Buenas, una preguntilla con el tema portabicis de porton y el de bola, siguiendo las normativas de carga, creeis que se lleva al 100% dentro de la normativa? teniendo en cuenta que el portabicis esta homologado como carga y no como conjunto de vehiculos como podria darse el caso del de bola.
al 100% dentro de la normativa no creo, porque cada uno los monta como cree que es mejor, a unos les sale mas la bici por los lados, a otros les tapa la matricula y las luces, otros no ponen la chapa esa a franjas rojas(que ahora no recuerdo el nombre).
En principio no puede sobresalir de los laterales (contando espejos retrovisores), ni tapar luces ni matrícula (o como casi todos los portabicis de bola, llevan el acople de portaluces - portamatrícula). Y en el momento que alargar la longitud del vehículo, sí que es necesaria la placa que decía sunn_neuro (la dichosa placa es la V20)
En esto esta el problema que aunque sea de bola, tambien esta contemplado como carga, osea aunque no se lleven las bicicletas ya se tiene que ir con panel, ya que te sale del vehiculo, eso de anchura si que estan los espejos dentro de las medidas pero como la bici te ocupa todo el ancho del vehiculo se tiene que llevar 2 paneles uno en cada lado en eso esta el problema que luego esos paneles te tapan la visibilidad de los retrovisores, el de bola es mas facil al tener la toma de luces pero por todo lo demas es igual que el de porton.
Creo que esta pagina puede ser muy ilustrativa para todos nosotros, el dia que se pongan a recaptar haran el record, con lo que recaptan con los radares sera de risa, FORO POLICIA • Ver Tema - Bici en porton trasero