Matriculación E-Bikes?

Tema en 'Bicis Eléctricas' iniciado por ignacio-, 31 May 2019.

  1. ignacio-

    ignacio- Monja en RE-cesión

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    ¿Alguien puede informar sobre esto????....... ¿fake?

    El Reglamento (UE) nº 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de enero de 2013, relativo a la homologación de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos, y a la vigilancia de mercado de dichos vehículos, estableció los requisitos técnicos de los vehículos de la categoría L, con la finalidad de que las legislaciones nacionales publicasen normas armonizadas, ofreciendo así seguridad jurídica, tanto a los fabricantes como a los usuarios de este tipo de vehículos

    El art 4.2 del mencionado reglamento define e incluye en su ámbito de aplicación, los vehículos de la categoría L1e (vehículo de motor de dos ruedas ligero), remitiendo a su Anexo 1 la clasificación en dos subcategorías:

    L1e-A y L1e-B: L1e-A: Ciclo de motor:

    – Ciclos diseñados para funcionar a pedal que cuentan con una propulsión auxiliar cuyo objetivo principal es ayudar al pedaleo.
    – La potencia de la propulsión auxiliar se interrumpe a una velocidad del vehículo ≤ 25 km/h.
    – La potencia nominal o neta continua máxima ≤ 1 000 W. – Los ciclos de motor de tres o cuatro ruedas que cumplan los criterios específicos de subclasificación adicionales se clasifican como equivalentes técnicamente a los vehículos L1e-A de dos ruedas. L1e-B: Ciclomotor de dos ruedas:
    – Cualquier otro vehículo de categoría L1e que no pueda clasificarse con arreglo a los criterios de vehículos.

    Por tanto, a la vista de la regulación establecida en el Reglamento (UE) nº 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de enero de 2013, los vehículos L1e-A están incluidos en la categoría L1e de ciclomotores, y por tanto, para autorizar su circulación, deberán estar homologados y matriculados, así como cumplir con el resto de las obligaciones establecidas en el ordenamiento jurídico, relativas al seguro obligatorio,
    NAVARRO OLIVELLA PERE - 2019-05-28 12:25:58 CET La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código electrónico: EMMQ65Z4P81LD8PP en http://www.pap.minhap.gob.es

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    cumplimiento de la frecuencia de inspección técnica, utilización del casco, titularidad del permiso de conducción, etc. En el anexo I de la presente instrucción se adjunta ejemplo de la ficha técnica de los vehículos L1e-A, que en todo caso, acompañará la solicitud de matriculación.
    Lo que se hace público para general conocimiento.
    Madrid, a 24 de mayo de 2019
     
  2. ignacio-

    ignacio- Monja en RE-cesión

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    Lo cierro (si soy caapaz) que ya hay un artículo sobre ello. Disculpas.
     

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