Copio y pego: Sin embargo, el art. 20.1, d) CE reconoce y protege el derecho a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión, y el Tribunal Constitucional tiene declarado que la libertad de información por medio de la imagen gráfica tiene la misma protección constitucional que la libertad de comunicar información por medio de palabras -escritas u oralmente vertidas- (STC 132/1995, 11 septiembre) Extraido de aqui. Según la ley, si estás en la vía pública y estás grabando algo "noticiable", puedes hacerlo. El derecho a la información está al mismo nivel que el derecho de la intimidad.
Las normas, son para los demás. Para mi son todo derechos. Si quieres respeto, respeta los derechos , de los demás y cumple con tus obligaciones . Si vas a entrar en una propiedad privada, el derecho de admisión esta reservado. Siempre que no ataque , al honor , ( racismo, xenófobo, etc). Pero si prohíben entrar circular con bicicleta, y es una propiedad privada,. Quien manda en tu casa, tu o el primero que pasa por la puerta ?
Si , para adelantar hay que dejar una distancia prudencial, mínimo 1'5 metros, incluso esta permitido a los vehículos a motor, pisar la linea continua invadiendo , el carril contrario. Para adelantar a vehículos no motores. ( Bicicletas, ciclomotores) , otros vehículos lentos como los tractores , no están incluidos en esta norma ya que son vehículos a motor. Los vehículos a motor tienen , estas obligaciones. Pero los ciclistas, a parte de nuestros derechos , tenemos obligaciones . La norma nos permite circular por carretera, en grupo, que no en pelotón. Grupo unos detrás de otros , pudiendo ir dos en paralelo, siempre circulando por la parte derecha de la calzada, ya sea por el arcén si es transitable, o por la calzada , siempre lo más pegados a la derecha posible. Pero esto no se hace , la mayoría los que siempre ellos tienen la razón, ( para ellos todo son derechos y para los demás obligaciones) circulan en pelotón , invadiendo todo un carril, incluso un poco el contrario. Pero llevan cámara para grabar a quien pone en peligro su vida . La vida ya nos la ponemos nosotros en peligro, circulando así . No hace falta que nos la pongan los demás.
Alguien sabe, lo que el vehículo de acompañamiento a ciclistas y la señal v22, que tiene que llevar ?
Esta bien todo lo que dices. Pero creo que no te has leído el hilo. El tema no es ese. Me parece que hay un hilo que trata de seguridad vial. Pero aquí no es el tema. Saludos
En el parque del que hablo en este hilo lo que pone es una señal que indica exclusiva, concreta y literalmente "prohibido CIRCULAR con bicicletas", y si no te lees el hilo y vienes a soltar lo primero que se te ocurra, sin ninguna coherencia, pues pasa que fallas de lleno en tus argumentos. De todas formas el tema está más que zanjado, el guarda reconoció su error (aunque muy de refilón para salvar el orgullo) se disculpó y ya puedo entrar al parque andando con mi bici al lado, así que no comprendo estos reflotes absurdos.
El reglamento de circulación dice que la R-114 es de "Entrada prohibida a ciclos". De aquí se interpreta cualquier entrada, tanto andando como circulando en bici. Si no diría "Circulación prohibida a ciclos". Yo circulo mucho en bici, y me parece absurdo que no dejen llevarla andando en zonas con esta señal, pero son las normas, de momento están así, y prefiero no jugarmela para que no me venga el policía local de turno a "imponerme la ley"