a cuantos de vosotros os han multado y porque? es que yo siempre estoy leyendo cosas como estas, quesi patatín quesi patatán, pero aún no he visto ni una de esas denuncias, que haberlas deben de haberlas, pero oiga, esto es como las meigas, que no se si son cuentos para asustar a los chiquillos (con mi máximo respeto a todos los presuntos denunciados)
si que puse el pie!!!! pero se ve que el izquierdo no sirve - hay que sacar el pie del lado donde esta el agente de la autoridad si es derecho - mejor!!! jajajajaja
Ah, había entendido que no Entonces peor aun... la actuación del agente digo. Sí jaja, lo ví por aquí por el foro el vídeo hace tiempo, menudo artista.
No encuentro el artículo en cuestión, pero recuerdo, de cuando me saqué el carnet de conducir, que existe una norma general sobre el comportamiento de los conductores en las vías referente a la intencionalidad de nuestras maniobras. Es decir, que ante un STOP no sólo hay que parar sino dar la apariencia de que vamos a hacerlo, reduciendo visiblemente nuestra velocidad antes de detenernos. Por ejemplo, en una vía limitada a 60 km./h. en la que exista una señal de STOP, no está permitido llegar a la velocidad máxima permitida y dar un frenazo brusco junto antes de la señal, pues los conductores que circulen por la vía con preferencia no sabrán si hemos advertido la señal que nos obliga a detenernos. Aplicando esa norma al caso en concreto, creo que para que un ciclista dé “apariencia” de que va a detenerse realmente ante un STOP debería poner el pie en el suelo, no limitarse a frenar y quedarse en equilibrio, precisamente para que el vehículo que circula por la vía con preferencia sepa a ciencia cierta que estamos detenidos. Pero todo esto es cosecha propia, es una opinión que no puedo fundamentar con ninguna norma pues no la encuentro. Creo que se debe poner el pie en el suelo en un STOP, no lo afirmo con rotundidad. A ver si alguien puede arrojar un poco más de luz sobre esto. Un saludo
Eso no es así. No es necesario que haya arcén, evidentemente. Hay miles de carreteras típicas ciclistas sin arcén. Copio y pego: "Se autoriza también su circulación en paralelo, en columna de a dos, siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos de poca visibilidad. (Artículo 36.2). (BOE del pasado 23 de diciembre publicó el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo de lo establecido en la Ley de Seguridad Vial, entró en vigor el 23 de enero de 2004)"
Tengo la costumbre, antes de empezar a afrontar una subida, de soltarme de manos, quitarme las gafas, y encajarlas en el casco. A veces también lo hago para estirar la espalda, quitar un poco de tensión. Ahora me doy cuenta de que estoy al margen de la Ley....
Me falto poner que puedes ir en carreteras sin arcen en paralelo siempre que no perjudiques la circulacion . Osea que si no hay arcen casi nunca podras ir en paralelo
¿Cómo? ¿cómo que lo mismo que has dicho tú pero con otras palabras?? yo flipo. ¿dónde demonios habla algo de arcén?? La gente por tal de llevar razón y no dar su brazo a torcer....
Ya lo he hecho, por eso te digo que no llevas razón. No habla nada de "perjudicar", habla, en todo caso, de cuando no haya visibilidad.
Pero me parece que se asemeja mas a la realidad lo que digo yo . A mi me multaron en sitio con visibilidad mas que suficiente . Lo que no los vi a ellos que venian ya unos metros detras y pasar podian haber pasado . Culpa mia ,page y ya no me vuelve a pasar
hace un año +- , circulaba una receta que le pusieron a un compañero por no llevar timbre (creo recordar)