tampoco confundamos tema seguros-tienda-bici nueva -bici cliente.. el tendero puede contratar el seguro que quiera para sus bicis nuevas de la tienda, pero eso no se aplica luego a las bicis de clientes(terceros) para los que ya hay clausulas por ley como la de los 2 años y luego aparte los extras del cliente. pues me entenderas mal, tu dices que me pagan el valor venal de mi coche si me das un golpe y la reparacion superase el valor de mi coche(pongamos reparacion 6.000e y valor venal coche 4.000e). Tu seguro me da 4.000e y adios. Esto dices que es asi? Si mi coche valor venal son 4000e y yo le meto una preparacion de 20mil e y tu me lo revientas.. tu seguro me paga 24.000e si o si. Esto es lo que yo digo.
Estás equivocado. El que tengan un seguro no significa que han cumplido su parte. El seguro protege al que lo contrata, cubriéndole ante los incidentes que se puedan producir, y en función de las coberturas que haya contratado, pero solo eso. Pero si el cliente considera insuficiente el dinero que el tendero le da por su bici, con quien tiene que pelearse es con el tendero y, si no llegan a un acuerdo, a quien tendría que denunciar es al tendero, no al seguro del tendero.
Claro! Tu denuncias al tendero, pero como el tendrá su seguro, con la pertinente cláusula a tal efecto, los que van a ir a juicio serán los abogados de la compañía aseguradora, que son, al fin y al cabo, los que tengan que abonar lo que dicte el juzgado.
Eso puede ser. Pero primero lo tienes que reparar y gastarte la pasta. Luego reclamas. Si poniendo el ejemplo del hilo, ese coche lo dejas en un taller y lo roban o se quema por un incendio, ni de coña te dan ese dinero. Como mucho te darán el valor de mercado de ese coche, que siempre es mas que el valor venal, y eso es en este caso lo que se puede reclamar. Ni de coña nadie te va a dar lo que esa bici te ha costado nueva, porque estamos en el caso de que te la han robado. Otra cosa muy diferente es si te atropella un coche y la reparas pagando tu de antemano la reparación. En este caso seguramente te den lo que cueste aunque supere su valor actual de mercado.
Si denuncias al tendero, del mismo modo que tu llevarás tu abogado, el tendero llevará a suyo, que si en su póliza de seguros tiene incluida la asistencia jurídica será el del seguro, si no lo tiene incluido, tendrá que contratar a uno. En cualquier caso, tu pelea sigue siendo con el tendero, aunque tanto tu como él llevéis intermediarios y sean vuestros abogados los que se den de palos en vuestro nombre.
Como se dijo hace unos post.. el seguro es un respaldo. Si el seguro del tendero no cubre el 100% no es culpa del cliente A todo esto ¿donde está el creador de post?
Eso lo llevo reclamando yo....donde esta el creador del post? Ha reclamado no...cogio el dinero o no.....
A) ¿Cogió la pasta que le daba el seguro? B) ¿Denunció al tendero por el total? C) ¿Entró con una escopeta en la tienda y se lió a tiros con el tendero y el del seguro y ahora está en la cárcel? Me inclino por la A.
Ok....la verda esto ya no lo sé. ...de todos modos lunes le preguntaré a mi aseguradora es que ya tengo curiosidad....se por ejemplo si yo tengo extras en el coche como dices tu por valor de 20.000 siempre y cuando lo tenga asegurado..(.es decir lo típico que te pone los seguros , las llantas tanto dinero, pintura tanto dinero ) todo ese dinero detallado y tengo un accidente contigo ....a mi si que me pagaria los extras mi aseguradora de lo que yo tenga asegurado lo que no se es si tu tienes extras en el tuyo si mi seguro te paga los extras.....como digo lunes preguntare....de todos modos si tienes papeles del juzgado como dices que tienes que lo demuestran que la aseguradora de otro vehículo te pago los extras que le metiste me gustaría verlos aunque sea por privado....ya que viene bien saber nuestros derechos... Aunque este no sea el caso de la bici que fue robada no accidentada....un saludo
Si yo voy a tu casa a tomar un café, acabas de fregar el suelo de la cocina, resbalo y caigo, sufro una serie de daños y tu seguro decide indemnizarme con 1000€, yo considero que esos daños ascienden a 3000€, y te denuncio. Vamos a juicio y el juez decide que esos daños ascienden a 2000€. ¿Quién paga los 1000€ de diferencia?
Diría que me estabas robando mientras estaba fregando y cuando me viste quisiste salir por patas y de ahí el accidente. Se llama tu palabra contra la mía. .. Como demuestra que llo te invite a mi casa y no entraste a una propiedad privada tu? Jeje...si al final va a ser C.S.I.
Entonces el tendero cuando firma el contrato del seguro en las clausuras que le pone; daños robos o accidentes a terceros les indemniciaremos como nos salge de los...
Y si no lo reparo y tengo que guardarlo 4 años asta que salga el juicio tb. Asi tb me pagan esos años que no lo he podido disfrutar. Cierto que lo tengo mirado con un culpable directo, tranquilo que me informo de esos casos expones. Nunca me preocupado ese tema porque mis coches me traigo el mecanico a casa jeje. Mi teoria le tendrian que comprar una bici = o lo que costara nueva o una superior.
Si el seguro del tendero no cubre el 100% que se preocupe el tendero de tener una buena alarma y sistemas seguridad por si le ocurriera esta desgracia porque luego aunque le repongan la mercancia en tema negocios los seguros no son como los coche.. que luego les meten unos palos en siguientes cuotas que les toca buscarse otro,, y si tienen que asumir partes que no les cubre el seguro mas tiempo parado negocio mas de uno se va a la ruina como vivan al dia y no tengan ahorros :/