Hola a todos! No sé si habeis tratado sobre este tema en algún otro hilo. No he podido encontrar una aclaración sobre el tema; pero si algún moderador me redirecciona, pues mejor. El tema es que ayer estuve hablando con un Guardia Civil que practica MTB sobre la necesidad de que los portabicis de bola deben o no llevar la señal V-20 de marras. Encuentro informaciones contrapuestas y me gustaría tener una aclaración definitiva. (Aunque no la creo que haya y pienso que el tema está mas bien a interpretación del agente que toque en el momento). El GC me decía que los portabicis de bola NO SE CONSIDERA CARGA sino una prolongación del vehículo para aumentar su capacidad de carga y al colocar la bola se autoriza a ello. La carga es la bici. Decía que debe ir señalizada como los propios remolques y me recomendó que instalara los catadióptricos triangulares rojos propios de los remolques. La señal V-20 debería llevarla si la bici sobresale de este portabicis. Si giro el manillar de la segunda bici nada sobresale y no tengo que llevar la V-20. Esto tiene su lógica ya que para el vehículo que nos sigue la señalización es la misma en un remolque que en un portabicis de bola. ¿Esto es así? :melopien:
Hola!! Yo tenía la misma duda que tú, y para viajar tranquilo y no depender de interpretaciones del policía de turno he decicido poner la placa v20 siempre que lleve bicis en la bola del remolque...son 20-30 euros y viajas tranquilo. Eso no tiene precio...
mirate este post http://www.foromtb.com/f22/los-que-tengais-portabicis-de-bola-de-remolque-114019-8.html
Tiene su sentido, porque según especifica el reglamento general de vehículos la señal v 20 es "para cargas que sobresalen". V-20 PANEL PARA CARGAS QUE SOBRESALEN 1. Indica que la carga del vehículo sobresale posteriormente. 2. Cuando la carga sobresalga por detrás del vehículo deberá colocarse esta señal en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de V invertida con franjas alternas rojas y blancas. 3. Las dimensiones, color y características técnicas de esta señal son las que se indican a continuación: ....
segun tengo yo entendido al ponerle las luces y la matricula ya no tienes obligacion de ponerle la placa puesto que el tema de la prolongacion del coche ya lo tienes resuelto con la autorizacion de llevar la bola ,¿o es que acaso has visto alguna vez un remolque ,de llevar perros por ejemplo ,que lleve la placa puesta?simplemente con las luces obligatorias y la matricula sobra.la placa es por si tubieses un porta-bicicletas de porton ,o has cargado algo que sobresale de la baca como un hierro largo o una escalera etc.En mi caso tengo unporta-bicis de porton y la llevo puesta ,pero creo que aun asi voy un poco ilegal puesto que las ruedas me tapan las luces asi que voy un poco a espensas de que el guardia de turno me quiera poner una receta....
Pues no le falta un apice de razón al guardia, es mas si solo llevas la placa de matriculas y juegos de luces y no montas unos catadióptricos triangulares rojos segun el codigo de circulacion te pueden sancionar, sobre la placa v-20 efectivamente si las bicis no sobresalen por dertras de la bola no hace falta, de lo contrario es obligatiorio y siempre que no supuere un 1/3 de la longitud del vehiculo si no supera los 5 metros de longitud. te aconsejo montar la v-2o ahorraras tiempo y dinero.
A mi me pararon en la autopista y 90 leuros de "regalo" Y eso que no estaban de acuerdo entre ellos,pero al final el veterano se impuso y me jodió. No os voy a decir de quién me acordé....
Con ningún remolque hace falta placa V20, ya que se considera que el vehículo termina en la matrícula y luces del remolque. Esto se aplica a los portabicis de bola. Si no fuese así, según la normativa los remolques además de tener que llevar la placa, no podrían "sobresalir" del vehículo por atrás más de un 15% del mismo, es decir: p. ej. las caravanas tendrían que medir menos de un metro. :fumao Yo llevo portabicis de bola frecuentemente, también en viajes largos, y nunca he tenido problemas. Incluso si algún guardia despistado te multa (no sé si fue el mismo caso de Gaztel3), esa multa es fácilmente recurrible. Ahora que si aún así te quedas más tranquilo con la placa.. tú mismo. Yo no pienso ponerla.
Si sobresale la carga del vehículo como es el caso de los portabicis de bola y no lleváis la V20 os pueden multar, así de sencillo. Por cierto en los remolques (de coche) la carga no puede sobresalir nada por la parte trasera y deben llevar los dos catadióptricos triangulares rojos que señalizan que es un remolque. PD. Si se ponen burros os pueden multar por no llevar dos V20 como lo indica el amigo Tobazix.
Yo el mes que viene le voy a montar el portabicis de bola y le pondre la placa V-20. Todos los argumentos que habeis puesto arriba son mas que logicos, pero si te paran son al menos 90 euros. La placa en Norauto cuesta 25. Aun nos quedan para unas cañitas y viajamos tranquilos. Es mi opinion. Saludos
Aquí está el peligro. No en los portabicis de bola con sus luces y triángulo rojo. ¿Cómo no se hace nada con ésto? Y para esto se concibió la v20 (En sustitución del "trapo rojo")
Pues hoy mismo me acaban de multar con 80 euros por no llevar la V20 en un portabicis de bola de remolque. Si alguien me pudiera dar alguna referencia legal para poder recurrir se lo agradecería. Yo pienso que este tipo de portabicis es una prolongación del vehículo, no carga que sobresale, pero el señor agente no ha debido pensar lo mismo que yo jeje. Venga, dadme alguna pista para poder recurrir. Muchas gracias.