Portabicicletas vs. Seguro coche

Tema en 'General' iniciado por Kike182, 7 Dic 2018.

  1. Kike182

    Kike182 Miembro

    Registrado:
    16 Jul 2015
    Mensajes:
    34
    Me Gusta recibidos:
    3
    Ubicación:
    Barberá del Vallés (Barcelona)
    Hola, tengo unas dudas que me gustaría que alguien que haya tenido alguna experiencia o conocimiento me pueda solventar.
    Recientemente he instalado en mi coche un enganche para remolque sobre el cual coloco un portabicis Thule para 2 bicicletas. No había pensado en las consecuencias hasta que me preguntó un amigo: ¿Y si te dan un golpe por detrás con las bicis colocadas?
    Me gustaría saber si, por desgracia ocurriera, que circulando con mi coche y las bicicletas cargadas, otro vehículo me da un golpe por detrás y destroza las bicis que lleve cargadas, ¿qué ocurriría? ¿se hace la compañía de seguros del vehículo culpable de la reparación/reposición de las bicicletas afectadas?
    He preguntado en mi compañía de seguros y me dicen que la responsabilidad es solo sobre el coche... si alguien entiende del tema y me lo puede aclarar. Principalmente, porque las bicicletas que pueda llevar cargadas tienen más valor que el propio coche :).
    Gracias de antemano!
     
  2. YAKASU

    YAKASU Miembro Reconocido

    Registrado:
    2 Mar 2011
    Mensajes:
    1.777
    Me Gusta recibidos:
    388
    Pero si es el otro el que te da el golpe, como si le da a un kiosko o al ayuntamiento o lo que sea tendrá su compañia que sufragar la indemnizacion correspondiente.

    Oootra cosa es que se lo hagas tú (o nosotros, yo también llevo bola). En ese caso creo que hay que diferenciar que se pone en la bola de remolque. Es decir si lo que acoplas está homologado, tiene una masa menor de 750 Kg no hace falta matrícula para remolque ni pasar ITV especifica ( por que cuando pasas la del coche miraran los papeles de la bola) será el seguro del coche PEEERO hay que hacérselo saber a la compañía de seguros por si ven más riesgos y subirte la prima ( pero viene con el seguro del coche). Otro asunto es si el remolque pesa MÁS de 750 Kg, es necesaria la matrícula de remolque, sus ITV, pago impuesto de circulacion, y seguro especifico de remolque.
    Así que, habla con tu compañía y hacerles saber que llevas una bola de remolque y que quieres cubrir los riesgos que pudieras ocasionar ( es solo una elevación de la prima de 10, 20 € +-).
    La verdad, si te ocurre te metes en un follon ya que imagino que la compañía contraria no querra pagarte las bicis nuevas sino su reparación y a la mínima se irán a la indemnizacion por el valor venal. En caso de que seas tu el culpable , tengas seguro a todo riesgo y cubiertos también el equipaje, pues tal vez pero lo mejor es que contrates un seguro de accidentes aparte para las bicicletas. especificando que tipos de accidentes estarán cubiertos por ese seguro y sus indemnizaciones. Habla con tu compañía
     
    Última edición: 7 Dic 2018
  3. pikolo

    pikolo Miembro Reconocido

    Registrado:
    17 Sep 2008
    Mensajes:
    11.690
    Me Gusta recibidos:
    3.402
    Ubicación:
    España
    Por supuesto que sí.
     
  4. Coleguita

    Coleguita Miembro Reconocido

    Registrado:
    13 Dic 2013
    Mensajes:
    2.004
    Me Gusta recibidos:
    634
    Hola compañero,
    Pues yo cuando la instalé, me surgió esa duda y mi compañía no me dio ni parecida la respuesta.
    Si tu vas circulando y llevas el portabicis legalmente (pasada la ITV de la bola, portabicis con su certificado, luces, señal...) el que te de el golpe, le tocará pagar todo, siempre que tengas facturas para declarar, otra cosa es lo que te paguen, porque por mucho que te costó la bici, es como los coches, tiene x años... baja el precio y si tienes x mejoras, con sus facturas también, porque sino, sólo valoran el precio inicial de la bici.

    Por otro lado, como te han dicho, tienes que comunicarle a tu seguro que has puesto la bola y para que tipo de remolque, en mi seguro al ser para portabicis (remolque ligero) ni me subió el precio, sólo incluyeron en la póliza, que tenía enganche.

    Un saludo
     
  5. Kike182

    Kike182 Miembro

    Registrado:
    16 Jul 2015
    Mensajes:
    34
    Me Gusta recibidos:
    3
    Ubicación:
    Barberá del Vallés (Barcelona)
    Ok, pues lo único que me quedará entonces será hacer constar a mi compañía de seguros que le he colocado la bola del remolque para que quede todo declarado.
    Muchas gracias a todos por vuestra ayuda!
     

