A continuación os pongo el articluo 216 que afecta a las bicicletas y motocicletas de la Ordenanza que veis abajo. Evidentemente el señor JAIME G. TRECEÑO que firma la noticia en el mundo no se ha documentado o no se ha querido documentar. Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano Aprobada el 24/07/1985 CAPITULO V. Vehículos en las zonas verdes Artículo 216 . 1. La entrada y circulación de vehículos en los parques será regulada de forma específica y concreta para cada uno de ellos mediante la correspondiente señalización que a tal efecto se instale en los mismos. a) Bicicletas y motocicletas Las bicicletas y motocicletas sólo podrán transitar en los parques, plazas o jardines públicos, en las calzadas donde esté expresamente permitida la circulación de vehículos y en aquellas zonas especialmente señalizadas al efecto. El estacionamiento y circulación de estos vehículos no se permitirá en los paseos interiores reservados para los paseantes. Los niños de hasta diez años podrán circular en bicicleta por los paseos interiores en los parques, siempre que la escasa afluencia de público lo permita y no causen molestias a los demás usuarios del parque.
A partir de aquí se puede opinar si la norma está o no obsoleta (parece obvio que sí) Si hay o no hay bastantes zonas especifícas para ciclistas (parece obvio que nó) Si estas zonas para ciclistas se respetan o no (evidentemente no y eso tambien acarrea sanción para paseantes y dueños de perros) La noticia publicada en "El Mundo", está evidentemente muy mal documentada, no se si con intención o nó y me parece patético que el responsable de movilidad la oposición se rasgue las vestiduras, por una ordenaza que tiene 22 años, que en la practica no se aplica y que se aprobó con un alcalde de su partido en Madrid. Y repito la pregunta ¿A cuantos nos han multado en 22 años de Ordenanza? Y otra cosa antes de llamar Hijo de **** a alguien sea político o butanero pensaoslo un poco por favor
Mi interpretación es que si la bici es una california BH y la has subido en un seat fura, 127, o sinca 1000 del abuelo, ten cuidado, sino tranquilos.... Tengo entendido que también está prohibido pisar el cesped.... asi que... cuidado transeutes !!! Relellendo el post ... dice bicicletas y motocicletas... ciclomotores quedan fuera??? si es asi, solo falta lastrar un poco la bici con el motor del vespino... y ya estamos legales!!! Un saludo...