síguenos videosbikescomponentes noticiasContacto 18 de Marzo del 2015 Ruedas Gordas Así te pueden multar en bici Cuando nos movemos en bici por la ciudad o las carreteras tal vez pensemos que estamos exentos de las normas de circulación y que no nos pueden multar, pero estamos muy equivocados ya que la bicicleta se rige en el reglamento de circulación como un vehiculo con lo cual nos pueden caer las mismas multas que si fuésemos en coche, aunque aun no sea muy común este tipo de multas a ciclistas están empezando ya ha ponerse. Estas son algunas de las multas que te pueden poner si vas en bici y te saltas las normas: Saltarse un semáforo: 200€ No detenerse en un stop: 120€ Si te pillan pedaleando superando la tasa de alcoholemia: Hasta 500€ Circular sin las manos en el manillar: 90€ Circular haciendo un caballito (manual): Hasta 500€ Circular sin casco por carretera: 200€ idem si eres menor de 16 años y no lo llevas en la ciudad. No llevar chaleco reflectante y luz blanca delantera y roja trasera entre la puesta del sol y el amanecer: 60€ por las luces y 200€ por el chaleco. Circular por las aceras: 60€ y si atropellas a un peatón te puede caer por indemnización hasta 10.000€ Pedalear en dirección prohibida: 150€ Ir con los ariculares puestos escuchando música en la bici: 191€ Y para terminar acordaros que circular por sendas en parques naturales de la Comunidad Valenciana esta prohibido y te puede caer una multa de 3000€ a 8000€ por hacerlo, bastante barato si lo comparamos con la Ley de Montes de Castilla La Mancha que pueden caerte 200.000€ si molestas a los cazadores con tu mountain bike. Ahora que ya sabeís algunas de las cuantías que os pueden caer andaros con precaución.
No hay obligación de llevar chaleco, sí prenda reflectante el art. 42.3 del RDL 339/1990 dice así: "los conductores de bicicletas además llevarán colocada alguna prenda reflectante si circulan por vía interurbana" ya estamos vendiendo miedo que los de la bici compran
Pero para circular por ciudad de noche es obligatorio el chaleco?? Como el articulo dice via interurbana entiendo que no no? Yo circulo con luz delantera y trasera y nunca me han multado habiendome cruzado mas de una vez con la Local.
Pues sinceramente,me parecen muy bien,es mas veo que a penas se cumplen ,estoy harto de ver ciclistas saltándose semaforos ,y encima te miran con cara de tonto por pararte,pocas sanciones ponen,o también estoy harto de ver a grupos que en una salida se van a almorzar al bar y se meten un vermut,una botella de vino y una copita luego y siguen con la ruta,no podemos pretender pedir respeto si no somos responsables
Ya que estamos.....explicar bien la norma de cuando y puede y cuando no, circular en paralelo, que parece que a algunos nos hace ilusión jodder a los conductores de vehiculos a motor. Saludos
Me he saltado cientos de semáforos delante de la guardia urbana y mossos de esquadra (haciendo un stop y mirando bien a cada lado) y nunca me han dicho nada, es más, creo que es algo que debería de poder hacerse "por ley"
Es lo que quiero decir, el post es sensacionalista a más no poder, sólo habla de multas y alguna se las ha inventado, tampoco dice que no tienes que llevar casco siempre en interurbanas, segun el RD 1428/2003 "Los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones médicas que se acreditarán conforme establece el artículo 119.3, o en condiciones extremas de calor." Vamos que en verano no lo llevas, cuando subes tampoco y si tu médico te hace un certificado tampoco.
Se puede circular en paralelo siempre que se vaya por el arcen . O cuando no se perjudique a la circulacion de los otros vehiculos
Cualquier bloguero globero se erige en jurista de prestigio sobre el trafico rodado sin citar un sólo artículo de ni ley, menudo sensacionalismo, de verdad es mejor que pongáis fotos de chicas guapas en los blogs, o de chicos guapos, al menos no molestáis a la gente
Una duda que tengo desde hace tiempo... A la salida del pueblo se ponen muchas veces en plan control los de tráfico.. mi duda es: ¿Se puede pasar caminando con la bicicleta por el arcén sin llevar luces ni casco? Ojo, caminando empujando la bici nada de ir montado. En este país de las libertades algo me dice que no, pero mis amigos dicen que sí que se puede.
una anécdota: Hace un mes bajaba felizmente del monte y ya habia cogido un trozo de carretera de asfalto para entrar a la civilización. Cuando entras en la civilizacion nay un control - para civilizarnos. O seaR, al final de la rampa y despues de una curva siempre se ponen escondiditos a multar y poco antes hay señal de STOP (una de las trampas). Los vi preparados desde arriba y pense "VOY HACER STOP". Total, freno, saco el pie izquierdo de la cala, lo meto otra vez y ZAS, el tio me para. Y dice: "señora, usted no ha hecho el "stop". Yo que si, que si, que si, el: que no y que no. Y luego dice: "tiene que sacar el pie del pedal", yo pensando "la madre que lo trajo...". Me indigne un monton y discutí con el, no se porque no me multo, pero luego tuve que soportar una leccion extendida de como tengo que STOPEAR, habiendo lo hecho bien. "Conozco a un@" que bajo por alli a toda ****** y estaba la pareja dgt acechando. Pero uno miraba la tablet y otro se estaba comiendo unas papas - cuando giraron las cabezas la bici ya habia pasado a toa leche. jijiji
Es que creo que para hacer stop tienes que poner pie en el suelo . No vale con parar en equilibrio . Aunque yo no conozco a nadie que le multaran por eso , si por saltarse ceda el paso y stop
Probablemente no te multó por que sabría que no estaba en lo cierto. Pero eso no le impidió tocarte los eggs durante un rato y aleccionarte, se ve que es lo que les gusta hacer a muchos. Seguro que si pillan a este le clavan un multón:
Oki.. Ahora viene la cuestión.. ¿te pueden multar por no llevar chaleco o luces si eres peatón? Lo siento pero no suelo salir de caminatas nocturnas así que ni idea
Si es un asunto personal para un recurso eso lo tienes que tratar profesionalmente, aquí no. Una cosa es aclarar el sentido de la ley y otra el caso por caso.
Desconozco la legislación del país del video, lo que es seguro es que las autoridades españolas no tienen competencia allí, por suerte para él