Reflexión objetiva sobre los accidentes de tráfico con ciclistas

Discussion in 'General' started by Angeloso01, Jun 17, 2017.

  1. nisti

    nisti Miembro Reconocido

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    Me temo que la afirmacion de akmann 2 relativa a la permisividad de algunos ayuntamientos de la circulacion de bicicletas por la acera, puede inducir a error. Como norma general, la bici esta considerada como un vehiculo en el codigo de circulacion. Por lo tanto debera circular por la calzada. Eso es asi en Madrid o en cualquier ciudad española. La acera es para los peatones. Si un policia te sanciona por circular por la acera, te denegaran cualquier recurso. Es mas, si tienes un accidente circulando en bici por la acera y atropellas a un peaton, sera el ciclista quien indemnice al peaton. Y eso es asi en cualquier ciudad española, porque el codigo de circulacion es de aplicacion en todo el territorio nacional.

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  2. akmann2

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  3. nisti

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    Bueno, argumenta tu negativa, hombre. Que parte de lo que he comentado no es cierta?

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  4. akmann2

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    Todo. Es un mejunje inventado que estamos hartos de desmentir en este foro. No se de donde sale periódicamente esta gente que se cree con la capacidad de dar lecciones a partir de algo que leyeron algún día en algún sitio. Hay que tener un poco de responsabilidad al escribir hombre, infórmate de las cosas, pero bien, o sea no te agarres al primer blog de andar por casa q confirme tus prejuicios, luego vuelves y debatimos lo que quieras.

    Saludos!
     
  5. nisti

    nisti Miembro Reconocido

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    A ver, yo hablo de la norma general. Luego vienen las excepciones. Logicamente, no hablamos del carril-bici pintado en la acera. Una excepcion puede ser que se invada la acera para acceder a un garaje, pero eso no se considera "circular por la acera". En la norma general se habla de casos excepcionales que pueden regularse desde los ayuntamientos, refiriendose a casos puntuales muy concretos. Pero para que cualquier persona que lea este post, hay que dejar muy claro que la norma general prohibe la circulacion de bicicletas por la acera.

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  6. nisti

    nisti Miembro Reconocido

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    Lo digo porque ultimamente veo a mucha gente en bici por la acera, y eso nos afecta a todos. Nadie esta protegido del mal uso de las infraestructuras. Circular en bici por la acera, da mala imagen del colectivo ciclista, causa molestias a los peatones y es fuente de accidentes.

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  7. nisti

    nisti Miembro Reconocido

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    Y perdona que te diga que se de lo que hablo. He citado la fuente, el codigo de circulacion. Tu no citas nada, no argumentas nada. Solo emites juicios de valor, que los demas debemos aceptar. Me temo que deberias informarte tu, antes de hablar.

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  8. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    Dejalo, es un caso perdido, la palabra segregar todavía no se entiende.
     
  9. nisti

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    Lo que no se entiende es que alguien emita una opinion engañosa en un medio publico. Afirmar algo que puede ocasionar problemas, en un foro publico, no es algo muy acertado. Por eso he hecho la puntualizacion.

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  10. nisti

    nisti Miembro Reconocido

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    Ademas he puesto un ejemplo de las posibles excepciones. La señal de vado que hay en la entrada de cualquier garaje, la emite el ayuntamiento, por eso he citado esa excepcion a la norma general.

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  11. nisti

    nisti Miembro Reconocido

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    Si el garage en cuestion esta situado en una calle peatonal, el Ayto puede autorizar la circulacion de vehiculos umicamente a los residentes por un corto tramo de calle. Esas son las excepciones que se pueden dar. Pero no dejan de ser excepciones.

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  12. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    El problema es que hay o había es que algunos aytos permitían o permiten por ordenanzas o bandos municipales cirCular por las aceras, que pasa aquí, que una norma de rango superior ( RGC) tumba a las de rango inferior ( ordenanzas/bandos).
    Que se hizo en esos aytos pues hacer acera-bici, digamos que en aceras anchas, fue donar, segregar, separar etc etc , una porción de acera para uso de la bicicleta, pero ojo, debe de estar perfectamente señalizado y adaptado a tal efecto.
    No se debe confundir al usuario en que, si se puede circular por acera.
    Por poner un ejemplo, un local comercial de 200 m2 de venta de ropa, su propietario vende, cede, dona 100 para uso de local de ocio, digamos que es el mismo local pero ahora con diferente actividad y diferente licencia para ejercerlo.
     
  13. vector4

    vector4 Miembro activo

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    Buenos días.

    Os pego por aquí un extracto literal de la normativa que tiene publicada en Ayuntamiento de Barcelona.

    Si no hay carril bici habilitado ni en la calzada ni pintado sobre la acera, se puede circular por las aceras, andenes o paseos siempre que:
    · El ancho de la acera sea superior a 4,75 metros y haya 3 metros de espacio libre, hasta noviembre de 2016. A partir de entonces, con aceras de 5 metros o más y 3 metros de espacio libre.
    · Se circule entre las 22 h y las 7 h y la anchura de la acera, andén o paseo sea superior a 4,75 metros y haya 3 metros de espacio libre.
    · Se trate de ciclistas menores de 12 años y los adultos que les acompañen.
     
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  14. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    Eso no estará actualizado.
    Creo recordar que en 2014 se prohibió , y si lo siguen haciendo me cito a mi mismo.
    hay sentencias, e incluso del TS que así lo afirman. No pueden circular vehículos por las aceras, y ya quedo claro que la bicicleta es un vehículo.
     
  15. nisti

    nisti Miembro Reconocido

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    Bueno, pues queda claro. Es un condicional. Deben darse ciertas condiciones. Y se restringe el permiso a esos supuestos. Por lo tanto, yo lo veo como una excepcion a la norma general, en ese municipio concreto.

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  16. akmann2

    akmann2 Miembro Reconocido

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    Claro claro. Justo lo que tú decías.
     
  17. akmann2

    akmann2 Miembro Reconocido

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    Creo recordar... no estará actualizado... vamos que no tienes npi. Y te atreves a intentar dar lecciones. Infórmate antes de seguir desinformando. Con ciclistas así llegaremos lejos.
     
  18. nisti

    nisti Miembro Reconocido

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    Aun asi, me temo que esos condicionantes no bastan para dejar clara la forma en la que deben circular las bicis, para no provocar accidentes. Deben circular por el area mas cercana a la calzada o pueden circular cerca de los edificios? Quien tendra preferencia para cruzar la calle? Se deberia redactar con mas detalle.

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  19. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    Si es así, yo no lo miraría como una excepción, si no como ilegalidad, lo que viene siendo pasarse una norma de rango superior por el forro. xD.
     
  20. nisti

    nisti Miembro Reconocido

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    Si, creo que si se presenta recurso de competencias, obligarian a cambiar el texto.

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