cuando dejarán salir en bici y de qué manera

Tema en 'General' iniciado por mantequilla, 13 Abr 2020.

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  1. Elhacedor

    Elhacedor Miembro Reconocido

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    En Euskadi igual, es más, incluso no prohíben en las franjas de mayores de 70 años el hacer deporte. Sólo recomiendan que se respeten sus espacios, por ejemplo, no ir a correr por donde suelen pasear en esos horarios
     
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  2. Diego Sarmiento

    Diego Sarmiento Miembro Reconocido

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    En Euskadi podéis salir en las tres provincias:
    ....Este conjunto de disposiciones prolongará su vigencia durante el lapso temporal previsto para la fase 2, que inicialmente se extiende desde las 00:00 horas del día 24 de mayo hasta las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020. La unidad territorial para la aplicación en Euskadi de las medidas previstas en este Decreto es la propia comunidad autónoma en su conjunto....

    Artículo 1.– Objeto.

    El presente Decreto tiene por objeto ordenar, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4.1 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo y en relación a lo establecido en los artículos 7, 18.6, 20 y párrafo cinco de la Disposición final segunda de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, la aplicación, en la Comunidad Autónoma del País Vasco, de las medidas de flexibilización acordadas conjuntamente con el Gobierno español para la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

    Artículo 2.– Libertad de circulación.

    1.– Quedan eliminadas las franjas horarias que restringían la movilidad de las personas.

    2.– Las personas mayores de 70 años y los colectivos de riesgo disfrutarán de preferencia en espacios de uso público, en las franjas horarias comprendidas entre las 10:00 y las 12:00 horas, así como entre las 19:00 y las 20:00 horas.

    3.– Las personas podrán desplazarse para celebrar reuniones familiares y sociales de hasta un máximo de 15 personas en viviendas y locales privados o en espacios abiertos de uso público, respetando las normas de protección personal y distancia física establecidas por las autoridades sanitarias.


    El Boletín Entero (De donde he copiado literalmente): https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2020/05/2002035a.shtml
     
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  3. Elhacedor

    Elhacedor Miembro Reconocido

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    Por eso digo, que en ningún sitio se distingue entre federados y no federados
     
  4. manutgc

    manutgc Miembro Reconocido

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    Pues a ver si otras comunidades aprenden, para cuando estemos en fase 2, porque en la 1 seguimos como en la 0

     
    Última edición: 25 May 2020
  5. jomacovi

    jomacovi Miembro activo

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    pues nosotros en cadiz estamos en fase 2 y los no federados no podemos salir del municipio , y como la junta de andalucia no dice ni mu pues asi estamos con el miedo en el cuerpo dando vueltas al municipio.
     
  6. samot

    samot Miembro

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    En fase 2 hay libertad de movimientos en toda la província (artículo 7 de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo).
     
  7. pikolo

    pikolo Miembro Reconocido

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    La misma que en fase 1.
    Pero no para hacer deporte.
     
  8. Paco Alfaro

    Paco Alfaro Miembro activo

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    Si no estás federado, todo sigue igual: mismos límites horarios y mismos límites municipales. :(
     
  9. Xavier335

    Xavier335 Miembro Reconocido

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    Pero sí para ir a ver a un amigo, familiar, o simplemente acudir al bar de un pueblo vecino. Y en este caso no se prohíbe en ningún lugar del BOE el uso de la bicicleta como medio de transporte.
     
  10. samot

    samot Miembro

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    El artículo 7 permite libre circulación por la provincia sin excluir en ningún momento al deporte.
     
  11. wito25

    wito25 Miembro Reconocido

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    Tal y como lo he entendido yo, en fase 2 no se puede salir del municipio para hacer deporte (a nivel no federado) :(:(:(

    La Orden que regula la fase 2 habla de flexibilización de medidas (y ahí está la clave)

    Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

    Artículo 7. Libertad de circulación.

    1. Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

    Las personas de hasta 70 años podrán realizar la actividad física no profesional prevista en la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas, que queda reservada a los mayores de 70 años y a las personas a las que se refiere el artículo 2.2, párrafo primero. Las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán acordar que en su ámbito territorial estas franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de las mismas.

