre de 2011, e indirectamente contra la modificación de la Ordenanza Fiscal que ha aprobado al efecto esa Entidad, sobre la base de los siguientes HECHOS Y FUNDAMENTOS: PRIMERO. La nueva TAMER supone un exagerado y desproporcionado incremento de las tarifas que por el mismo servicio ha venido abonando hasta la fecha (que supone una media de aumento del 152%), que implica una exacción especialmente gravosa en estos complejos momentos económicos en los que se vive, todo ello sin que haberse justificado adecuadamente los motivos de dichos aumentos exorbitantes. SEGUNDO. Incumpliéndose las previsiones de la Ley General Tributaria se ha procedido a incorporar la nueva tasa a los recibos de agua sin practicar previamente la preceptiva notificación de la nueva liquidación de la TAMER, a pesar que ésta supone un incremento excepcionalmente elevado de la base imponible y de la cuota tributaria, por la vía de la aplicación de las nuevas tarifas aprobadas, exigida a los sujetos pasivos de la tasa. Ello ha provocado una situación de auténtica indefensión legal y material de los sujetos pasivos del tributo. Debe recordarse que el art. 102.3. de la citada Ley permite que “En los tributos de cobro periódico por recibo, una vez notificada la liquidación correspondiente al alta en el respectivo registro, padrón o matrícula, podrán notificarse colectivamente las sucesivas liquidaciones mediante edictos que así lo adviertan.”, pero también ha de tenerse en cuenta que en dicho texto legal se puntualiza que “El aumento de base imponible sobre la resultante de las declaraciones deberá notificarse al contribuyente con expresión concreta de los hechos y elementos adicionales que lo motiven, excepto cuando la modificación provenga de revalorizaciones de carácter general autorizadas por las leyes”. TERCERO.- El art. 224 de la vigente Ley General Tributaria prevé que la simple interposición del recurso administrativo de reposición suspende la ejecución del acto impugnado, cuando se trata de un supuesto de error aritmético, material o de hecho, circunstancia que notoriamente concurre en el presente supuesto, cuando se evidencia que no se ha procedido a la previa notificación de la liquidación de la tasa. Es por ello que, SOLICITO que: Teniendo por interpuesto el presente recurso, se proceda a anular la liquidación impugnada, por los motivos alegados, suspendiendo cautelarmente el trámite de recaudación sin necesidad de aportar garantía. En Valencia, a ..... de ………….... de 2012.
Muchas gracias por el aporte, a mi me han cobrado 54 €uros y he flipado, en cuanto me llegue la factura la reclamo.
Por lo que he oído de esto, eso está pasando en Valencia y área Metropolitana por los abusos cometidos en la depuradora de Pinedo. Paterna creo que funciona con otra empresa de aguas
Si es así, a que viene el incremento? Habrán otros abusos que se han cometido en Paterna, porque la subida es muy similar a la de Valencia. En fin, voy a averiguarlo...
Paterna funciona con Aigues de Paterna pero lo que reclama el escrito es el incremento de la tasa TAMER y esa tasa es comun a todas las facturas, os resumo las tarifas que me han aplicado de TAMER en las ultimas facturas: ENTITAT METROPOLITANA PER AL TRACTAMENT DE RESIDUS C.I.F.4600072E TAMER: (5) Tasa calculada en base a los 65 m3 consumidos de 4T/10 al 3T/11 Cuota servicio 14,00 Euros SUBTOTAL: 14,00 Euros ENTITAT METROPOLITANA PER AL TRACTAMENT DE RESIDUS C.I.F.4600072E TAMER: Tasa calculada en base a los 65 m3 consumidos de 4T/09 al 3T/10 Cuota servicio 5,5 Euros ENTITAT METROPOLITANA PER AL TRACTAMENT DE RESIDUS C.I.F.4600072E TAMER: Tasa calculada en base a los 65 m3 consumidos de 4T/09 al 3T/10 Cuota servicio 5,5 Euros ENTITAT METROPOLITANA PER AL TRACTAMENT DE RESIDUS C.I.F.4600072E TAMER: Tasa calculada en base a los 65 m3 consumidos de 4T/09 al 3T/10 Cuota servicio 5,55 SUBTOTAL: 5,5 Euros No se si corresponde reclamar, aunque entiendo que si.