[KDD] Post oficial de las kdd's oficiales del Cuartel Foro MTB

Discussion in 'Zona Centro' started by Chema Globberman, Dec 30, 2013.

  1. sergomc

    sergomc ciclista loco

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    ole con dino! aunque la mascota oficial ya sabes que la lleva Marco en busca de su madre, a ver si la devuelve pronto :( buenas noches, ultimamente entro poco por la noche porque me pongo con alguna serie o peli y durante el dia no hay movimiento por aqui :(
     
  2. edu_prisma

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    Buenas noches a todos. Hasta mañana.
     
  3. Bocharán

    Bocharán Buscador de Leyendas...

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    Aqui!!! Pensando...
    Como se nota que has estado por La Mancha!!

    Pues si, el clima es muy radical, y se va de un extremo a otro en cuestión de días. Aquí a últimos de octubre-primeros de noviembre hace una temperatura muy buena aún, pero en cuestión de una semana, pasas de casi la manga corta al plumas. Lo mismo pasa al contrario cuando va a llegar el buen tiempo.....
     
  4. Bocharán

    Bocharán Buscador de Leyendas...

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    Aqui!!! Pensando...
    Hola Ivan.........de nada jajaja

    No, no es un cepo para ratas, se usan para ponerlos en el monte y pillar otro tipo de animales, a día de hoy están totalmente prohibidos y solo lo usan los furtivos. Se empezaron a prohibir cuando la gente empezó a salir al monte, mucha gente quedó atrapada (el pie) por un cepo de esos, y te puedo asegurar que la fuerza con la que salta ese artefacto no solo te da el susto y te hace un arañazo. Te parte el hueso sin piedad!!!!
     
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  5. Bocharán

    Bocharán Buscador de Leyendas...

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    Aqui!!! Pensando...
    Uno que se va a hacer unas cosas.

    Que tengan todos un buen día.

    Hasta luego.

    Por linea interna serán atendidos amablemente ;) (todos)
     
  6. sergomc

    sergomc ciclista loco

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    Un par de veces tampoco muchas :p yo esa semana no la he vivido nunca pero si he estado en navidades y en agosto y es un clima muy radical, mas aun donde voy yo que es pura sierra a 1200m de altitud...
     
  7. edu_prisma

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    Buenas tardes.

    Ya tengo en mi poder la rueda delantera. Han cambiado la llanta por una nueva y he mirado el centrado (usando el centrador que me ha hecho Bocha) y está perfecta.

    Ahora esperar a poder montarla en la bici, de la que no tengo noticias.
     
  8. sergomc

    sergomc ciclista loco

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    animo, las cosas de palacio van despacio, lo peor es que encima te la devolveran sin cadena y ya veremos como vuelve... suerte amigo, nos tienen en ascuas a todos...
     
  9. edu_prisma

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    A ver si me la devuelven con cadena porque la dejé en la tienda sin ella jaja. Sé perfectamente todas las cosas que tenía (portabidón de carbono Look, antisalida Rotor, tija de carbono, rueda trasera Campagnolo sin casete con cubierta Michelin Pro 4 Service course y soporte del ciclocomputador FSA), como falte algo la lío!

    De momento Campagnolo un 9 (le daría un 10 si no me hubiesen cobrado los gastos de envío, que realmente me los ha cobrado Kitres, aunque en las condiciones particulares de la garantía de Campy especifica que esos gastos corren por cuenta del cliente).
     
  10. edu_prisma

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    Jose, si estás por aquí echa un vistazo a este post y siguientes: http://www.foromtb.com/threads/zonda-contra-el-mundo.942476/page-79#post-20309955

    ¿Qué os parece lo que dice Pikolo? ¿Es de obligado cumplimiento el apartado 8 para todos los bienes? Si el fabricante especifica otras condiciones, más restrictivas que las del país donde se ha vendido el producto, ¿prevalecen estas sobre las propias de cada país?

    No es que tenga pensado reclamar, pero me parece algo interesante.
     
  11. uei065

    uei065 Jose(chu) Bttro Probadores

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    Pikolo tiene razón, cuando vendes en un país, tienes que cumplir la legislación del país en el que vendes. En España, una reparación en garantía es siempre sin coste alguno al cliente. A ti, el vendedor no puede cobrarte ni un céntimo de gastos de envío. Se tendrá que pelear él con el fabricante para que se lo abone en función de las condiciones que tengan en su contrato de distribución.

