1. Cierre cancelado
    He reescrito esta nota 10 veces porque las palabras no son lo mío y no se explicar la montaña rusa de emociones por la que estoy pasando.

    Por ahora se cancela el cierre. Siento las molestias.
    No voy a entrar a valorar los comentarios de algunas personas, cada uno es libre de opinar lo que quiera (siempre desde el respeto). Solo quería comentar, que la noticia de cierre no fue una cosa pensada en dos días sino en bastantes meses y llegó un momento en que era insostenible.
    También les quiero dar la razón aquellos que se quejan del abandono que sufría la web. Si, tenéis razón y es culpa exclusivamente mía.
    Y por último, esta situación cancela gracias a las múltiples personas que se han puesto en contacto conmigo insistiendo en revertir este cierre. Gracias.

    Gracias otra vez a todos.
    PD. Según tenga noticias las iré comentando de este modo.
  2. Tras 22 años de funcionamiento y muchas vivencias, lamentablemente, ha llegado el momento de decir adiós. Lo que empezó siendo un pequeño foro de "backup" de la web que muchos solíamos visitar, Solomountainbike, se convirtió en una web de referencia del ciclismo en general donde se compartían rutas, vivencias, fotos, kdds, etc.

    Gracias a todos los que contribuisteis moderando secciones, participando en los post, compartiendo vuestras aventuras y en general, haciéndonos participes de vuestras rutas en bicicleta.

    Ha sido un verdadero placer. Nos seguiremos viendo en los caminos/carreteras/watopia o donde sea siempre que se pueda ir en bici :)

    Un saludo

    PD. El cierre será el 5 de Abril de 2026.
    PD2. Actualización: Será el 15 de Abril y quizás se pueda revertir.
    PD3. He quitado toda la publicidad que, sinceramente, era excesiva.
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Llevar niños en carro

Tema en 'Accesorios' iniciado por Gabriel Polanco, 19 Jul 2017.

  1. Gabriel Polanco

    Gabriel Polanco Miembro

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    Buenos días.
    Quiero hacer una ruta de cicloturismo con dos niños pequeños, ¿Como veis los carros para transportarlos? Van bien, cuesta mucho tirar de ellos.
     
  2. Kevin

    Kevin Miembro Reconocido

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    Sobre lo que preguntas no te puedo ayudar, pero si me permites, informate antes de su uso, porque si no han cambiado el codigo de la circulacion, en España está prohibido llevar un remolque para el transporte de pasajeros.
     
  3. Gabriel Polanco

    Gabriel Polanco Miembro

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    Sería hacer 100km del Camino de Santiago, no se circula por carretera
     
  4. Gabriel Polanco

    Gabriel Polanco Miembro

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    Alguien tiene más información sobre la normativa?
     
  5. Actor Secundario

    Actor Secundario Miembro

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    Yo tengo carro para dos niños. Yo estoy encantado. Lógicamente hay que tener precaución. Más volumen y más peso. Cuesta arriba toca tirar de desarrollo y cuesta abajo se abusa más de los frenos.
    Yo tuve que poner frenos de disco en la bici que uso con el carro porque notaba falta de mordiente. Tenía los frenos muy viejos ya.
     

  6. Actor Secundario

    Actor Secundario Miembro

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    De la normativa estuve mirando en su día y efectivamente en España no hay regulación del tema. Por lo que están fuera de la ley. Por lo tanto, para su uso toca sentido común. Yo nunca he tenido problemas. No conozco a nadie que hayan multado por ir con carrito.
     
  7. Kevin

    Kevin Miembro Reconocido

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    ¿Como que no hay regulación del tema? Creo que el Reglamento General de Circulación es bastante clarito.

    Capitulo II. Sección 1ª. Artículo 12.
    "4. Las motocicletas, los vehículos de tres ruedas, los ciclomotores y los ciclos y bicicletas podrán arrastrar un remolque o semirremolque, siempre que no superen el 50 por ciento de la masa en vacío del vehículo tractor y se cumplan las siguientes condiciones:

    a) Que la circulación sea de día y en condiciones que no disminuyan la visibilidad.

    b) Que la velocidad a que se circule en estas condiciones quede reducida en un 10 por ciento respecto a las velocidades genéricas que para estos vehículos se establecen en el artículo 48.

    c) Que en ningún caso transporten personas en el vehículo remolcado.

