Hola foreros os quiero dejar este interesante enlace a un información que ojalá conocieran todos los conductores de España, especialmente de la zona centro: Documento sin ttulo
Según entiendo en esta nueva ley la obligatoriedad de llevar elementos reflectantes es cuando las condiciones climatológicas así lo requieran ¿no? (niebla, lluvia, atardecer, etc.) ¿o es obligatorio en todo momento?
"Las bicis deben tener elementos reflectantes, lo mismo que sus conductores cuando circulen por vías interurbanas en circunstancias en las que es obligatorio el uso de alumbrado, es decir en las mismas circunstancias que sería obligatorio para cualquier vehículo." Useasé, lo que ya había. En condiciones de baja visivilidad. Está muy bien lo de las nuevas normas, el problema es que pocos conductores las conocen y dan por hecho que por llevar un coche son los amos de las calles/carreteras.
Por algo se empieza, primero es estar legalmente protegidos, después la concienciación de los conductores en general, que es mucho más lenta, y luego estan los zopencos/as, que ni con nueva ley, ni con multas ni con nada, porque solo les falta rebuznar, aunque algunos incluso ya lo hacen, como por ejemplo la tiparraja estúpida que me gritó el otro día en mi pueblo en una glorieta (Tres Cantos) ¿que haces por aquí con la bici teniéndo Carril-Bici? Eso pasándome rozando, con la ventanilla abierta y mirando para dónde no tenía que mirar.
ahora lo k tendria k acer la dgt es una campañita en la tele como la del movil y la del cinturon para k la gente conozca las normas cuando se encuentra a ciclistas por la carretera, xk sino esto no sirve de nada.