Otra de G.Civil

Tema en 'General' iniciado por jmsusvi, 9 Nov 2008.

  1. jmsusvi

    jmsusvi Miembro

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    Pues aqui va otra de la Guardia Civil
    Esta mañana saliendo con el grupo hoy unos 35 de Gijon a Piedras.
    Nos para una pareja de la GCivil en la zona de Salinas donde hay un carril bici de unos 800metros y nos dice que tenemos la obligacion de ir por el carril bici que para eso esta hay???
    Es obligatorio ir por el carril bici si esta paralelo a la carretera?
    Que yo sepa solo hay una reglamentacion de prohibicion de bici por la autovia si esta esta señalizada. Es mas por hay vamos a unos 35km hora por el carril bici no se puede ir a esa velocidad y menos meter a un peloton con el peligro que lleva.
    Pero sobre to queria saber si hay alguna norma que indice la obligatoridad de ir por el carril bici si le hay.
    Un saludo
     
  2. fermsx

    fermsx afinando...

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    me parece que solo podemos utilizar el arcén cuando no haya una via especificamente habilitada para nosotros, y en este caso la hay. repito, me parece.
    un saludo
     
  3. JaviAtletiko

    JaviAtletiko Zampabollos

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    En cualquier caso... si es cierto que solo son 800m de carril... ganas de tocar los huevos!!
    Que te vean a ti solo y te lo digan... me parece normal e incluso bien porque para eso está ahí, pero rodando 35 personas.... en fin... que cuando les interesa bien que miran para otro lado.
     
  4. PANCHURRO

    PANCHURRO Miembro activo

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    Si por la carretera que circulabais tenia mas de 1,5 de arcen y este es transitable podeis ir perfectamente.La proxima vex le dices al guardia que sea mas profesional y se lea la legislacion y si no la sabe que tenga la boca cerrada.
     
  5. pitero

    pitero Miembro

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    pues no hay obligacion de ir por el carril bici,los locales de cordoba me dijeron mas o menos lo mismo y les dije que :flipa
     


  6. ramis

    ramis Sramizado

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    En algún lugar de VLC
    estarían aburridos....
     
  7. angeliyo42

    angeliyo42 UN AMIGO PARA TODOS

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    Hola compañeru, ¿era en direccion a Salinas o a Gijon?, de todas formas cuando vayas por el carril a 35 por hora y pilles a un paisanu que va caminando por el carril para bicicletas, que lo paguen ellos. Yo tambien soy de Gijon, ¿que erais los de ABZ o los de La Calzada? , da igual nos vamos a tener que quedar en las Mestas cuando nos dejen
     
  8. VIC20

    VIC20 Miembro activo

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    Esto de los carriles bici me huele a fondos europeos, es curioso el carril bici que va de sanlucar la mayor hacia espartinas en sevilla por la carretera antigua, serán un par de kilometros levantados unos treinta centimetros de la calzada, y lo atravesarán unos veinti mil caminos de salida de carriles y entradas de urbanizaciones, estando por tanto llenos de gravilla en esas partes, a medio terminar, etc.....finalmente de todas las veces que he pasado jamas he visto una bicicleta por ese carril bici, que ademas es impracticable.....vamos dinero tirado. Otra cosa es el carril bici de sevilla y las sevi-bici, que son la leche, claro que para eso hace falta una ciudad como sevilla, que la unica cuesta es la del puente de los bomberos.
     
  9. Dnl.Feito

    Dnl.Feito Miembro Reconocido

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    Aquí en Asturias la Guardia Civil no pasa una. A mí me multaron hace unos meses en Noreña, donde por cierto suelen ir con coches camuflados a la caza. Lo mismo pasa para andar de noche, ahora por el invierno cuando anochece voy a las Mestas y con la luz del alumbrado te ven de sobra pero también obligan a ir con la luz para que te vean y depende con quien se de también te paran.

    Si es el carril bici que hay en Salinas casi vale mas ir por la carretera que después incorporarse otra vez.
     
