Montar en bici en desescalada

Tema en 'General' iniciado por nacho1, 30 Abr 2020.

  1. trigonmaniaco

    trigonmaniaco Miembro Reconocido

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    Venga va....., ahora me sales con lo del 1km de los paseos....
    A ver....te guste o no te guste me puedo desplazar libremente para lo que quiera por tooodo el territorio historico al que pertenece mi municipio.
    Antes, a ver si lo ves mas clarito, solo podia salir del municipio y colindantes para motivos socioeconomicos. AHORA, puedo desplazarme por donde me de la gana dentro de mi provincia, porque la coletilla socioeconomicos ya no se utiliza, por tanto, puedo perfectamente desplazarme hasta el monte que me de la gana y ponerme a correr.
    AHORA, la movilidad dentro de la provincia ya no esta condicionada a ningun supesto.
    La federacion SOLO menciona de los que compete, es decir, federados, etc....,por tanto, la federacion nunca va hacer referencia a gente NO federada. Pero al igual que se aplica esa libertad de movimientos por parte de la ertzaintza para los federados se aplica para los no federados.
    Y si has leido bien....pone subrayado que se puede utilizar vehiculo a motor para ir hacer deporte y fijate, que incluso te permiten ir con personas con las que convivas....
    Y para que te quedes mas tranquilo, y si digo que hago las cosas legales es que las hago, antes de ir a correr con el coche me informe oportunamente con mi policia municipal.
    Y te doy otro dato, para que todavia lo tengas mas claro. Esta semana pasada, en mi municipio se estan "peatonalizando" calles por muchas zonas para que la gente pueda realizar actividad fisica ya que el limite YA NO ES 1km.

    Y para acabar, si te apetece lees el BOE con fecha de ayer y lees solamente el parrafo que hace referencia a la actividad fisica no profesional donde marca los nuevos horarios que habra en fase 2(capitulo II, articulo 7-libertad de circulacion, punto 1) y luego lees como queda redactado el parrafo donde pone los horarios para los federados....(disposicion final primera-tres), al final del boe. ¿Curioso no?.

    Ale, ya me aplico yo las mefidas de flexibilizacion que van saliendo y tu si quieres sigue aplicandote las de la fase 0.

    P.d: y si quieres lees tambien los BOPV's que son los que mas directamente se me aplican a mi.
     
  2. Collserolo

    Collserolo Miembro Reconocido

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    Pero vamos a ver. Nos dices que no estás federado y nos largas un enlace de la Federación Vasca que lo único que hace es transcribir el BOE. (Confieso que me has hecho dudar y ya tenía la escopeta cargada para decirte que en mi pueblo hay quién cree que Catalunya es una República ...)

    Tú has leído el encabezamiento?
    Porque hasta ahí todos llegamos. Tú te crees que te afecta no estando federado y siendo profesional del deporte? Cuidao "Y" no es lo mismo que "Y/O"




    NOTA: Resumen de texto orientado a la práctica del ciclismo profesional y federado
     
  3. Collserolo

    Collserolo Miembro Reconocido

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    No, ibas muy bien hasta que has dicho "para correr" Por otro lado, coger el coche para ir al monte no es ninguna finalidad socioeconómica, y mucho menos si es para hacer deporte individualizado NO profesional Y federado.

    He seguido leyéndote y hablas de FASE 2 ... Pero si en FASE 2 sólo están tres islas.

    ¿Hablamos el mismo idioma?
     
  4. trigonmaniaco

    trigonmaniaco Miembro Reconocido

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    En fase 1, en euskadi, que es lo que me compete, no se diferencia federado o no federado, se regula a parte profesionales, clubs, etc..y ahora mismo, la actividad fisica y deportiva, que es como se denomina concretamente, tiene como limite el territorio hidtorico al que pertenezca el municipio, es decir, TODA LA PROVINCIA.
    Venga va....
    otro boe para leer, pasa todo hasta donde pone DISPONGO. a ver si lo ves mas claro.
    https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2020/05/2001983a.shtml
     
  5. Collserolo

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    @trigonmaniaco

    De verdad que quiero que nos entendamos.

    Euskadi está bajo el mando único. No tiene competencias para distinguir entre FASES y mucho menos para atribuir "derechos" a federados y no federados.
     
  6. vicber07

    vicber07 Miembro Reconocido

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    Lo de las franjas horarias es una puñeta. A las 10 a la cuadra, dependiendo del tipo de salidas que haga cada uno, da poco tiempo para hacer nada.
    Especialmente si para salir de la ciudad tienes casi una hora. Supongo que conforme avance el calor nos cambiarán el horario, y posiblemente para peor.
    Con honestidad y en base a lo que también veo por mi zona,cada vez la gente pasa mas de los horarios y franjas, pero personalmente creo que, en la medido de lo posible, el horario de nuestros mayores hay que respetarlo.
    Veo parejas de ancianos que prácticamente se van sosteniendo el uno al otro con una mirada de miedo y angustia que traspasa su gafas y su cara asustada se adivina detrás de las mascarillas. Manda narices, ojalá no nos toque vivir a nosotros así en el final de nuestros días.
     
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  7. trigonmaniaco

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    Primero, aprende a leer, he dicho "los nuevos horarios que habra en fase 2", eso imagino sabras es FUTURO, NO PRESENTE, una accion que VA a suceder y por tanto no es una accion actual.

