Leyendo la nueva ley de tráfico he encontrado este punto que me parece interesante: Se reducirán las sanciones que comporten la retirada de puntos. Además, no se retirarán los puntos por infracciones en vehículos que no necesiten permiso (por ejemplo las bicicletas). Había oído de casos en que te quitaban puntos de carnet por infracciones cometidas con la bicicleta, ahora ese caso ya no se puede dar.
Es cierto que uno de los puntos obliga a usar el casco incluso por ciudad?? Creo que sería un punto interesante. Salu2
Si vas borracho la sanción puede ser la misma que si eres peatón y vas borracho, será la que tenga que ser, pero no comportará "en ningún caso" retirada de puntos del carnet de conducir. Algo lógico, por otra parte... de hecho tan lógico como que si a mí me paran en bicicleta todo lo más que me pueden pedir es el DNI, no el Permiso de Conducir... imagina que no lo tengo porque nunca me lo hice pero que tengo la licencia de piloto de helicópteros... ¿es que me vas a sancionar sin volar porque iba en bicicleta borracho? Si no vuelo borracho... no hay que mezclar las cosas!! ¿Compañero, puedes pasar el artículo, o párrafo donde lo hayas visto? ;-) Gracias! Yo lo del casco no lo he visto y si bien me parece recomendable no lo veo una obligación necesaria. Una vez más repito, no hay que mezclar las cosas... que hay gente que usa la bici a una velocidad de vértigo y otras personas que la usan a una velocidad de escándalo, que hasta los caracoles se escandalizan de poder adelantarles sin sudar baba de caracol... jejejeje lo que sí he visto es que son "hasta 100 euros por circular sin luces o elementos reflectantes/de iluminación por carreteras" entendiéndose como tales las vías interurbanas, travesías, etc. No las "calles" de dentro de poblado.
La nueva ley de tráfico, cómo nos afecta a los ciclistas martes 18 de mayo de 2010 Repasamos las novedades de la nueva ley de Trafico (Ley 18/2009) que entrará en vigor el 25 de mayo de 2010. Dicha ley hace referencia a los ciclistas y las bicicletas en tres ocasiones: A partir de ahora será infracción leve: No hacer uso por parte de los usuarios de bicicletas de los elementos y prendas reflectantes, de acuerdo con lo previsto en esta Ley hasta 100€ Y la ley establece que las bicicletas, para circular de noche deberán disponer de los siguientes dispositivos: Luz de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero, y podrán disponer de catadióptricos en los radios de las ruedas y en los pedales. Cuando sea obligatorio el uso de alumbrado, los conductores de bicicletas además llevarán colocada alguna prenda reflectante si circulan por vía interurbana. Dejará de ser infracción: Se permite el estacionamiento de bicicletas y ciclomotores en las aceras, siempre que no se perjudique ni se entorpezca el tránsito de los peatones por ella, atendiendo a las necesidades de aquéllos que puedan portar algún objeto voluminoso y, especialmente, las de aquellas personas que pudieran contar con alguna discapacidad. No obstante, los Municipios, a través de Ordenanza Municipal, podrán regular la parada y el estacionamiento de los vehículos de dos ruedas. Deberemos por tanto acudir a la normativa municipal de cada localidad para comprobar si existe o no una normativa propia que contravenga lo anterior. Además, la nueva ley de tráfico expone como motivo de inmovilización del vehículo que: - El conductor o el pasajero no hagan uso del casco de protección, en los casos en que fuera obligatorio. Y según la Guía codificada de infracciones que elabora la DGT (que es lo que usa la Guardia Civil y demás cuerpos competentes en tráfico), este hecho es causa de posible inmovilización y depósito del vehículo mencionando en el caso de bicicletas: - Asimismo estarán obligados a su uso los conductores y ocupantes de bicicletas cuando circulen en vía interurbanas salvo las excepciones determinadas reglamentariamente. yo soy un inepto leyendo leyes pero entiendo q todo sigue como yo pensaba q estaba, multa por ir sin luces por la noche o por ir sin casco en carretera, ahora quedará esperar la normativa de cada ciudad.
Ya verás que monas quedan las fixies que están circulando por ahí con reflectantes en las ruedas, jejeje.
Pues a mi esto me parece un gilipollez a la que no van a hacer caso ni los propias guardias, salvo casos flagrantes o una vez ocurrido el desastre. Quiero decir que seguirá imperando el sentido comun o la falta de él, en todos los bandos.
