se puede circular de este modo con el portabicis?

Tema en 'General' iniciado por copihue_, 2 Jun 2009.

  1. copihue_

    copihue_ Novato

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    hola, me compre el portabici en el feuvert, y le compre una barra para poder engachar bien la bcici por el marco que tiene...

    pero se puede circular del modo en el que queda la bici?

    un saludo y gracias

    [​IMG]
     
  2. la golfa

    la golfa Novato

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    en eso puedo ayudarte aunque este homologado te pueden multar tienes que ir a la itv y homologarlo en la ficha tecnica del vehiculo asi no te podran decir nada ningun picoleto.
     
  3. dimmytry

    dimmytry Entresemanero

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    Lo mejor es quitar la rueda delantera y desplazar el portabicis de tal forma que la bici no sobresalga del ancho del vehículo. Por la matrícula y luces creo que bien, pero te multarán si no le pones la placa V-20
     
  4. Casibiker

    Casibiker Novato

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    Buff!!

    Después de todo lo que he leído por aquí, me da que no.

    Con la rueda delantera estas tapando el piloto de la izquierda. Parece que no se ve la tercera luz de freno, y te faltaría la placa V-20.

    Ponte detrás del coche, si no tapas la tercera luz de freno, quitando la rueda de alante y poniendo la placa, yo creo que no tendrías problemas.
     
  5. la golfa

    la golfa Novato

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    la tercera luz de freno no es obligatoria asi que no pasa nada si no se ve pero lo dicho si la itv te da el visto bueno y eso son creo que unos 30 ó 40 € los civiles no te pueden decir nada de nada ni que sale por los lados ni que tapas una luz etc etc esa es nuestra porqueria de ley que tenemos.
     

  6. BURGAILLO

    BURGAILLO Maestro intentándolo

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    ¿Pasar la ITV? Me parece que ese tipo de portabicis no tiene que pasarla. Quien pasa la ITV es el vehículo, y en este caso no hace falta. Si hubiera añadido una bola si haría. Lo que tiene es que estar homologado el portabicicletas porque de no estarlo te empapelan.
    Por cierto y ya lo han dicho, necesitas la V-20 y como tapes las luces (la tercera de freno no cuenta) necesitas un juego de luces adiccional.
     
  7. Casibiker

    Casibiker Novato

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    ¿Pero la itv te puede homologar el portabicicletas?

    Mira que he leído post sobre el tema y en ninguno hacen referencia a este hecho.

    ¿Tienes uno y te lo han homologado con el coche?
     
  8. j@se

    j@se Ride your life

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    en principio no porque tapas una de las luces.
    y vigila que no exceda lateralmente el ancho de los espejos, si lo excede no se puede circular
    ademas te falta la placa V20

    no hay que pasar itv
     
  9. la golfa

    la golfa Novato

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    digo lo de la itv por mi primo que es guardia civil.
    por ejemplo.
    venden unos sprais para pintar los faros traseros oscureciendolos el sprai esta homologado pero el reglamento de la guardia civil es que las luces tienen que estar visibles almenos 50m de distancia pues por mucha omologacion que tenga los sprais estos te multan pero si vas a la itv como es mi caso y te revisan este caso y pasas la prueva te dan un anexo para tu ficha tecnica y con eso la guardia civil no te puede decir absolutamente nada

    pues con esto pasa lo mismo aunque esten homologados manda la itv si te permiten llevarlo pues nada a llevarlo se a dicho.

    nota no es obligatorio pero te proteges las espaldas.
     
  10. kgum10

    kgum10 Miembro activo

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    Pues a mi me pararon "los malos" una vez por llevar ese portabicis, no me multaron pero en mi caso, tapo la matricula, no es tu caso porque el peugeot la lleva mas baja.... no me multaron pero me dijeroc que pusiese otra placa colgada de la bici.... lo de los pilotos me dijeron que no pasava nada porque se ven bien.... si se ven a traves de los radios de la bici me dijeron que no se ponen tontos por eso... pero que lo de la matrícula si.... me perdonaron la vida por esa vez, ahora la llevo con una placa colgada de la bici.. hace tirmpo.. he encon trado controles y nunca me han dicho ni mu..... nisiquiera me han dado el alto....


    NOTA: eran los mossos d'esquadra.
     
  11. catxl

    catxl Catxl gran reserva

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    Creo que si lo puedes llevar.
     
  12. makalister

    makalister Embiciado.

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    Lejos.....muy lejos!
    creo que llevas la bici un poco mal no???
     
  13. GORDUS

    GORDUS Glober Troter

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    La itv es necesaria en caso de que le pongas la bola de remolque al coche para acoplar un potabicis de bola, entonces si tienes que ir a homologar la colocación de la bola del remolque, pero no el potabicis, pues eso ya viene homologado de fabrica cuando lo compras. Mientras la bici no sobresalga de las dimensiones del vehiculo ni tape ninguna luz (excluyendo la tercera luz de freno) ni la matricula no tendras ningun problema, pero eso si, como ya ten han dicho muchas veces antes, tienes que poner tambien la placa v-20. O sea, que tal y como se ve en la foto no podrias llevarla. Saludos.
     
