cuando dejarán salir en bici y de qué manera

Tema en 'General' iniciado por mantequilla, 13 Abr 2020.

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  1. josito 107

    josito 107 Miembro Reconocido

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    https://www.elconfidencial.com/espa...sexta-prorroga-alarma-coste-congreso_2607219/
    Bueno, tal y cómo pinta la cosa pronto se podrá salir cómo antes.
     
  2. tolilix

    tolilix Miembro Reconocido

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    Cuanto mas leo el BOE,mas quiero,a mi perro:rolleyes:
     
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  3. pedaladas_2

    pedaladas_2 Partiendo piedras

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  4. Frizick

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    Te falta el BOE de la discordia de esta semana, Orden SND/414/2020, de 16 de mayo. Concretamente:

    Tres. Se modifica el apartado 1 del artículo 9, que queda redactado en los siguientes términos:
    «1. Los deportistas federados no recogidos en el artículo anterior podrán realizar entrenamientos de forma individual, en espacios al aire libre, dos veces al día, entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas, y dentro de los límites de la provincia en la que tengan su residencia.
     
  5. josito 107

    josito 107 Miembro Reconocido

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  6. Frizick

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  7. josito 107

    josito 107 Miembro Reconocido

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    Si, a lo mejor mañana o en los próximos días se aclara y flexibiliza el salir del municipio, nunca tuvo mucho sentido pero ahora quizás ya menos.
     
  8. Strider2

    Strider2 Miembro activo

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    A ver, lo relevante es el art. 7 de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo

    "1. Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

    Las personas de hasta 70 años podrán realizar la actividad física no profesional prevista en la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas, que queda reservada a los mayores de 70 años y a las personas a las que se refiere el artículo 2.2, párrafo primero. Las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán acordar que en su ámbito territorial estas franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de las mismas."

    En resumen, para aquellos territorios en fase 2 (y el Anexo se modifica hoy para incluir a todos los que pasan a fase 2, en mi caso Asturias) desaparece la limitación del municipio y la de las franjas horarias, con excepción de 10 a 12 y de 19 a 20 (aunque pueden variar según la comunidad autónoma).
     
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  9. Frizick

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    Ahí está la discordia de todos estos días:

    - Por un lado se permite la circulación en general por toda la provincia

    - Por otro para la actividad deportiva no profesional se sigue aplicando la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, donde sí contempla el límite municipal en el Art.2 ap.4, y de momento este no ha sido derogado específicamente (como sí han sido otros).
     
  10. profetrek

    profetrek Miembro activo

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    La ley está clara, "salir a dar paseos 10".
    Los federados siguen de 1 en 1
    Ja ja ja

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  11. Strider2

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    Porque no está derogado. La orden 414 se aplica a los territorios en fase 2, exclusivamente. Para el resto sigue vigente la orden 380. En la Orden 380 la limitación del municipio se regula en un apartado específico y distinto a las franjas horarias. Sin embargo, en la 414 va todo junto en el apartado 7.1. No es interpretable. Y las normas posteriores prevalecen sobre las anteriores. No hay otra manera de verlo. El problema de días anteriores era distinto, porque la Orden 414 no era aplicable (salvo a unas islas de canarias y baleares)
     
  12. Frizick

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    Aha

    Es que aclararse con el tema del orden de los apartados ya es cosa aparte :D
     
  13. Jerogliphic

    Jerogliphic Miembro Reconocido

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    Entonces en Fase 1 ¿me puedo ir a tomar un café a donde me apetezca usando como medio de transporte mi bicicleta y a la hora que quiera?

    Saludos

    Andiamo su!
     
  14. Frizick

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    Exacto

    Y si eres federado te invitan al carajillo ;)
     
  15. davidmaral

    davidmaral TIRA PALANTE!!!!!!

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    Si como medio de transporte y No como deporte si no eres federado
    Federado vi libre dentro provincia
    Vamos no gastas no pasas, pero si vas que sea en chandal
     
  16. Strider2

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    A ver, me explico. En fase 1 la Orden 399/2020, en el art. 7, dice

    "1. En relación a lo establecido en la presente orden, se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza."

    No habla de deporte, y por eso se interpretaba (yo creo que de forma discutible, pero da igual lo que yo piense) que seguía vigente (y sigue para los territorios en fase 1) la Orden 380, que en su art. 2.4 dice "4. Los paseos se realizarán con una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio. Dicha limitación no será aplicable a la práctica no profesional de cualquier deporte individual, estando ésta permitida dentro del municipio donde se reside." O sea, que podías (puedes) ir a cualquier sitio de la provincia en coche, pero para hacer deporte debes limitarte al municipio.

    Sin embargo, en la Fase 2 se aplica la Orden 414. El primer párrafo del art. 7.1 de esta Orden 414 es igual que el de la Orden 399, pero a continuación incluye una referencia al deporte no profesional (lo que no hacía la Orden 399). Por tanto, ahora no tiene sentido remitirse a la Orden 380 para los territorios en fase 2 porque el art. 7.1 permite la circulación en toda la provincia para hacer deporte no profesional (insisto, en fase 2). Alguien muy retorcido podría interpretar que el segundo párrafo se refiere sólo a las franjas horarias y no a la limitación del municipio. Pero es que no tiene sentido esa interpretación en un precepto que comienza flexibilizando el límite geográfico. Es una interpretación absurda (aunque gente obtusa la hay en todos los lugares). Vamos, que en fase 2 se puede salir del municipio y en fase 1 no
     
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  17. Frizick

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  18. Strider2

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    En realidad no la lían. En La Nueva España (creo que tú eres de Asturias) llevan todo el día anunciando que se puede hacer deporte en toda la provincia. Ahora han cambiado la noticia y dicen "Respecto a salir a caminar al monte o hacer deporte por toda la región, como pedían las autoridades asturianas, éstas aún están a la espera de una ratificación expresa, como esperaban que iba a hacer de forma más contundente la nueva publicación, aunque en algunos ámbitos se daba por supuesto que la norma relativa a la fase 2 de la desescalada, publicada la pasada semana, en la que se hace expresa mención a la "libertad de circulación por toda la provincia", incluía la movilidad deportiva".

    Eso es, seguramente, porque alguien esperaba una modificación de la Orden 380 para eliminar esa limitación. Pero es que las normas para la fase 2 son distintas. Lo que es tremendo es que en el País Vasco ya hayan anunciado que la eliminan y ahora surjan dudas por una mala interpretación de la norma en el resto de España. Estamos regidos por incompetentes
     
  19. Frizick

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    No, yo soy de Galicia, y llevo toda la semana saliendo por donde me apetece, cosa que seguiré haciendo con rectificación o sin ella. Ya me harté de tonterías.

    Estoy de acuerdo con lo que dices, que es una mala interpretación por parte de una panda de inútiles. Y obviamente no tienen sentido común ni lógica alguna.
     
  20. Jerogliphic

    Jerogliphic Miembro Reconocido

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    Me veo yendo a Rascafría a tomarme un café en pantalón corto y camiseta y con el culotte debajo

    Andiamo su!
     
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