No quiero crear polémica, todo lo contrario y tampoco me gustaría tener que recurrir nunca a la garantía, pero según la web, me pedido tiene garantía de 6 años (para mi, personalmente). Solo en caso de que venda la bici, el nuevo comprador, será el que disponga de X meses restante hasta los 2 años desde mi compra, no ¿? Porque entonces, en mi caso como comprador, ni son 2, ni 3 sino 6... según la propia web de Canyon, no ¿?
Permíteme que te diga que los árboles no te dejan ver el bosque. Una cosa es cómo deben hacerse las cosas, y ya te digo que hay normativa europea q establece lo q te he dicho. Y otra cosa es que una empresa (en este caso Canyon) haga lo q le salga del forro (y q deberá asumir las consecuencias, en caso de ser así). Eso no significa que una empresa Alemana se rija por normativa alemana cuando vende en España. Sin salir de España tb hay empresas q tratan de fumarse el tercer año de garantía. Solo queda denunciar...
Que gracioso que los que ni tienen ni piensan tener Canyon den consejos, pero el que si tiene y ha tenido que tramitar garantía con Canyon es el que confunde al personal. Cada uno que saque sus propias conclusiones. Enviado desde mi 2306EPN60G mediante Tapatalk
Qué tiene que ver que tú hayas tramitado garantía con lo que se está debatiendo con el tiempo de garantía que da canyon no es el estipulado por la ley Española Estás mezclando churras con merinas, que cada uno saque sus conclusiones si...
La garantía es dos años porque la que te vende es Canyon GMBH que es empresa alemana con domicilio fiscal alemán. Bajate la factura que es tan sencillo como mirar el encabezado. Canyón tiene centros de distrubución en España, Portugal, etc, pero te vende la empresa, que es alemana.
Esa Ley de la que hablas no existe tal y como tú la interpretas. Canyon da dos años de garantía. Vendiendo en España debería de dar 3 pero no lo te lo va a dar. Si necesitas ese tercer año toca pelearlo a través de Consumo, con todo lo que ello supone.
Si no existe, como es eso de que la "estoy interpretando"? Desconozco lo hace canyon, insisto. Pero la garantía tiene q ser 3 años. Y si no te la fa, efectivamente, te toca pelearlo. Hace unos meses un taller me dijo q la garantía en piezas era de una año... Pues lo mismo. Si aceptas te la comes... Te puede pasar con cualquier cosa. Eso no quiere decir q esté bien lo q hacen. Lo peleas y lo ganas...
No se mucho de leyes, pero lo que si sé es que Facua tiene unos juristas de p.m. Y si ellos han interpuesto denuncia, me da a mí que saben lo que hacen. Raro que Facua pierda un litigio, tanto es así que en ocasiones han denunciado incluso a la OCU, y les han ganado.
Es que no sé qué Ley estás interpretando porque no lo dices. Creo que estás aplicando el sentido común, con buen criterio por supuesto, y si nuestra legislación establece 3 años de garantía pues lo lógico es pensar que automáticamente los tienes. Pero esto es más complejo, porque la normativa europea de contratos a consumidores no hace que automáticamente apliquen todas las condiciones, en este caso de España, sobre un producto que te están vendiendo desde Alemania, aún incluso aunque sea evidente que tienen un mercado aquí. Ni siquiera hay respaldo por el hecho de tener una normativa más beneficiosa al usuario. Como digo, el error es pensar que automáticamente aplica. La empresa, bajo la normativa europea puede negarse. Pienso que todo el mundo tiene parte de razón aquí, pero es debido a la voluntad de la empresa. Hay empresas (internacionales) que automáticamente dan los 3 años vendiendo en España simplemente por política de empresa, otras se niegan en rotundo y otras según lo que pelees o te asesores, pues pueden acabar cediendo.
@albertomar no quedes de ignorante como otra veces y en vez de dar deditos, nos deslumbras con tu sabiduría campeón.
Como ya dije, esto tiene seguro muchas aristas... pero mírate el artículo 6 de Reglamento (CE) 593/2008 (Reglamento Roma I.) A mí no me deja muchas dudas.
Correcto compañero, el problema radica que Canyon y otras empresas consideran que no es normativa imperativa dar 3 años de garantía ya que el marco regulador europeo sí marca obligación de 2 años y deja a los estados miembros a ampliarlo. Ellos consideran que no les aplican y aquí viene el desenlace: No te lo dan. El debate de pelear y conseguir la razón, factores de no usar tus productos mientras, tiempo invertido etc ya es otro debate
Te lo he puesto para q veas q no es una interpretación mía y q si hay normativa q lo sustenta. Pero vamos, q si la empresa te dice q no, te toca pelearlo como bien dices, y es una putad@.
Sí cierto, decir que lo interpretabas era demasiado osado por mi parte. Yo al final lo comento con un punto de vista constructivo. Al menos tener claro que empresas ofrecen mejor atención y soporte.