JOLI, no me jodax. Las bicis salen de las aceras. Sólo se podrá circular por las aceras si existe un carril bici y cumple una anchura determinada. Vamos que borrarán muchos carriles bici actuales.
Si ellos ponen carril bici en otraa, se podra, si no, en las que citas... supongo, hace tiempo no piso el centro... Enviado desde mi SM-G950F mediante Tapatalk
Analicemos... Un carril bici y solo circula una bici... La morena lleva una de alquiler pedalec , luego tenemos un cruce y tres monopatín eléctrico el peor el que va sentado. La jungla. Saludos Enviado desde mi Redmi Pro mediante Tapatalk
No veo donde dicen que van a quitar carriles bici y que no van a poner mas... dicen que no se podra en aquellas aceras que no cumplan los requisitos, pero no dicen nada de que vayan a quitar nada... y que no se pueda por carriles bici, aunque esten en una acera de menos de 5 metros... Enviado desde mi SM-G950F mediante Tapatalk
En todas en algún momento el carril bici discurre por la acera, en algunos mejor señalizado y en otro peor, pero ninguno esta separado físicamente de los peatones . Saludos Enviado desde mi Redmi Pro mediante Tapatalk
Ergo, si no cumplen la anchura necesaria van fuera. Que la cosa está muy clara, las bicis salen de las aceras (salvo las que sean anchotas y puedan convivir) y luego está lo de la noche.
Que no hombre... que la normativa se refiere a las aceras sin carril bici... las que lo tengan, seguiran, te puse el enlace al sitio oficial y queda bastante claro... El Ayuntamiento permitia que se circulase por ellas (creo que las de mas de 3 metros o asi) ahora deben ser de 5, y no deja en las de menos... pero si hay carril bici en ella, no vas por la acera, técnicamente. Enviado desde mi SM-G950F mediante Tapatalk
Verás como no los quitan, los carriles que estan sobre aceras y se sigue podiendo circular por ellos... pero si te sales, ahora te multaran, antes solo te amonestaban. Enviado desde mi SM-G950F mediante Tapatalk
Citando fuentes oficiales (Ayuntamiento de Barcelona): La normativa actual es la siguiente: http://ajuntament.barcelona.cat/bicicleta/sites/default/files/Normativa_bicicleta_2017.pdf En caso de que no haya carril bici habilitado ni en la calzada ni pintado sobre la acera, se puede circular por las aceras, andenes o los paseos sólo en las siguientes condiciones: Si el ancho de la acera es superior a 4,75 metros y hay 3 metros de espacio libre. En este caso siempre, por seguridad vial, hay que circular a 1metro, como mínimo, de la fachada. Cuando se trate de ciclistas menores de 12 años y los adultos que los acompañan. En el carril bici situado en acera hay circular a un máximo de 10 km/h A partir de enero de 2019: https://ajuntament.barcelona.cat/ci...ular-per-les-voreres-a-partir-del-2019_699428 Las bicicletas sólo podrán circular por las aceras en el caso de que: El ancho de estas aceras sea superior a 5 m y haya 3 m de espacio libre. El carril bici esté situado en acera, circulando a un máximo de 10 km / h. Se circule de noche (entre las 22.00 y 7.00h) por aceras superiores a 4.75m y 3 m de espacio libre. Se trate de ciclistas menores de 12 años y los adultos que les acompañen. También estará prohibida la circulación de bicis por aceras cuando haya señalización que lo prohíba o cuando la calle disponga de infraestructura ciclista en calzada.
