Nuevas normas de la DGT

Tema en 'IMBA España y asociaciones' iniciado por j.btt, 27 May 2010.

  1. j.btt

    j.btt Specialized World

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    Buenos días, después de buscar por la pagina de la dgt no encuentro las nuevas normas para los reflectantes y demás,

    Alguien me puede ilustrar un poco

    Muchas gracias y saludos al foro que es genial.
     
  2. charlyduc

    charlyduc Miembro activo

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    Lo que he odio en la radio, dicen que sera ahora, sancion grave aquel ciclista que valla de noche, sin prendas reflectantes o luces. Pero que ****, por que no se meten con gente que pasa a menos de 1.5 metros de los ciclistas? Si, esta norma me parece bien, para evitar atropellos, pero tambien meta caña a los que pasen a menos de 1,5 metros con sancion muy grave, dado que es provocar un accidente...
     
  3. KrOnE

    KrOnE Novato

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    A mi me ha llegado esta semana una carta con los cambios, supongo que lo estarán enviando a todos los domicilios y que lo recibiremos todos en breve.
     
  4. CHEMA404

    CHEMA404 MOMOBIKERS

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    La normativa, fue publicada en el BOE Num 283 de fecha 24 de Noviembre de 2009 y ha entrado en vigor esta semana, modificando la Ley de Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo).

    En lo que se refiere a los ciclistas, lo único que afecta es el art. 65.3 y 65.4.e, que sanciona con multa de hasta 100 euros las siguientes infracciones:

    65.3. Son infracciones leves las cometidas contra las normas contenidas en esta Ley y en los Reglamentos que la desarrollen que no se califiquen expresamente como graves o muy graves en los apartados siguientes. En particular es falta leve no hacer uso por parte de los usuarios de bicicletas de los elementos y prendas reflectantes, de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley.

    65.4.e) Circular sin hacer uso del alumbrado reglamentario, salvo que el vehículo sea una bicicleta en cuyo caso la infracción tendrá el carácter de leve.

    En definitiva, según el art. 42 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, las bicicletas tienen que llevar encendidas la luz de posición delantera (blanca) y trasera (roja), si circulan entre el ocaso y la salida del sol o en tramos afectados por la señal "Túnel". En las vías interurbanas, además del alumbrado hay que llevar colocada "alguna prenda reflectante" visible a 150 metros. No necesariamente ha de ser un chaleco como para los automovilistas, también puede ser un cinturón, cintas para recoger los pantalones, una mochila o una chaqueta con elementos reflectantes, etc. El catadióptrico rojo trasero es obligatorio a todas horas, mientras que los reflectantes amarillos en ruedas y pedales son opcionales.

    Os dejo un enlace de la normativa...

    http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg339-1990.html

    un saludo
     
  5. j.btt

    j.btt Specialized World

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    muchas gracias Chema404 es de gran ayuda tu aporte.
     

  6. flandersito

    flandersito Novato

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    veCindariO!
    también se a oído decir, que no se si es cierto pero si lo es me alegro, no pueden requisar la bicicleta ya que es propiedad del ciclista o algo así. eso me parece muy bien porque estoy harto que los típicos chulitos siempre amenazan porque te quito la bici, jaja pocas discusiones e tenido yo por ese motivo
     
  7. Ataca Soldier

    Ataca Soldier Gurú del movimiento

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    Que se me ocurra por la imaginación el que te puede requisar algo es juez, te podrán retener pero requisarte algo sera con orden judicial ¿no?
     
  8. Eivissente

    Eivissente NINER RIP

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    vamos que si vas como una cuba y te paran tranquilo que vendra la grua a llevarse la bicicleta, no pasa con las motos y coches, pues con las bicis tambien, en el caso de que no pueda llevarselos otra persona.
     
  9. Eivissente

    Eivissente NINER RIP

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  10. flores123

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    Nunca he tenido problema alguno respecto a lo de requisar las bicicletas, de hecho creo que no se puede hacer.
     
  11. flores123

    flores123 MSC

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    Como mucho se la pueden llevar al deposito y la tengas que recoger otro dia.
     

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