Es imposible que te hayas aclarado por que hay bastante lío en cuanto a lo que es prohibicion, obligacion y sentido comun, pero al final parece que se va aclarando todo. La señal de obligacion en el principio de los carriles bici entre otras cosas te está diciendo que no circules por la acera(lo cual sí que está prohibido http://www.elpais.com/articulo/espa...eras/metros/elpepuesp/20110218elpepunac_6/Tes ) y la circulacion por la calzada solo está prohibida por señalizacion expresa de prohibicion. Espero haber aclarado un poco mas
Totalmente obligatoria, haya o no señal. Mirarlo en el ultimo reglamento de trafico. a mi me multaron!!!
Sobre esto depende las leyes que tenga el ayuntamiento, o jefatura provincial en su caso. Puede haber 2000 casos diferentes en España (o más); ya que las reglas las dictan los ayuntamientos que ponen esas vías o en su defecto las jefaturas provinciales. Así que en general, no hay nada escrito clarito pero si puedes circular por carril bici, es recomendable que lo hagas. (por mucho petardo que te encuentres :alabando :globero)
yo lo tengo claro en aqui en sevilla cuando voy por la ciudad si utilizo el carril bici(mas que na para que no me quiten del medio los conductores), pero si voy por otras vias que ya sean interurbanas con carril bici voy por la carretera, porque estos carriles dejan mucho que desear y no hay tanto trafico de coches, y para cuando un conductor se ponga tonto o me persiga la poli pues me meto al campo que para eso esta prepara la bici y luego que me pillen,jaja un saludo
Donde yo vivo hay un carril bici para unir dos poblaciones, pero ni se me ocurre ir por él con la bici de carretera, está pintao sobre una acera medio adoquinada, un desastre. Yo tenía entendido que el carril bici era para poder circular en bici de paseo sin casco, pero que no era obligatorio ir por él. Ayer me crucé con un chaval en bici de carretera que iba por el carril bici, y cuando nos volvimos a ver en un semaforo más adelante me dijo que tuviese cuidado que hace poco le multaron por ir por la carretera...... me quedé a cuadros.
Depende de la ordenanza municipal de cada Ayuntamiento y, despues por supuesto, de lo poco o muy cab**nazo que sea el Esbirro (Madero) que te toque, por que como todos sabemos, un minimo de cab**nes lo son TODOS. Aqui en Sevilla particularmente hay un vacio legal bastante tocho y aun se puede ir a saco por todas partes (acerado, en contra mano, etc...) pero lo dicho, como te toque un Munipa mas cap**lo de lo normal (que es bastante), la has cagado.
SECCIÓN 3; ARCENES ARTÍCULO 36. Conductores obligados a su utilización. 1. Los conductores de vehículos de tracción animal, vehículos especiales con masa máxima autorizada no superior a 3.500 kilogramos, ciclos, ciclomotores, vehículos para personas de movilidad reducida o vehículos en seguimiento de ciclistas, en el caso de que no exista vía o parte de la misma que les esté especialmente destinada, circularán por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente para cada uno de éstos, y, si no lo fuera, utilizarán la parte imprescindible de la calzada. Deberán también circular por el arcén de su derecha, o, en las circunstancias a que se refiere este apartado, por la parte imprescindible de la calzada, los conductores de aquellos vehículos cuya masa máxima autorizada, no exceda de 3.500 kilogramos que, por razones de emergencia, lo hagan a velocidad anormalmente reducida, perturbando con ello gravemente la circulación. Yo creo que hay queda claro que si hay un carril bici es obligatorio usarlo. Otra cosa es que la mayor parte de los carriles bici que conozco, no puedes entrar en ellos sin violar otra norma de circulacion, asi que si recurres la multa igual te salvas. No creo que te puedan obligar a bajarte de un vehiculo para continuar la marcha, y en la mayoria de los carriles hay que atravesar la acera. Saludos.
Yo no lo interpreto así, sino justo al contrario. Ese artículo dice que los conductores de esos vehículos están obligados a usar el arcén, salvo si hay una vía expesa para ellos. Es decir, que si hay una vía especialmente destinada a ellos, no están obligados a usar el arcén. Pero en ese artículo en ningún sitio dice que si hay vía especial estés obligado a usarla.
El sitio de las bicis es la calzada, los carriles bici son contraproducentes, salvo cuando se trata de vías radiales rápidas.
Entre gente que va con el carrito de la compra, con el del bebe, paseando con el perro, .... yo ya lo tengo claro ... ¡¡No toco el carril-bici!!! me voy por rutas de tierra.
Pues en mi opinión, no es obligatorio circular por el carril bici si no está prohibido circular por la calzada. Otra cosa es ir por la acera existiendo carril bici. Entonces tienes multa al canto en Valencia. En todo caso, habría que estudiar la ordenanza de cada ciudad.
tu respuesta en mi opinion va por el buen camino. lo q pasa es q al final esto queda como para las vias interurbanas, ya q la ley de trafico de 2001 creo, da potestad a los municipios para definir los usos de las vias urbanas, de ahi surgen las ordenanzas de trafico d cada ayuntamiento, y unos te obligan a usar los carriles bicis(Bilbao, San Sebastian) y otros no ( Zaragoza) y tambien limitan la velocidad. Hablo desde el punto de vista reglamento, ley....lo digo por alguno q decia q se pasa la ordenanza por el arco de.... Otra cosa es q se haga la vista gorda, q haya multas en la ordenanza ( pq si se obliga pero ni tipifican la multa ni el munipa quiere ver). Tb es verdad q luego tienes q ir haciendo eslalom. Pd: Curiosamente en Bilbao cita q no pueden utilizar el bidegorri aparte de peatones-corredores los monopatines pero si los patines Conclusion: En ciudad depende de cada municipio. Elegir calles sin carriles bicis y circular asi por la calzada
Sería muy hipócrita multar a un ciclista circulando por carretera existiendo carril bici y que nunca se multen a ancianos, niños, perros, patinadores que circulan por carriles bici existiendo aceras.
joe, macho...tiene tela tu argumento..las bicis tienen q circular x arcen o parte imprescindible de la calzada salvo....con salvo quedan 2 opciones inmediatas o por la parte precindible de la calzada o por la via especialmente dedicada a las bicis.....no se como lo ves cuando la idea del articulo es apartar lo mas a laderecha posible vehiculos mas lentos q los coches, camiones, etc. Esta claro q no nos lo ponen facil, lo mejor seria decir las bicis tienen o no tienen obligacion de circular por tal o cual sitio en un articulo pero.. Pd: obligaciones bici, en vias interurbanas casco con algunas excepciones, chaleco reflectante en dichas vias por la noche, en tuneles y condiciones de baja visibilidad; catadioptrico trasero rojo (otros son opcionales), luces de posicion fijas y homologadas (roja atras y blanca delante) y......timbre (si)...y (lo mejor)....frenos (suena coña pero en reglamento vehiculos esta) salud
Yo he contestao la pregunta del principio desde un punto de vista legal digamos....es como si me preguntas que significa el ambar fijo de un semaforo....pues t dire q parar en condiciones de seguridad....despues ya sabemos lo q hacemos la mayor parte de las veces...acelerar mas. la verdad si se da eso no se si hipocrita es la palabra, pero injusto y una putada desde luego, de acuerdo contigo. Algun dia a esos les pillara una bici y cuando quieran reclamar algo y lo q les llegue es la factura de hospitalizacion y/o denuncia del ciclista se cagaran Pd: no se si has visto mas arriba mi comentario sobre los patinadores x lo menos en Bilbao