  14. erard

    erard Miembro Reconocido

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    La itv eso no te lo homologa , pues no es una parte fija del coche,

    el portabicis ya esta homologado separadamente, y luego has de cumplir con lo que respecta a las luces , placa v 20 etc.
     
  15. BURGAILLO

    BURGAILLO Maestro intentándolo

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    Creo que ya lo tienes claro ¿no?
     
  16. lukasrioja

    lukasrioja caminero

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    Es obligatoria la seña V-20, tendrias que llevar un nuevo juego de luces, o sacar la rueda delantera, de tal forma que no te tape los pilotos....


    Legalmente:::::
    Instrucción 05/S-80 V-61

    De acuerdo con los informes emitidos por las Autoridades competentes en materia de industria, los elementos desmontables destinados al acondicionamiento y protección de la carga no requieren previa homologación, y su instalación en los vehículos no constituye reforma de importancia de las previstas en el Real Decreto 736/1988, de 8 de julio. Sin embargo, para mejor cumplimiento de las normas legales y reglamentarías relativas a la disposición y dimensiones de la carga, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
    1.- El artículo 14.1 d) del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación establece que la carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores. En el caso de accesorios o portabicicletas traseros, el cumplimiento del citado precepto reglamentario podría también lograrse llevando instalados en su parte exterior todos los dispositivos de alumbrado o señalización luminosa, así como la placa de matricula que la carga oculta (ver fotografía n° 1 del anexo).





    Fotografía 2

    Fotografía 3

    2.- Tampoco existe inconveniente en que dichos accesorios se apoyen en el dispositivo de remolque, siempre que se respete la masa máxima que éste puede soportar, de acuerdo con lo que haya establecido su fabricante (fotografías n° 2 y 3). Deberá garantizarse en todo caso, como se establece en la letra a) del citado artículo 14.1, que tanto el portabicicletas como su carga estén dispuestos y sujetos de forma que no puedan "arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa".
    3.- De acuerdo con el artículo 15.3 del citado Reglamento General de Circulación en los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir, si fuera indivisible, y el portabicicletas lo es, por la parte posterior hasta un 15 por ciento de la proyección en planta del vehículo. Sin embargo, no está previsto que pueda sobresalir lateralmente, salvo lo establecido en el apartado 4 del citado artículo para los vehículos con anchura inferior a un metro.

    4.- Cuando el portabicicletas no permita al conductor ver por el retrovisor interior la circulación por detrás del vehículo (fotografía n° 4), y éste sea de la categoría M 1 (turismo), deberá llevar un segundo retrovisor exterior en el lado derecho (artículo 11.2 y Anexo III del Reglamento General de Vehículos).

    5.- De acuerdo con lo previsto en el apartado 6 del citado articulo 15 del Reglamento General de Circulación, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos deberá ser señalizada por medio de la señal V-20, a que se refiere el artículo 173 de dicho reglamento, señal cuyas características se establecen en el anexo XI del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos
     
  17. Marco Antº

    Marco Antº The war of the minds

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    MURCIA
    Y los de feuvert te vendieron eso sin mas diciendote que si esta homologado tal cual, pues no lo entiendo.!!!!
     
  18. Bpl

    Bpl Miembro Reconocido

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    Los portabicis no pasan ITV, porque entre otras cosas no son elementos fijos. Y por supuesto no te lo van a meter en la ficha técnica del coche
    Si está homologado(casi todos los que se venden en españa lo están) no necesitas más homologación
    Te multarán por tapar el faro izquierdo
    Por ser un elemento que sobresale por detras debes llevar la V20
    No importa que sobresalga un poquito por los lados
     
  19. yukadrian

    yukadrian Novato

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    Yo creo que te lo han dejado claro todos (no exceder el ancho de retrovisores, placa v20, no tapar luces, no tapar matricula) y faltaría algo que es para nota... en conducción nocturna luz roja que complemente la v20

    Ah... y no olvides que las cintas que bajan hacia abajo te tapen algo la matrículo... esa fue mi último multa ya que en el último momento moví el portabicis para centrarlo y se me olvidó revisar la matrícula (bueno también me adviertieron pero no multaron por no llevar la v20)
     
  20. vamonos que nos vamos

    vamonos que nos vamos Miembro activo

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    Yo estoy buscando un portabici de porton trasero y hay de todo como en la viña del señor ejjejejejeje, he ledio mucho y muchos post y ninguno se ponen de acuerdo asi que me voy a la normativa vigente y dice algo asi.

    No puede tapar matricula (mas que nada por los RAdar) que esta de moda.
    No puede sobrepasar el ancho del vehiculo contando los espejos retrovisores y recuerdo que el espejo retrovisor derecho no es obligatorio asi que si tapas uno que sea ese.
    No puede tapar las luces, la luz tercera no es obligatoria.
    Tienes que llevar la placa V-20 (aunque es un mamotreto y un engorro)

    Ahora bien, prueba en poner la bicicleta con la rueda delantera en el otro lado es decir dale un giro a la bici, haber como queda. Tal como la tienes ahora esta bien, lo unico que le falta es la plaquita de los ******* y quitale la rueda delantera y no te podran decir nada de nada.
    Un saludo
     

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