A día de hoy no se ha aprobado nada todavía, están con alegaciones y demás. Lo que hace el borrador es incluir un Título VI (De la circulación de las bicicletas) en lo que se llamará Reglamento General de Circulación Urbana e Interurbana. Consta de siete artículos destinados únicamente a las bicicletas. Los pongo a continuación para refrescar la memoria
De nada, picatraz. Ayer se me olvidó poner que cuando se apruebe (con las posibles modificaciones, etc.) habrá que mirar luego los cambios que pueda producir en las correspondientes ordenanzas municipales.