    No acabas de entender que la federacion siempre va a hablar SOLO DE FEDERADOS, y esto NO SIGNIFICA que a los NO federados no se le aplique le legislacion vigente.

    Ahora, te lees el enlace que he puesto mas abajo del BOPV a otro compi y que me afecta a mi. A ver si se lo que puedo hacer y lo que no.
     
  8. Collserolo

    Collserolo Miembro Reconocido

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    ¿Tú qué entiendes por colindante? La otra punta del Territorio Histórico? ¿Aunque tengas que atravesar 20 municipios que son colindantes unos con otros?


    Aupa !!
     
  9. trigonmaniaco

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    Pero tu piensas lo que dices?.
    Que mando unico ni que leches, que las comunidades autonomas tienen poder de legislar en fase 1.
    Que aqui en el bopv se habla claramente de "actividad fisica y deportiva", ya no se usa el termino federado o no federado.
     
  10. trigonmaniaco

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    Jode.r macho

    Clarito------ARTICULO 2 PUNTO 1----Pone "dentro del territorio historico correspondiente al municipio que se tenga fijada la residencia", es decir, PROVINCIA.

    De verdad lees??
     
  11. Collserolo

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    JAJAJAJA !! Díselo a mi PECHIDÉN que no le da soporte a la nueva prórroga porque seguimos en mando único.


    Buffff !! no me digas que tú también crees que las Autonomías son autónomas ... Por favor. Papá nos ha castigado sin salir del cuarto ... nunca mejor dicho.

    :(
     
  12. trigonmaniaco

    trigonmaniaco Miembro Reconocido

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    No te desvies.... ¿Has leido lo ultimo que te he puesto?.
    Da igual, lo leeras, veras que tengo razon, porque esta escrito y no seras capaz de decir "me he equivocado".

    Agur majete, lo dicho, si quieres sigue con tus paseos de 1km, ya haremos los demas todo lo que legalmente se puede.
     
  13. Andreçao

    Andreçao El Perfecto Inespecífico

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    Vaya.
    Lo siento por los positivos.
    ¿Te han dicho si tienes anticuerpos para eso?
     
  14. Rodatec

    Rodatec Miembro Reconocido

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    Dejalo, te quiere llevar al fango...
     
  15. Collserolo

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    Tu Lehendakari te está pidiendo el voto, lo que dice no es mentira, pero no es toda la verdad. A mí mi alcalde también intentó confundirme con sus recomendaciones, intentó que no ejerciera mi derecho a salir cuando quisiera desde las 06:00h hasta las 23:00h. No coló y ningún vecino le hicimos caso.

    En rojo lo único que pueden legislar las CC.AA.

    Cierto es que la primera Orden Ministerial en su apartado 15 del Anexo hacía referencia a la movilidad en sus Territorios Históricos colindante, pero no para dar paseos y para hacer actividad física.


    Pero bueno, para ti la perra chica. Estate tranquilo que no te va a denunciar, ya estáis en campaña electoral ...

    Mi Pechidén me pidió que desobedeciera con el Procès, ahora me pide, me obliga, a que obedezca (a él, claro).

    Y así andamos.



    CAPÍTULO II
    Flexibilización de medidas de carácter social
    Artículo 7. Libertad de circulación.

    1. Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

    Las personas de hasta 70 años podrán realizar la actividad física no profesional prevista en la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas, que queda reservada a los mayores de 70 años y a las personas a las que se refiere el artículo 2.2, párrafo primero. Las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán acordar que en su ámbito territorial estas franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de las mismas.

    2. En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria. A estos efectos, los grupos deberían ser de un máximo de quince personas, excepto en el caso de personas convivientes.
     
  16. Collserolo

    Collserolo Miembro Reconocido

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    Me has tocado la fibra.

    Nada que decir. Al contrario, lo suscribo.

    ;)
     
  17. trigonmaniaco

    trigonmaniaco Miembro Reconocido

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    Venga, lee y y dime cual es mi limite para la actividad fisica y deportiva.

    DISPONGO:
    Artículo 1.– Se modifica el artículo 2.2 y 3, del Decreto 8/2020, de 10 de mayo, del Lehendakari, que queda redactado en los siguientes términos:

    «2.– Las personas podrán desplazarse dentro del Territorio Histórico en el que tengan fijada su residencia.»

    «3.– Se permite la movilidad entre municipios colindantes de diferentes Territorios Históricos de tránsito habitual».

    Artículo 2.– Se modifica el artículo 3.1, 2 y 3, del Decreto 8/2020, de 10 de mayo, del Lehendakari, que queda redactado en los siguientes términos:

    «1.– Se podrá realizar actividad física y deportiva, siempre respetándose las medidas de seguridad, salud e higiene establecidas por las autoridades sanitarias, dentro del Territorio Histórico correspondiente al municipio en el que se tenga fijada la residencia, así como en los colindantes a este de otro Territorio Histórico».
     
  18. Bike@Beer

    Bike@Beer Miembro Reconocido

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    Los tengo a tope. Mejor que nunca :D
     
  19. ( o) (o )

    ( o) (o ) Miembro Reconocido

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    Vergüenza ajena sufrimos todos al ver que intentes dar ninguna clase a nadie escribiendo así.

    A ver.
    Vergüenza.
    Ajena.

    De nada.
     
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  20. susaetath

    susaetath Miembro Reconocido

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    No entiendo por qué tienen más derechos los federados que los no federados?
     

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