Comunidad: CANTABRIA Prohibición: (desde el 1 de enero de 2013) prohibido circular en Espacios Naturales Protegidos y Montes de Utilidad Pública campo a través, por sendas o caminos peatonales, por cortafuegos o cauces fluviales. Lo que a los efectos la prohibición afecta prácticamente todo el territorio de Cantabria ya que la inmensa mayoría de los montes que no son Espacios Protegidos son de Utilidad Pública.
Pues menudo trabajo va tener seprona aqui en Cantabria jajaja. El que ha echo esa norma o es tonto o es tonto ... lo de los espacios naturales protegidos es de entender .. pero ***** el resto es de tontos. Se acabo el Enduro en Cantabria. Ahorita mismo me voy a saltarme la norma ... ta luego. Saludos
Hay que organizarse señores, lo que se esta aplicando hoy en cantabria es de ámbito nacional, no regional. Esta incentivado por el ministerio y es de obligada aplicación en todo el territorio nacional. En cantabria estamos intentando organizarnos para hacer una quedada a modo de protesta, estamos enviando correos masivos a la federación, tenemos que implicar a todos los clubes, empresas de turismo activo, hosteleros, tiendas y distribuidores de bicis y material, twitear y movilizarse en facebook, intentando que personalidades de este deporte se enteren y apoyen. Protestar aquí esta bien, pero hay que ir a los hechos, salir a la calle para que no pisen nuestros derechos. Seria interesante mover al colectivo y organizar una manifestación en protesta de este atropello, en una misma fecha para todo e territorio nacional. Veremos en que queda esto, si en una pataleta de cuatro que montamos en bici o si somos capaces de reivindicar nuestros derechos. El monte esta protegido por nuestros impuestos, no por medidas dictatoriales. Muevanse!!!!!!
Soy Extremeño, y me parece lamentable que no se nos permita pasar con una bicicleta por caminos y luego pasen los ricachones con sus SUV impresionantes en busca de un trofeo de caza por todos lados.
me parece normal que una reserva o un parque protegido no dejen a la gente entrar con bici, con la ****** que me encuentro en el monte, mejor que no dejen entrar a nadie.
lo de Madrid, sinceramente, dificil de controlar, pongo como ejemplo el valle de la Fuenfría, todo el mundo o casi todo, suben por la pista forestal, pero los descensos, hay infinidad de trialeras, de mayor o menor inclinación y menor o mayor dificultad, supuestamente con la normativa, no se puede transitar por esos caminos, sólo digo una cosa, si el Guarda Forestal o quien sea puede, que me coja... jejeje es muy dificil de controlar y a lo mejor esa normativa, sirve para controlar a los más cafres o algunos domingueros que se pasan tres pueblos, pero es poco efectivo... lo de los domingueros que planteabais por ahí arriba, hace ya algún tiempo que en fin de semana no piso la sierra, ni para patear, ni para montar... por suerte mi trabajo me permite ir entre semana. Por otro lado, lo mejor antidomingueros, escoger el peor día, con niebla, con nieve y con tormenta... vereis como los domingueros se quedan en el bar y se quedan boquiabiertos, cuando te plantas los crampones, guetres etc... y encima te quitas el abrigo porque tienes que evacuar el sudor y el abrigo excesivo no ayuda... hay que verles la cara jejeje
Primera manifestación convocada para los bikers de Cantabria el próximo jueves. Esperemos que haya una buena respuesta.
Copón, lo que aprendo... Cada día mas prohibición... pero ¡que mania les ha dado!, con el afán recaudatorio que hay, algún iluminado dentro de poco propodrá pagar por circular en bicicleta.
+1, la mala costumbre del español de entender que las leyes son para los demás. En un espacio protegido lo que prima es la conservación de los recursos naturales.
Pueden ser mil motivos. Desde los problemas erosivos hasta la nidificación de una especie protegida. Las cosas no se hacen por capricho.