Si sabes la diferencia entre el catadrióptico y el vinilo reflectante la respuesta se contesta por sí sola. Si no lo sabes, no te preocupes, primero te lo explico con mis palabras y, luego, como refuerzo/aclaración buscaré enlaces a la Wikipedia... El catadrióptico contiene prismas de muchas caras con lo que prácticamente desde cuálquier ángulo que reciba una fuente de luz la reparte por toda su extensión y desprende un brillo uniforme en toda ella. Definición: (No la he encontrado :-S ) El reflectante en verdad contiene también microprismas, de un espesor caso nanométrico que funcionan a modo de espejo. De modo que sólo reflectan el haz de luz que reciben en ángulo perpendicular. Pudiendo reflectar en menor intensidad haces de luz provenientes de otros ángulos. Además su acción se limita al punto del material que recibe dicho haz de luz. Por ejemplo; un panel informativo de autopista con una grandísima superficie desprenderá el mismo reflejo que un cuadrado de 100 cm2 si el haz de luz tuviera un ancho de 5 cms de diámetro, sin dispersión (una linterna focal). Definición: http://es.wikipedia.org/wiki/Retrorreflector
jeje a eso llegaba. Lo que queria preguntar, es que si en la ley hay algún resquicio legal para poder poner los vinilos, que la verdad sea dicha, en mi modesta opinion, quedan mas guapos que los catadriopticos.
No, no hay "resquicio"... El catadrióptico ha de llevar "grabado" (normalmente en relieve) el símbolo de homologación correspondiente. Al menos en el resto de vehículos es así, no vale poner uno de la medida que te dé la gana, de la forma o color que te parezca, etc. El trasero ha de ser rojo, un tono de rojo concreto que, en los vehículos a motor, si el paso del tiempo desgasta ha de sustituirse. Y su forma puede ser rectangular o circular, pero no triangular (existe un coche, creo que el Megane, que los llevaba, pero al año una directiva obligó a Renault a modificarlo. Aún así los Megane vendidos en ese año lo siguen llevando). El delantero ha de ser también rectangular o circular de diámetro no inferior a XXmms (no recuerdo la cifra exacta) hay muchos pequeños que no sirven... En el lateral deben montarse de color "amarillo auto" (o blanco en el tercio anterior del vehículo) ... Vamos, que si miras bien está todo bien detallado en las normativas y directivas europeas de homologación de vehículos. Y los fabricantes lo saben. Pero siempre hay una industria paralela o auxiliar que hace accesorios más "chic" que la gente usa para saltarse las normas. En mi otra bici llevo 4 catadriópticos en cada rueda!! Y alguna pegatina reflectante también...
Tranqui, que mi pregunta era en plan "sarcástico". De todas formas, tu defensa tampoco se sostiene del todo, pq. a diferencia del helicóptero, la bicicleta comparte calzada con los automóviles. No me extrañaría nada que, tarde o temprano, se inventaran algo. Saludos.
Me parece que voy a tener que equipar mis bicis con catadiópticos, ya que suelo andar de noche durante algún rato casi todo el año, las luces ya las llevaba. ¿Alguien sabe algo sobre la obligatoriedad o no de llevar timbre? Me parece haber oído que sí que era obligatorio a partir de ahora.
No he tenido acceso al texto íntegro de esta ley pero aunque no lo mencione no sería necesario ya que no invalida leyes previas al respecto y sí, existe la obligación de tener timbre en la bici. El tipo, tamaño, estética y ubicación... no está regulado. Yo llevo 2, uno a cada lado de las palanquitas de los selectores de marcha en la Giant y 2 en la Derbi Rabasa, de las más discretas que encontré. Pero eso sí... no cuenten conmigo para que los use... jajajaja En fin, no me molestan lo más mínimo!! Todas las Ordenanzas municipales consultadas por mí incluyen el párrafo que dice lo del timbre. Coruña, Vigo, Lugo, Barcelona, Logroño, Oviedo, Valencia, Madrid, León, Bilbao, Sevilla... En Sevilla no pero en el resto de ciudades he vivido, por eso las he ido consultando.
Me parece interesante seguir este tema, puesto que la nueva normativa de la DGT a los ciclistas urbanos nos incumbe bastante y no creo que se le haya dado la suficiente importancia y habrá gente que ni se haya enterado... Se ha abierto un post sobre lo mismo pero se ha desarrrolado más en la parte de montaña; http://www.foromtb.com/showthread.php?t=611384&p=9857222#post9857222