Se podrá circular por los carriles bici de las aceras tanto ahora como después del cambio de normativa. No he leído en ningún sitio que se vayan a suprimir los carriles bici de las aceras, lo que no quiere decir que se suprima alguno, como ya ha pasado. Por ejemplo en la Meridiana, en el tramo de la estación Renfe, que el carril bici era un despropósito: Aunque la calle es ancha, hay mucho tráfico peatonal por la salida de la estación de tren, paradas de autobuses, acceso contenedores de la basura, etc. Ahora en lugar de carril bici, es un espacio compartido, donde los peatones tienen preferencia y los ciclistas tienen que adaptar la velocidad según el tránsito de peatones. (y que me parece bien que sea así). https://www.google.com/maps/@41.421...4!1sVBDtKVL1Jp7pFA2FnTj0DQ!2e0!7i13312!8i6656
Eso es la diagonal desde cervantes hasta plaza cerda es así. Y eso en teoría será 10 km/h, así que carril bici eliminado. Saludos Enviado desde mi Redmi Pro mediante Tapatalk
Foto de hoy. Se ha saltado el semáforo !! Se trata de un patinete eléctrico que chuscaba la h0stia. Eso NO es una bicicleta, es un vehículo motorizado en toda regla. Vamos que no es un patinete con asistencia al remeo ... Eso lo ve una autoridad y no le puede sancionar. Lo tengo claro, el próximo paso será la matriculación de vehículos con motorización asistida. Cuidado, no es lo mismo Vehículo con motorización asisitida Vehículo con asistencia motorizada
Creo que es pertinente cambiar el nombre del hilo. Esto ya no es una cuestión de Barcelona, esto afectará a todas las ciudades. Inicialmente el hilo se abrió como: Barcelona prohibirá las bicicletas por las aceras a partir de 2019
Igual me equivoco, pero así mirando por encima, a los patinetes eléctricos se les aplica lo mismo que a las bicicletas, y sí, pueden circular por el carril bici... (añado: Vaya, están peor que las bicis, no pueden ir por la acera aunque sea de 10 metros de ancho...) Lo que no pueden es saltarse los semáforos, evidentemente... y no se el tema limitaciones como está... que vaya por una vía "limite 30" no implica que pueda ir a 30, creo que todos están limitados a 25kms/h... pero no lo he mirado y no puedo afirmarlo. https://electroroda.es/normativas-de-circulacion/ http://ajuntament.barcelona.cat/eco...lidad-personal-y-ciclos-de-mzas-de-dos-ruedas Ámbitos de circulación y normativa Circulación por la acera: No está permitida. Cuando la acera mide más de 4,75 m y hay 3 m de espacio libre, los vehículos de tipo C2 pueden acceder a ella para llegar a locales y tiendas donde se haga la carga y descarga de las mercancías. Calle con plataforma única: Si la zona es exclusiva para peatones, solo pueden circular los tipos A y C2, a un máximo de 10 km/h. Si en la plataforma única está permitida la circulación de vehículos, podrán circular también los tipos B y C1, a una velocidad máxima limitada de 20 km/h. Carril bici en la acera: Se permite la circulación de todas las tipologías (A, B, C1 y C2), siempre que la anchura de la infraestructura ciclista lo permita. Solo se puede circular en el sentido señalizado en el carril, a un máximo de 10 km/h y respetando la señalización vial existente. Carril bici en la calzada: Se permite la circulación de todas las tipologías (A, B, C1 y C2) por estos carriles, siempre que la anchura de la infraestructura ciclista lo permita. Solo se puede circular en el sentido señalizado en el carril, a un máximo de 30 km/h y respetando la señalización vial. Calzada zona 30: Se permite la circulación de las tipologías B, C1 y C2 por este tipo de carril, a un máximo de 30 km/h en el sentido señalizado de circulación. Los tipos A solo podrán circular si la velocidad máxima del vehículo es superior a los 20 km/h. Calzada: Se permite la circulación de los vehículos de tipo C1 y C2 en todas las vías, salvo en las calzadas que forman parte de la red básica (aquella que concentra un gran flujo de tráfico y tiene una conexión en el ámbito ciudad), donde lo tienen prohibido. No obstante, si la calle o la vía de la red básica está dotada de infraestructura ciclista (carril bici), los vehículos de movilidad y ciclos de más de dos ruedas podrán circular por este carril. Parques: Solo se permite la circulación de los vehículos de tipo A y B a una velocidad máxima de 10 km/h. Los de tipo C2, vehículos de transporte de mercancías, pueden circular por estos solo para acceder a los chiringuitos para la carga y descarga. Hay que respetar la preferencia del peatón, el patrimonio natural y el mobiliario urbano. Hay que seguir la señalización, las vías ciclistas y los itinerarios de las zonas pavimentadas o de tierra, si hay. No se puede circular sobre parterres, áreas o zonas con vegetación de cualquier tipo, ni por todas aquellas zonas que señalizan una prohibición. Los peatones tienen prioridad, favorezcamos la convivencia Los conductores de los VMP y ciclos de más de dos ruedas deben circular con diligencia y precaución para evitar daños propios o a terceros, no poner en peligro al resto de los usuarios de la vía y respetar siempre la preferencia de paso de los peatones. Es obligatorio reducir la velocidad cuando se cruce un paso de peatones para evitar situaciones de conflicto con los peatones, así como tomar las precauciones necesarias. Es necesario respetar la prioridad de los peatones, adecuar la velocidad a su paso y no hacer ninguna maniobra que afecte negativamente a su seguridad. No los he encontrado en castellano, creo que se entienden...
Me llama la atención que especifiques que "eso no es una bicicleta". ¿Acaso si fuera una bicicleta se podría saltar los semáforos? También dices que no se le puede sancionar. ¿En base a qué se pueden saltar los semáforos y otras normas de circulación?
Eso se parece a la calle Guipúzcoa ... Debajo de el semáforo juraría que hay uno parpadeante en ámbar con una bici... Así que ... De rojo nada. Saludos Enviado desde mi Redmi Pro mediante Tapatalk