    En circulación urbana se estará a lo dispuesto por las ordenanzas correspondientes."

    Otra cosa es que tengamos que dilucidar o indagar que entiende ese reglamento por vía pública, o si un camino o pista que no están asfaltados se consideran "carretera" o vía pública donde el reglamento tenga efecto.
    Y que no multen a nadie, no quiere decir que sea correcto su uso. No me gustaría tener un incidente o accidente con un remolque de niños y tener que dar explicaciones en un atestado o a un seguro.
    A partir de ahí, lo de siempre, cada uno con su pasta y con sus hijos que haga lo que quiera.
     
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  8. Actor Secundario

    Actor Secundario Miembro

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    Que atrevido he sido...
    Bueno. Lo que está claro es que la regulación de este tipo de vehículos no es clara. Retiro lo de que están fuera de la ley, ya que siempre encontraremos algún artículo que haga referencia de una manera u otra.
    Lo que tú ves clarito yo no lo veo tanto.

    Repito que yo no he tenido problemas. Tengo uno y lo uso con responsabilidad y sentido común. No conozco a nadie que haya tenido problemas.

    Animo al compañero que ha preguntado a que lo pruebe. Los chiquillos lo pasarán en grande. Que aplique el sentido común.
    Un saludo
     
    Última edición: 1 Ago 2017
  9. calemil75

    calemil75 Novato

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    Buenas, pues voy poner un poco más de dudas si cabe:
    ANEXO I (LTSV) y Anexo II.a (RGV)
    27. Remolque. Vehículo (no autopropulsado s/RGV) concebido y
    construido para circular arrastrado por un vehículo de motor.
    29. Semirremolque. Remolque construido para ser acoplado a un
    automóvil de tal manera que repose parcialmente sobre éste y que
    una parte sustancial de su peso y de su carga sean soportados por
    dicho automóvil.
    Semirremolque (RGV. Anexo II.a): Vehículo no autopropulsado
    diseñado y concebido para ser acoplado a un automóvil, sobre el
    que reposará parte del mismo, transfiriéndole una parte sustancial
    de su masa.

    Si los remolques y semirremolques están construidos para ser arrastrados
    por un vehículo a motor, los “carritos” que arrastran las bicicletas no
    pueden considerarse remolques o semirremolques.
    ( Extraído de normativa para formación policial)
     
  10. calemil75

    calemil75 Novato

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    Las bicicletas pueden arrastrar un “remolque o semirremolque”,
    (aunque no el remolque contemplado en la Ley de Tráfico y en el
    Reg. Gral. de Vehículos ya que está reservado para vehículos a
    motor) siempre que no superen el 50% de la masa en vacío del
    vehículo tractor. Deben circular de día y sin visibilidad reducida. En
    carretera, los conductores de bicicletas podrán superar la
    velocidad máxima prevista para los ciclos (45 km/h -10%, a causa
    del remolque) en aquellos tramos en los que las circunstancias de
    la vía permitan desarrollar una velocidad superior.
     
  11. calemil75

    calemil75 Novato

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    En ciudad, con remolque, la velocidad máxima la podría
    fijar una ordenanza municipal. En su ausencia o si no
    estuviese especificado, si en un tramo de la vía urbana
    alcanzase 50 km/h podría ir a 45 km/h (45 km/h – 10%
    El Reglamento General de Circulación señala respecto a
    ciclos, ciclomotores y bicicletas:
    “Que en ningún caso transporten personas en el vehículo
    remolcado”.
    Por lo que en España está prohibido.
    Sin embargo esta prohibición puede ser modificada en
    vías urbanas por una ordenanza municipal
     
  12. calemil75

    calemil75 Novato

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    Desde Web Policial COET,
    No se si te servirá...
     
  13. Gabriel Polanco

    Gabriel Polanco Miembro

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    Muchas gracias a todos.
    Al final no voy a hacer el Camino de Santiago con los niños.
    Pero viene bien la información para saberla o para quien le pueda venir bien
    Un saludo.
     

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