A los que tengais portabicis de bola de remolque.

Tema en 'Accesorios' iniciado por xendurero, 14 Oct 2006.

  1. davis

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    A vosotros no os sobresale el portabici (con la bici encima) lateralmente?
     
  2. wingman

    wingman Miembro activo

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    Hola a todos,

    Los que lleveis el soporte trasero tipo Thule 9106, cualquier otro que no lleve iluminación y señalización propia, debéis de montar la placa V-20.

    El domingo me paró y me sancionó la GC por no llevarlo, no quita puntos pero son 150€ del ala, menudo estreno, ya que lo monté el viernes.

    Saludos cordiales
     
  3. STS

    STS Re-enganchado

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    eso es que diste con un "malaje"
    normalmente avisan de que tienes que ponerlo pero sin multar

    mala suerte
     
  4. Bpl

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    De esto ya se ha hablado mucho aquí, la V 20 tienes que llevarla siempre, aunque el portabicicletas lleve matrícula y luces o no lleves la bici
     
  5. davis

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    Yo pregunté a un poli local si tenía que llevar placas V20 juntas con mi portabici que lleva matricula y luces y dijo que en mi caso no hace falta. Las luces del portamatricula marcan ya la carga que sobresale del vehículo.
    Seguro que si pregunto a otro poli me dice otra cosa...

    La cuestión es que los portabicis con luces se han admitido por intervención de la UE pero aún no se ha aclarado el asunto de las placas V20. En media europa las luces adicionales sustituyen las placas, o sea que vale el mismo principio del portabici....si un policía que no lo lleva claro te multa se puede recurrir en la UE por limitación a la libre circulación de vehículos.
     
  6. oskarraju

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    Como se puede recurrir esto.
    Hoy me han metido una por la placa V 20.
     
  7. davis

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    Los recursos normalmente los hacen las asociaciones de ciclistas, busca alguna por tu ciudad o en general en españa y comentale el caso.
    Creo que el recurso de los portabicis de bola lo hizo una asociación de Barcelona.
     
  8. oskarraju

    oskarraju Invitado

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    Gracias davis.
    Pues buscando un poquito he encontrado lo de ls recursos en esta pagina
    http://www.conbici.org/joomla/content/view/44/52/#carta_5

    Me parece que lo voy a intentar lo de recurrir la multa,
    aunque me juego 45 € por la rebaja si pagas rapido.

    Me parece super injusta la multa llevando un thule de bola con luces y matricula y sobre todo parandome en medio de la autopista a 125 km/h
    toda una imprudencia por parte de los hombrecitos verdes ya que la frgo no entraba dentro del arcen.
     
  9. STS

    STS Re-enganchado

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    no se como te extraña...la GC ya solo va a por la pasta...

    o acaso has visto a algún radar bajarse a ayudar en caso de accidente?
     
  10. davis

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    Yo en ti me pondría en contacto con la misma asociación CONBICI para que te informen sobre el asunto. Le comunicas el tipo de portabici que llevas y las circumstancias en las que te pusieron la multa, luego supongo que te aconsejarán sobre como proceder o a lo mejor intervendrán directamente en la cuestión.
    De todas formas sería interesante para todos los foreros que nos mantengas informados sobre tu "aventura".

    ¡Suerte!
     
  11. Bpl

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    Ya hablamos de esto una vez. Las luces y elportamatriculas lo tienes que llevar pues tapas las del coche y la placa V20 es OBLIGATORIA porque llevas una carga que sobresale.
    Si no llevas la V20 aunque lleves luces, te multan, si llevas el portabicis vacio (sin Bici) o otro tipo de carga sin la V 20 te multan, si tu portabicis, o carga, no te tapa las luces ni la matricula de tu coche no tienes que ponerle la matricula ni luces pero es oblibatorio la placa V20. Las luces y matricula no tienen nada que ver con la reglamentacion del transporte de cargas.
    Es mas si te lo compras en norauto, en la estanteria de los portabicis tienes pegada un extracto de la normativa de trafico sobre el asunto.
    Consultar especialmente ART 15

    ART.49:

    1. Las placas de matrícula deben corresponder a tipos homologados, conservar su poder retrorreflectante y ser visibles y legibles, de acuerdo con la reglamentación que se recoge en el anexo I.

    También es obligatoria la luz de posición trasera, al igual que la delantera, pero es la trasera la que en este caso nos atañe, la luz de frenado, así como la luz de la placa posterior de matrícula. Así que si todo esto es obligatorio y tú con la bicicleta lo estás inutilizando, a mi entender, debes colocar las luces de modo que cumplan su función ya sea montándolas por detrás de las bicicletas...o como sea, al fin y al cabo son obligatorias.

    Sin embargo los indicadores luminosos se los puede ahorrar ateniéndose al art. 108 del Reglamento General de Circulación:

    ART. 108:

    1. Los conductores están obligados a advertir al resto de los usuarios de la vía acerca de las maniobras que vayan a efectuar con sus vehículos.

    2. Como norma general, dichas advertencias se harán utilizando la señalización luminosa del vehículo o, en su defecto, con el brazo.

    ¿Te das cuenta?, ¡o, en su defecto con el brazo!, nunca te podría multar por no verse los intermitentes, solo habría que contestarle al Guardia que cuando llevamos las bicis señalizamos las maniobras con el brazo. Si bien esto puede ser una triquiñuela legal, lo suyo es realizarlas con el brazo si no se ven realmente para no sorprender a los demás y por seguridad propia. Mira también el art. 14 del Reglamento General de Circulación:

    ART 14:

    1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan:

    a. Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa.

    b. Comprometer la estabilidad del vehículo.

    c. Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.

    d. Ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.

