Nos han pasado esto por el caralibro http://www.mtbpro.es/actualidad/contra-la-ley-de-los-2-metros-en-alemania Aquí os lo dejo para que le echéis un ojo. Saludos.
"Es lógico". Con las ganas de legislar de los gobiernos, la necesidad de recaudar y el poco respeto que nos tenemos los unos a los otros se consiguen tonterías como esta. Y cuando veas las barbas del vecino cortar...
Os aconsejo que sigais al IMBA en Facebook, ya que se ha hablado de esto. Pedían 50.000 firmas para evitarlo y se han cosneguido 58.000 Y cuando las barbas del vecino veas cortar... es mejor prevenir que curar, y debemos trabajar para que eso no nos ocurra a nosotros.
hace 2 semanas, salí de ruta por el Garraf y volviendo de Begues hacia Sitges desde donde partí , me encontré con un coche de forestales al cual paré ya que mi gps se volvió pajarito y me dejó medio colgado en una pista , al preguntar a la forestal si esa pista seguía hasta Sitges me dijo: Si y de hecho no puedes ir por otro camino que no sea este camino ancho, se que por parques naturales hay caminos limitados pero me no me acabó de cuadrar ya que hay muchos caminos por el Garraf y no todos están vetados
La defensa contra este tipo de ley también se puede argumentar donde más duele en estos momentos, el aspecto económico. Si no se puede circular por "caminos" de menos de dos metros ya pueden las marcas de bicicletas echar el cierre a sus líneas de trail-all mountain-enduro, curiosamente la gama con más ventas.
Si hubiera respeto, no harían la prohibición. Pero como esto no es un mundo idílico y hay mucho descerebrado, se llegan a estos extremos. Así que en este caso el trabajo es evitar que lo cierren por 4 ********** cafres que nos dan mala publicidad a los demás.
Vale tienes razón, hay que luchar hacer dos bandos, los buenos contra los malos ... y siempre ganarán ellos. Ya se que esto no es un mundo idílico, sólo hay que ver el foro donde en principio a todos nos gusta lo mismo y nos pasamos el día tirándonos de los pelos y midiéndonosla con muy mala ******. Te entiendo como nos vamos a llevar bien en el mundo real con el resto de habitantes. Sigo opinando lo mismo Respeto, llevo toda mi vida llegando a Sitges por donde me da la gana y nunca me han dicho nada y espero que siga así por mucho tiempo.
De hecho el otro dia escuché en la radio que habían hecho una consulta en Alemania por si querían o no los juegos de invierno de y salió que NO , ya que significaría destrozar gran parte de esa zona para la masificación y llegada de todo el tinglado... Para mi que esa forestal me vaciló un poco al verme con las rodilleras puestas y tal , bueno no era cuestión de discutir así que continué hasta Sitges xino xano pero Pota de cavall , Dents de Llop y demás trialeras y caminos los hice como siempre...
No te vaciló te contó la verdad.... no me hagas mucho caso que no soy muy de leyes, pero me parece que aquí está limitado el ir en vehículo por caminos que no midan más de 1,5 metros. Vamos que como siempre peor que en alemania, así que como siempre ya podemos empezar a envidiar a los de fuera que son mejores que nosotros. Pero como he dicho no me hagas caso.
Yo estuve buscando información sobre esa leyenda y no encontré nada, ni nadie me dio ningún dato. Salvo algo que encontré en Madrid no hay prohibiciones de ese estilo. Hay restricciones en Parques Naturales y Nacionales, pero yo desde luego no encontré nada tal general.
En algunas comunidades ya está, y es para todo tipo de vehiculos, sin y con motor: Bizkaia Artículo 76 bis Circulación de vehículos 1. La circulación de todo tipo de vehículos debe respetar tanto el medio como los bienes y derechos de los titulares de los terrenos y los derechos de los peatones y demás usuarios, y no debe causar peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas y a los ecosistemas naturales. La velocidad máxima autorizada en las pistas forestales estará limitada a 30 kilómetros por hora. 2. La circulación y aparcamiento de cualquier tipo de vehículos que no estuviera afecto a aprovechamientos forestales, agropecuarios u otros usos específicamente determinados no podrá realizarse fuera de las pistas o lugares especialmente previstos para ello, por los titulares de los montes. 3. Salvo el supuesto previsto en el apartado anterior estará prohibida la circulación de vehículos que se realice campo a través, excepto en los circuitos especialmente habilitados para ello que cuenten con la autorización del Departamento de Agricultura. Cantabria El artículo 87.d de la citada Ley tipifica como infracción leve la circulación de todo tipo de vehículos, con o sin motor, en los Espacios Naturales Protegidos y Montes de Utilidad Pública campo a través, por sendas o caminos peatonales, por cortafuegos o cauces fluviales, así como el estacionamiento o aparcamiento de dichos vehículos en esas zonas. Aunque han matizado (ya lo podian haber hecho en el texto de la ley...) en una nota de prensa http://www.eldiariomontanes.es/2013...eirno-dice-falso-bicicletas-201302062042.html