    En el párrafo donde permite realizar actividad física habla de la actividad física que regulaba la orden de 30 de abril y en ella establece unos horarios y el límite del municipio. En este caso flexibiliza el horario, pero no el espacio geográfico. Se podría pensar que la libertad de circular por la provincia afecta también al 2º párrafo... Pero yo me inclino a pensar que no.

    EStá legislado como el culo, es farragoso y lleva a confusión. Dentro de 1 o 2 años los tribunales se pronunciarán sobre la correcta interpretación de la norma y saldremos de dudas :D:D:D:D:D:D;););););)

    Me gustaría que no fuera así :mad::mad::mad::mad:
     
  12. bsolsona

    bsolsona Miembro activo

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    Yo sigo entendiendo que si no estamos federados no podemos salir del municipio. Tenemos más tiempo para hacer deporte: ahora podemos aprovechar entre las 12 del mediodía y las 7 de la tarde, horas que estos días hace caloret del bo y que probablemente estén dentro de nuestro horario laboral.

    ¡Qué bien y de que forma más lógica sigue la desescalada!. La FEC si debe estar contenta, ya que sus inscritos son menos contagiosos y menos contagiables.

    :):):)
     
  13. Castil

    Castil Miembro Reconocido

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    Resumen breve de la situación.

    Aplicación de la ley de modo literal: sin ningún género de duda se puede circular por la provincia en bicicleta. Pero sin dudarlo. La normativa no excluye a las bicicletas, ni a las motos, ni a los caballos.

    Problema que puede plantearse, como podrían buscarte las cosquillas, y que la gente no se cosca nunca: al interpretar la ley, hay que estar, no solo a la literalidad, sino al contexto social y, sobre todo, a su finalidad, es decir, a su espíritu. Esto no es cosa mía, lo dice el código civil, al que se suele recaer de modo subsidiario desde otros órdenes. El espíritu prevalece sobre la literalidad.

    Por lo dicho, podrían decirnos que en su espíritu se encuentra limitar el ejercicio físico, y que si te pillan en una salida, habria que dilucidar si en esa salida lo nuclear es tu necesidad de desplazamiento o hacer ejercicio. Sin determinan que es lo segundo, te podrían petar el cacas.

    Ahora, y a nuestro favor, hay que tener en cuenta que la finalidad última de la norma es proteger a la población y evitar contagios, y que la utilización de la bicicleta para desplazarte dentro de esa libertad del artículo 7 no entra en confrontación con la finalidad de proteger a la población y evitar contagios, y, por lo tanto, no estando expresamente prohibida su utilización como medio de transporte, no ha de limitarse.

    Divertido, verdad?
     
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  14. tolilix

    tolilix Miembro Reconocido

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    Esto se lo das a Stephen King y te hace un libro......ACO..JONANTE:eek::eek:
     
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  15. wito25

    wito25 Miembro Reconocido

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    Para mí la literalidad me dice que no se puede salir del municipio.

    El espíritu que yo saco de la norma es que se puede salir a hacer deporte para que la gente no se acartone ni se pegue un tiro encerrado en casa y para eso con darte unas vueltillas por el barrio vamos que chuta. Han permitido salir a moverse a la provincia para que la economía empiece a activarse.

    Pero me gustaría estar errado :(
     
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  16. Castil

    Castil Miembro Reconocido

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    Para sacar el espiritu de la norma hay que analizar bien la exposición de motivos, que yo la verdad no me he leído más que en transversal. Es un tema complejo.
     
  17. manutgc

    manutgc Miembro Reconocido

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    O se lo das a Bill Gates y te saca la V A C U N A!!
     
  18. Frizick

    Frizick reloading...

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    Gracias. Me ha llegado hace media hora el certificado digital.

    Yo igual que tu, no lo hecho por el tema actual que ya estaba saliendo por donde quería, pero sí me encaja para el resto del año, aunque la cobertura sea poca.
     
  19. wito25

    wito25 Miembro Reconocido

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    El espíritu y la interpretación nos lo darán los jueces y tribunales... Lo demás son desvaríos q m pego :D
     
  20. litro

    litro Miembro

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    ¿Hay mucho interes en el foro en que se federe la gente o es que no sabemos leer que la movilidad en la provincia ya no está restringida?
     
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