LEY DE MONTES La modificación de la Ley de Montes publicada en el BOE introduce modificaciones que nos afectan directamente en el uso y disfrute de nuestros montes. Aunque aun no está claro hasta que punto nos pude perjudicar, o limitar el acceso por determinados caminos. Y serán las comunidades autónomas las que tendrán la última palabra a la hora de limitar el acceso al monte. En el artículo 54 se establece: 1. El acceso público a los montes podrá ser objeto de regulación por las Administraciones Públicas competentes. 2. La circulación con vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras quedará limitada a las servidumbres de paso que hubiera lugar, la gestión agroforestal y las labores de vigilancia y extinción de las Administraciones Públicas competentes. Excepcionalmente, podrá autorizarse por la Administración Forestal el tránsito abierto motorizado cuando se compruebe la adecuación del vial, la correcta señalización del acceso, la aceptación por los titulares, la asunción del mantenimiento y de la responsabilidad civil. Prestaremos especial atención al punto 2, donde se indica expresamente el término PISTAS FORESTALES. Es este un tipo de vía aun pendientes de definir. La administración tendrá que decirnos que tipo de vías son las PISTAS FORESTALES y cuales tienen servidumbre de paso, pues en principio por pista forestal se entienden aquellos caminos y viales de extracción de madera, acceso a montes, cortafuegos, nuevas vías para explotación agro-forestal, etc. Pero un camino vecinal (que comunica pueblos), un camino rural (que comunica fincas), o una vía pecuaria (en la que está restringido el acceso a nuestras bicis) NO están contemplados por ley como pistas forestales. A esto hay que añadir que según el Código Civil, los caminos públicos gozan de servidumbre de paso (salvo legislación específica) si se ha circulado por ellos durante los últimos 20 años. Lo que mas me mosquea es que por mitad de algún bosque no podamos ir con las bicis ni aunque haya ningún camino ni nada. Salu2
Hoy en la ruta nos hemos encontrado una nueba valla pero sin candado hemos pasado y el dueño nos ha hechado el caso es que siempre hemos pasado por hay y nunca ha habido valla ni nada ni nos han llamado la atencion nadie.¿Eso lo pueden hacer?
si no he leido mal pone VEHICULOS A MOTOR, no???? Ya sabemos k algunos son unos makinas, pero de ahi a considerarnos a motor......
:melopien: Amigos, la cosa está ******. Los "doctores" que pululan por las administraciones nos declararánproscritos a los bikers dentro de nada. En Madrid ya peligran. Creo que en su normativa actual no dejan pasar bicis más que por caminos en los que un trailer circula sin dificultad. Adiós a mis amados senderos. Hace poco pasé por Cercedilla y en información de turismo me dieron unas rutas que eran de risa, todo por pista anchísima, y recordandote que ni se te ocurriera salirte de ahí. Acto seguido me fuí a la tienda de bicis local a informarme de la realidad para ver si peligraba mi culo, pero me dijeron que por ahora ni caso. Menos mal, porque aquello es el paraíso de los senderos técnicos. En fin, que el monte se va a quedar para los guardas (EN SUS TODO TERRENOS) y para los politicastros invitados a pasar un dia de campo. Nosotros a mirar detrás de la valla. *****, qué fácil es prohibir y qué trabajico les cuesta hacer las cosas bien... Perdón por el tocho.-:mrgreen:
ya, pero yo no me fiaría del todo, porque pueden poner un día que a motor, y al siguiente que no puedan las bicis. Yo por si acaso se lo preguntare al seprona aver que dice, y si me dice que no se pueden tampoco bicis, os lo comento. ¡Salu2!