A VOSOTROS POR LO MENOS OS DAN PERMISO PARA HACER LA BARDENA EXTREMA,SI DESDE ARAGON PEDIMOS PERMISO PARA PASAR POR PISTAS FORESTALES DE LA BARDENA NAVARRA NOS DICEN QUE NO,MIENTRAS QUE LOS NAVARROS SI CONSIGUEN PERMISO PARA PASAR POR LA BARDENA ARAGONESA(INCOMPRESIBLE)
Creo que estas equivocado; según que creo que aun esta en vigor DECRETO 8/2008, de 25 de enero, del Consell, por el que se regula la circulación de vehículos por los terrenos forestales de la Comunitat Valenciana. [2008/993] en el articulo 6 dice. Circulación de vehículos sin motor 1. Los vehículos sin motor podrán circular por todas aquellas pistas y sendas forestales en las que no esté prohibido este tipo de circulación. 2. El límite de velocidad establecido es de 30 kilómetros a la hora. Siempre que circulen por pistas o sendas forestales, deberán respetar los derechos de paso de los senderistas o paseantes a pie o a caballo, que tendrán prioridad frente a los vehículos sin motor. Luego está el tema de los espacios naturales protegidos, en este caso hasta donde tengo yo tengo entendido deberá a ver un señalización en la entrada del parque o de la senda donde especifique que está prohibida la circulación en bicicleta. (Si en este caso hay alguna normativa específica yo no le he encontrado si alguien la conoce que diga donde encontrarla)
ACIMCOVA leete el manifiesto y firmalo si estas de acuerdo: http://www.foromtb.com/showthread.p...lisme-de-Muntanya-de-la-Comunitat-Valenciana) Para los demas IMBA solo con Burocracia se parara esto. https://www.imba.com.es/ https://www.facebook.com/imbaes?ref=ts&fref=ts
¿En serio no te enterastes que prohibieron la circulación de bicis de montaña en toda la comunidad y gracias a la manifestacion en valencia lo acotaron solo a los parques? [video=youtube;Jwukfs7SVeA]http://www.youtube.com/watch?v=Jwukfs7SVeA[/video] ACIMCOVA leete el manifiesto y firmalo si estas de acuerdo: http://www.foromtb.com/showthread.p...lisme-de-Muntanya-de-la-Comunitat-Valenciana) Para los demas IMBA solo con Burocracia se parara esto. https://www.imba.com.es/ https://www.facebook.com/imbaes?ref=ts&fref=ts
Vamos a ver una cosa es que prohibieran y otra cosa es que lo intentaran o tuvieran la idea de hacerlo que creo que fue lo que paso, y manifiesto en su día lo firme y al final a la hora de aprobar el decreto tu vieron en cuenta ese manifiesto (menos mal sino sí que estaríamos J….) Así que si te vasas en el decreto que está en vigor dice lo escrito anterior mente y si lo lees en ningún caso pone que las bicicletas tiene prohibido la circulación por pistas o sendas, explícitamente pone (Los vehículos sin motor podrán circular por todas aquellas pistas y sendas forestales en las que no esté prohibido este tipo de circulación). Lo cual se entiende que si no se puede circular deberá estar especificado como una señal. (Vamos como una dirección prohibida) El otro apartado En el de Disposición adicional. Pone; La circulación en los espacios naturales protegidos se regula por lo establecido en el presente Decreto, salvo que su normativa específica determine medidas de mayor protección para ellos. Aquí es donde entiendo que nos remitimos a lo anterior, si dentro de un parque natural no se puede circular por alguna senda o pista debería estar especificado con una señal y a lo escrito anterior mente si existe alguna norma general específica que prohíba dicha circulación, yo no la he encontrado y lo repito si alguien sabe de ella que nos indique donde buscarla o encontrarla. Ya que por el parque natural de Espadan que es la zona que me muevo, bajo por sendas y más de una vez me he cruzado con los Forestales y la Guardia Civil y nunca me han dicho que no podemos circular por esos lugares, en el único lugar que he visto que esté prohibido bajar por sendas es en la sierra Calderona por la zona del Garbi y estaba especificado en una señal. No sé si estoy equivocado o entiendo mal la normativa o encuentro una antigua, pero si es así que alguien me ilumine… http://www.docv.gva.es/datos/2008/01/29/pdf/2008_993.pdf Nos vemos por las sendas…
En Cantabria nos acaban de imponer desde el dia 1 de enero la prohibición . Asi que como no lo solucionemos . Se acabo el mtb en Cantabria ... Página 41 Cinco.- Se modifica el artículo 87 de la Ley de Cantabria 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, que queda redactado del siguiente modo: Artículo 87. Infracciones leves. (...) d) La circulación de todo tipo de vehículos, con o sin motor, en los Espacios Naturales Protegidos y Montes de Utilidad Pública campo a través, por sendas o caminos peatonales, por cortafuegos o cauces fluviales, así como el estacionamiento o aparcamiento de dichos vehículos en esas zonas. (Osea sin motor bicicletas...) e) La circulación con vehículos a motor por pistas de circulación restringida sin autorización o incumpliendo el condicionado de la misma, salvo en los supuestos referidos en el artículo 54.bis.2 de la Ley 43/2003, de Montes, así como el estacionamiento o aparcamiento de dichos vehículos en esas pistas. (...) Página 42 Seis.- Se modifica el artículo 88 de la Ley de Cantabria 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, que queda redactado del siguiente modo: Artículo 88. Tipificación de sanciones. 1. Las infracciones tipificadas en los artículos anteriores serán acreedoras a las siguientes sanciones: a) Las infracciones leves, multa de quinientos euros (500,00) a cinco mil euros (5.000,00) euros. b) Las infracciones graves, multa de cinco mil euros y un céntimo (5.000,01) a doscientos mil euros (200.000,00) euros. c) Las infracciones muy graves, multa de doscientos mil euros y un céntimo (200.000,01) a dos millones de euros (2.000.000,00) euros. (...) Espero que os sirva de ayuda. Aqui teneis la ley al completo, por si la queréis leer: http://noticias.juridicas.com/base_d...t-l4-2006.html Se publicó en el BOC Extraordinario Nº54 con fecha sábado 29 de diciembre de 2012 y entrada en vigor el 1 de enero de 2013. Os pongo un enlace, viene a partir de la página nº7 abajo: http://boc.cantabria.es/boces/verAnu...AnuBlob=240298