    ¿Ves como dice las advertencias manuales?, si oculta las advertencias luminosas no pasa nada, pues las manuales o hechas con el brazo prevalecen incluso en caso de contradicción siempre que las manuales sean perceptibles por los demás.

    Con respecto a lo de la placa cuadrada con líneas rojas (V-20), sí la tiene que llevar, y si por la gran casualidad circulase de noche, debe señalizar las bicis que sobresalen por la parte trasera con una luz roja. Si por ejemplo llevase un tandem que sobresaliese de la anchura del vehículo, entonces tendría que llevar dos placas V-20 una en cada esquina. Te resumo lo que recoge el art. 15 del Reglamento General de Circulación:

    ART 15:

    1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes.

    2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:

    a. En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:

    I. En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.

    II. En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.

    b. En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.

    3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 % de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 %.

    Creo que en ese tanto por ciento caben de sobra una ó dos bicis.

    5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.

    6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 (la cuadrada con rayas diagonales). Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de V invertida.

    Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.

    Soltado todo este rollo, yo no creo que un Guardia Civil, te pare si llevas tu matrícula bien visible y si a eso evitas circular por la noche... pues mejor que mejor. Date cuenta que el tema de tapar la matrícula es muy delicado, pues evita sanciones por rádar e incluso ser identificado si te saltas un control de alcoholemia... con lo cual si no se sanciona... la picaresca haría estragos.
     
  12. oskarraju

    oskarraju Invitado

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    **** BPL por lo que dices tu, toca pagar


    [​IMG]

    Mi porta bicis es este y esta todo en orden, menos lo de la placa V-20.
    lo que no entiendo es que si es obligatoria porque thule
    y los demas frabicantes no la colocan de serie o la incluyan para ponerlas nosotros. O venga en el manual del portabicis.
     
  13. davis

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    LA cuestión de la matricula está clara, tiene que ser bien visible para identificar el vehículo.
    Con la misma normativa que tu bien detallas hace un par de años te multaban con CUALQUIER portabici trasero y tuvieron que ganar un recurso a la UE las asociaciones ciclistas y emitir una circular la DGT para que se dejara de multar. La motivación del recurso NO fue una contestación de las normas de tráfico españolas (son competencia nacional) sino la libre circulación de mercancía y personas en la UE por no aceptar un producto homologado en el resto de europa.

    Ahora la misma normativa no considera las luces adicionales como un elemento de seguridad que sí lo es el otros paises de la UE e impone el uso de las placas V20 como si la carga no fuera suficientemente signalizada por las luces. De aqui la posibilidad de formalizar otro recurso. El caso sería el de un alemán que viene aqui con su coche y portabici Thule perfectamente homologado y legal en su país y le multan por no llevar placas ...eso después de haber visto en la AP-7 el desfile de coches marroquís en la operación estrecho...

    Hablando de placas me parece que aqui sólo están homologadas las de metal de 30€, mientras las correspondientes en plástico de 6€ (que se venden en algunas tiendas) tienen solo homologación europea...otra razón para que un poli se ponga tonto y para recurrir.

    Total que hablamos de legislación inadecuada y de ciudadanos que intentan que progrese a golpes de UE y de recursos.
     
  14. Bpl

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    Estoy de acuerdo contigo que la legislacion puede estar equivocada pero es la que tenemos, por lo tanto si en un post alguien pregunta sobre la V20 la respuesta correcta es que es obligatoria y su no utilizacion es sancionable. Ojo que si viene un aleman con su thule y no pone la placa, pueden y deben sancionarlo.
     
  15. davis

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    No discuto que sea obligatoria, digo que un desafortunado que se haya llevado una multa tiene la opción de recurrir y que se han dado casos de recursos ganados. Adjunto que en mi experiencia tampoco los agentes lo tienen superclaro y que depende mucho de quien te toque.

    Claro que si no queremos problemas se monta la dichosa placa y nos olvidamos del tema....aunque si quieren recaudar algo nos van a encontrar seguro...

    Saludos y montad la placa...y poneros el cinturón :drive
     
  16. juanmapro

    juanmapro countryfighter

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    Hola. Yo tengo el thule, y este verano iba a caños de meca con las dos bicis puestas sin señalización y me multaron con 150 € (y da gracias, porque son 150 € por no llevar señalizada la carga con la placa, otros 150 por tapar las luces y otros 150 por tapar la placa) Asi que cuando llegué a cadiz lo primero que hice fue comprar el portaplacas con luces y la placa, y siempre se lo pongo (por si acaso).
     
  17. Ender

    Ender ¿Tiene gambas?

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    Rescato el post.

    Ayer me pusieron una multa por no llevar la v20, por lo que leo en este post, poco se puede hacer ademas de pagar y compra la señal.
    Sabeis si el recurso basado en la legistacion europea sirve de algo? Entiendo que en Europa no es obligatoria esa placa
     
    Última edición: 23 Mar 2009
  18. STS

    STS Re-enganchado

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    donde te multaron? que cab...
    sobre el reurso, ni idea....
     
  19. Bpl

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    Me parece que si haces recurso hazlo contra normativas españolas, ¿Si te multan por ir a130 en una autopista, vas a alegar que en alemania se puede ir a 140?
     
  20. Ender

    Ender ¿Tiene gambas?

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    Pues viniendo de Malaga, por lo que se la crisis llega ala GC tambien y claro hay que multar hasta cuando tienen comunicado interno de solo dar aviso por lo de la v20.
    En fin, cada vez tengo menos confianza y respeto por las fuerzas de seguridad y en general por esta ****** de pais.



    No hago recurso con la normativa de otro pais si no con la Europea y España pertenece a esa normativa. La cuestion es que estando en contradiccion ambas normativas cual prevalece?
     

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