  10. Granjefetala

    Granjefetala PEDRO_TALA

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    otra mas:
    no hace ni 3 semanas que pararon al forero lionelpotro por no ir por el arcen bajando de oviedo a soto de ribera,"que a su parecer estaba practicable" y le metieron 90euros "de recetita para que lo recuerdes"
     
  11. jmsusvi

    jmsusvi Miembro

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    Gijon Salinas, pero hay en las dos partes


     
  12. jmsusvi

    jmsusvi Miembro

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    Pues esta si no recuerdo mal si que se pude recurrir ya que bajando si que te puedes salir del arcen y "culebrear por la calzada"
     
  13. Bonfante

    Bonfante Miembro activo

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    El Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, establece lo siguiente:

    SECCIÓN 3
    ARCENES
    Artículo 36 Conductores obligados a su utilización.
    1. Los conductores de vehículos de tracción animal, vehículos especiales con masa máxima autorizada no superior a 3.500 kilogramos, ciclos, ciclomotores, vehículos para personas de movilidad reducida o vehículos en seguimiento de ciclistas, en el caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada, circularán por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente para cada uno de éstos, y, si no lo fuera, utilizarán la parte imprescindible de la calzada. Deberán también circular por el arcén de su derecha, o, en las circunstancias a que se refiere este apartado, por la parte imprescindible de la calzada, los conductores de aquellos vehículos cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kilogramos que, por razones de emergencia, lo hagan a velocidad anormalmente reducida, perturbando con ello gravemente la circulación.
    En los descensos prolongados con curvas, cuando razones de seguridad lo permitan, los conductores de bicicletas podrán abandonar el arcén y circular por la parte derecha de la calzada que necesiten.
    2. Se prohíbe que los vehículos enumerados en el apartado anterior circulen en posición paralela, salvo las bicicletas, que podrán hacerlo en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico. En las autovías sólo podrán circular por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso.
    Excepcionalmente, cuando el arcén sea transitable y suficiente, los ciclomotores podrán circular en columna de a dos por éste, sin invadir la calzada en ningún caso.
    3. El conductor de cualquiera de los vehículos enumerados en el apartado 1, excepto las bicicletas, no podrá adelantar a otro si la duración de la marcha de los vehículos colocados paralelamente excede los 15 segundos o el recorrido efectuado en dicha forma supera los 200 metros.
    4. Por lo que respecta a los vehículos históricos se estará a lo dispuesto en su reglamento específico.
    5. Las infracciones a lo dispuesto en el apartado 3 tendrán la consideración de graves, conforme lo dispuesto en el artículo 65.4.c) del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

    Por consiguiente yo entiendo que si hay carril bici tienes que circular por él:lool. Sólo en caso de su inexistencia puedes utilizar el arcén.
     
  14. GloberoEliteUCI

    GloberoEliteUCI Globero Elite-UCI

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  15. Calabacino sin Pipa

    Calabacino sin Pipa Invitado

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    Muy buen dato!!. Por mi parte me voy ajenciar justamente éste párrafo, sobre todo pa "jincárselo" al listillo de turno que no para de tocarte la pita mientras uno está jugándose el cuello bajando a toa castaña por una carretera sin arcén y el tocapelotas detrás con la mano pegá a la bocina.

    :laserkill si es que es pa matarlo!!!:laserkill
     
  16. culiebra1970

    culiebra1970 Novato

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    con la legislación actual y aunque nos duela , si existe un carril bici aunque sea de poca distancia, debemos utilizarlo, en cuanto al nº de usuarios no hay nada que que lo especifique, es decir que lo mismo es para uno , que para 35
     
  17. jmsusvi

    jmsusvi Miembro

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    Ok pues tenia razon. (ahora hay que evitar carreteras con carril bici)
    Lo que no le quita la es logica, pues puedo apostar que si no metemos por hay los que van por ese carril nos abroncan por ir por el aun llendo a 5km hora que la velocidad de un peaton y la maxima para bicis creo en un sitio donde se pude ir a unos 35km

     
  18. Bonfante

    Bonfante Miembro activo

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    Y otra "perla":mrgreen::
    Artículo 64. Normas generales y prioridad de paso de ciclistas.
    Como regla general, y siempre que sus trayectorias se corten, los conductores tienen prioridad de paso para sus vehículos en la calzada y en el arcén, respecto de los peatones y animales, salvo en los casos enumerados en los artículos 65 y 66, en que deberán dejarlos pasar, llegando a detenerse si fuera necesario.
    Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor:
    a)Cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados.
    b) Cuando para entrar en otra vía el vehículo de motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, y haya un ciclista en sus proximidades.
    c) Cuando circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta.
    En los demás casos serán aplicables las normas generales sobre prioridad de paso entre vehículos.

    Yo por más que leo y releo este artículo, no entiendo luego como los carriles bici que yo conozco estan plagados de Stop para nosotros cuando hay algún acceso a otra vía o cruce:comor:comor:comor:comor
     
  19. arrozduro

    arrozduro caballo de acero

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    ***** si tenéis esos problemas por hay, no se que va a ser de mi cuando circule con mi burra por Pinto.
     

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