  6. elpayense

    elpayense Miembro Reconocido

    Registrado:
    21 Dic 2013
    Mensajes:
    6.969
    Me Gusta recibidos:
    1.729
    A la compañía de seguros no hay que decirle nada cuando el remolque o semirremolque es menor de 750 kg. Muchas te ponen en la póliza que está incluido, eso no hace falta ponerlo, lo hacen para que creas que te ofrecen más ventajas. La cobertura de responsabilidad civil lo cubre.
     
  7. JUANMARTINEZ

    JUANMARTINEZ Miembro

    Registrado:
    13 Oct 2010
    Mensajes:
    170
    Me Gusta recibidos:
    0
    Ubicación:
    Four tits
    Voy a reflotar un poco este tema que me parece interesante. Hace poco me he comprado un coche con bola de remolque y de vez en cuando moveré las bicicletas de ese modo. Al dar de alta el seguro le comenté las dudas al respecto de llevar un portabicicletas en la bola de remolque, pues bien, para poder asegurar un remolque ligero necesitas que tenga número de chasis (realmente la única cobertura que tienes es que si el coche se queda tirado, además de remolcarte el coche también se llevarán el remolque, en caso contrario el remolque se quedará en la carretera, información literal).
    Por otro lado al no tener número de chasis el portabicicletas no se puede asegurar como tal y si alguna bici o el propio porta se cae (cosa complicada) nos tocará pagar de nuestro bolsillo los daños que origine, igual pasa con un cofre que lleves en el techo, por muy homologado que esté todo si se cae algo nos tocará pagar los daños ocasionados (más o menos esperaba algo así).

    Lo que si me ha llamado la atención es lo que me ha dicho con respecto a si un coche te da un golpe por detrás y se dañan las bicis o el portabicicletas, pues me comenta que la compañía contraria no cubre esos gastos y los tendría que pagar el conductor (dueño del vehículo que te da por detrás) porque eso no lo cubre ninguna póliza, la verdad que me ha extrañado mucho, yo pienso que el seguro se tiene que hacer responsable, igual que si conduciendo le das un golpe a lo que sea, incluso mobiliario urbano, te toca pagarlo.

    A ver si algún compi conoce algún caso y nos aclara algo más.
     
  8. pikolo

    pikolo Miembro Reconocido

    Registrado:
    17 Sep 2008
    Mensajes:
    11.690
    Me Gusta recibidos:
    3.402
    Ubicación:
    España
    Una cosa es que tu compañía no te cubra en caso de que una bicicleta se te caiga o dando marcha atras la golpees, y otra muy diferente es que un tercero te de por detras y cause daños en tu bicicleta. En el primer caso no te cubre el seguro.
    En el segundo si te cubre, y tu agente de seguros puede decir misa. EDITO: Evidentemente el que se hace cargo en este caso es el seguro del tercero que provoca daños en tu bici.
     
    • Útil Útil x 1
    Última edición: 30 Jun 2021
  9. AndoniOrbea

    AndoniOrbea Afilando los cuchillos

    Registrado:
    4 Oct 2006
    Mensajes:
    2.624
    Me Gusta recibidos:
    700
    Ubicación:
    Por el Mediterráneo
    Strava:
    Te cubre si te da un golpe otro, como es lógico, pero sólo el valor venal, que pasados unos años es ridículamente bajo, porque el coste de reparación (muy difícil si se han roto cuadro y/o ruedas suele superar el valor venal. Es una triste manera de cambiar por obligación de bici, cobrar la escasa indemnización y vender o aprovechar los componentes que se hayan salvado.
     
  10. nacho1

    nacho1 Miembro Reconocido

    Registrado:
    29 May 2007
    Mensajes:
    2.998
    Me Gusta recibidos:
    366
    Ubicación:
    Soy de donde pedaleo...
    Hay dos aspectos, si te golpean y la culpa es del Vh contrario o si causas tú los daños.
    Aparte los daños que puedan sufrir las bicis en caso de daño propio, como que se caigan y se dañen.

    Si te golpean y es responsabilidad del Vh contrario, los daños los asume el seguro del contrario, sería un hecho derivado de la circulación, por lo que se cubre todo. Podría ser objeto de discusión el valor de las bicis, si valor de mercado o valor venal.

    En el caso de los baños que causes tú por la bola, por el portabicis o por las propias bicis (mercancías transportadas [propias]) hay seguros que lo cubren directamente, sin sobre coste. Otras no y tienes ampliar y pagar. Tienes que consultar con tu oficina de seguros. Pero debe estar expresamente cubierto, bien en condiciones particulares o bien en condiciones generales.

    En cuando a los daños que puedan sufrir las bicis como daño propio, nada, ahí el seguro del coche no va a entrar y hay que ver seguros específicos de bicis.


    Enviado desde mi Sinclair ZX Spectrum usando Basic
     
  11. elvis64

    elvis64 Miembro

    Registrado:
    24 May 2021
    Mensajes:
    53
    Me Gusta recibidos:
    8
    Ubicación:
    madrid
    gracias por toda vuestra informacion
     

Compartir esta página