    Esto es siempre hablando de condiciones equivalentes, y me explico, si tu compras las ruedas en una tienda física en ponferrada y te las llevas a casa, tienes que llevar y recoger la rueda en la tienda para que atiendan la garantía, no puede decir que se la envías por correo y que te lo paguen.
    En cambio, si has comprado en por internet, por ejemplo en HR, tienen que pagarte los gasto de enviársela a ellos, o recoger ellos la rueda.
     
  12. edu_prisma

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    En mi caso las ruedas las he comprado en Kitres, tienda online. ¿Podría reclamar?
     
  13. uei065

    uei065 Jose(chu) Bttro Probadores

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    Si las ruedas estaban dentro del periodo de garantía legal, si, puedes reclamar. Tu has comprado en unas condiciones que es con las ruedas puestas en casa, y tienen que asumir ellos los gastos de envío.
    Si es alguna extensión de garantía voluntaria de la marca (como lo que te ha pasado con el cuadro), habría que ver las condiciones específicas de dicha extensión.
     
  14. edu_prisma

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    Las ruedas fueron compradas en octubre de 2012 y la garantía que da la marca es de 3 años. Entiendo que en España es obligatorio una garantía de dos años, por lo que aún estaba dentro del periodo obligatorio.

    Aunque no aparece como tal en las condiciones de la garantía, de tener más de dos años, aún estando dentro del periodo de 3 años que ofrece el fabricante, se podría entender como una ampliación de la misma y no estaría sujeta a las normas que rigen en España.

    Pero ya te digo, hasta octubre estarían dentro del periodo de dos años que yo entiendo que es el mínimo obligatorio.
     
  15. edu_prisma

    edu_prisma * * * Probadores

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    Jose, "el Bocha" me dice por línea interna que espera datos y que te envía saludos...
     
  16. uei065

    uei065 Jose(chu) Bttro Probadores

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    Yo lo entiendo igual que tu, está dentro del periodo legal de garantía, y por lo tanto no debería costarte nada.
    Podrías reclamar, y en caso de no obtener la devolución del dinero, poner una reclamación en la oficina de atención al consumidor. En vigo se puede hacer la reclamación por internet, pero no se si en orense se puede.
     
  17. edu_prisma

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    Entonces llamaré el lunes, ¿no? Si no consigo algo puedo poner una reclamación. Ahora mismo me vienen muy bien esos 20 euros, y si realmente me los han cobrado sin tener que hacerlo no tengo porque perderlos.

    Creo que en Ourense se puede hacer, me informaré.

    Muchas gracias, una vez más.
     
  18. uei065

    uei065 Jose(chu) Bttro Probadores

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    Yo no dudaría en llamar, que 20 euros es una pasta.
     
  19. edu_prisma

    edu_prisma * * * Probadores

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    *Texto extraído de BOE núm. 165, de 11 de julio de 2003. Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantía en la Venta de

    Bienes de Consumo. http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-13863



    Artículo 6. Reglas de la reparación o sustitución del bien.


    La reparación y la sustitución se ajustarán a las siguientes reglas:

    a) Serán gratuitas para el consumidor. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los bienes con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales.

    b) Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor, habida cuenta de la naturaleza de los bienes y de la finalidad que tuvieran para el consumidor.

    c) La reparación suspende el cómputo de los plazos a que se refiere el artículo 9 de esta ley. El período de suspensión comenzará desde que el consumidor ponga el bien a disposición del vendedor y concluirá con la entrega al consumidor del bien ya reparado. Durante los seis meses posteriores a la entrega del bien reparado, el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta de conformidad cuando se reproduzcan en el bien defectos del mismo origen que los inicialmente manifestados.

    d) La sustitución suspende los plazos a que se refiere el artículo 9 desde el ejercicio de la opción hasta la entrega del nuevo bien. Al bien sustituto le será de aplicación, en todo caso, el segundo párrafo del artículo 9.1.

    e) Si concluida la reparación y entregado el bien, éste sigue siendo no conforme con el contrato, el comprador podrá exigir la sustitución del bien, dentro de los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 5, o la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos de los artículos 7 y 8 de esta ley.

    f) Si la sustitución no lograra poner el bien en conformidad con el contrato, el comprador podrá exigir la reparación del bien, dentro de los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 5, o la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos de los artículos 7 y 8 de esta ley.

    g) El consumidor no podrá exigir la sustitución en el caso de bienes no fungibles, ni tampoco cuando se trate de bienes de segunda mano.
     
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  20. edu_prisma

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    El lunes llamadita a Kitres, con el PDF de la ley en la mano, y a ver que me comentan.

    Soy de esas personas (imagino que como todos) a las que no les gusta que le engañen. Nunca pido algo a lo que no tenga derecho, pero tampoco consiento que no me den lo que es mío, o que me hagan pagar algo que no tengo que pagar.
     
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