No.... para todos. Si yo hago lo incorrecto y la cago, la pago. Si otro hace lo incorrecto y la caga, que la pague. Eso es responsabilidad. Lo que tu haces es criminalizar una actividad IMPRESCINDIBLE como es la circulacion en vehiculos de motor y la conviertes en culpable por definicion. No te gustan los "Y si...", pues aqui tienes otro; vas en autobus para no tener que manejar una maquina asesina (que lo haga otro... que actitud mas responsable... ) y delante del autobus se cruza el borracho de marras. El conductor mete el pie al freno hasta el fondo para no "asesinar" a tan inocente peaton y tu sales volando por el pasillo con imprevisibles consecuencias. Conclusion. No haber montado en una maquina movil capaz de matarte... se responsable de lo que hizo el conductor por lo que hizo el borracho... La vida da muchiiiiiiiisimas vueltas. En fin... Hasta luego.
**** macho, ahí le has dado otro "y si" que espero le haga pensar un poco más al forero "hater" de los coches.
Venga, voy a poner otro "y si" Y si cuando voy a coger mi coche me encuentro a un flipao dando saltos encima del techo y le parto la boca ¿me hará el juez pagarle la ortodoncia o tendré un eximente por enajenación transitoria?
Le pagas la ortodoncia y algo más. Y lo de los coches es así, contra un peatón, siempre tiene la razón el peatón. Me queda la duda por ejemplo en autopista, pero en ciudad, paga el coche si o si. La duda es que la bici en el paso de cebra es como el peatón en la autopista, no puede circular por ahí.
Yo no tengo que pensar nada, os doy mil vueltas en civismo, solo espero no cruzarme nunca en carretera con vosotros. De hecho por gente como vosotros es que no hago bici de carretera. A ver si eso te hace pensar un poquito y dejas de justificar atropellos. Saludos!
No siempre es así, a mi suegro hace ya bastantes años, dos peatones que cruzaron indebidamente le tuvieron que pagar los daños del coche y el seguro le decía que si quería continuar con la denuncia tenian hasta que indemnizarle. Si hay testigos, eso no está tan claro.
Yo lo que no voy a hacer nunca es justificar un atropello. Ni yo, ni la legislación española a día de hoy, ni los jueces españoles piensan como vosotros. El ojo por ojo se superó (por algunos) hará 2.000 años. Sin embargo me consta que en este país de gente sin civilizar hay muchos que siguen con la ley de la reciprocidad, la ley de los canis, la ley de la jungla al fin y al cabo. Valdeón sabes que yo no hablo en balde, tengo el enlace preparado para demostrar mis palabras y luego me dirás que pq no lo puse antes etc etc no sería la primera vez. Saludos!
Si si... serás un campeón del civismo pero en comprensión lectora eres muy malo. Yo no he justificado ningún atropello, sólo he opinado sobre quien tiene la responsabilidad y por tanto ha de cargar con los costes de los daños. Tú debes de ser de esos que cuando no consigue que les den la razón empiezan a tergiversar las palabras de los demás porque se quedan sin argumentos.
LAs aseguradoras le han debido colar o intentar colar unas cuantas, porque tanto énfasis en una cosa como esta no resulta muy comprensible.
No, no le pagaría una ******. Quedaría eximido por enajenación transitoria. Este ejemplo extremo no tiene que ver con ningún código de circulación sino con una pelea. Te cambio el ejemplo para que lo entiendas... imagina que un hombre intenta secuestrar a tu hijo y tú te das cuenta, lo agarras y le haces una cara nueva delante de testigos que dan fé del intento de secuestro... ni de coña un juez te obligaría a cargar con daños y perjuicios al secuestrador.
Siempre se presupone al conductor como culpable de un atropello. A no ser que pueda demostrarse lo contrario. Logicamente si tu vas circulando correctamente a 50 km/h y de repente sale un peatón kamikace de la acera y se te tira delante es imposible que puedas evitar el atropello salvo que tengas muchos reflejos y suerte, en ese caso no serias el culpable, pero el problema sería demostrar los hechos. Un conocido, un dia de noche en un cambio de rasante muy pronunciado en ciudad se encontró un borracho tumbado en medio de la carretera y no lo vio hasta que le pasó por encima... resultó fallecido, pero al poderse demostrar los hechos quedó fuera de culpa. Yo entiendo que el caso del compañero, va en un vehiculo y es algo parecido a si sale un coche de un aparcamiento haciendo un cambio de sentido por encima de un paso de peatones y tu le das un golpe, pues la culpa no es tuya sino del vehículo que hace la pirula, en este caso el ciclista. Ahora lo mejor que puedes hacer es consultar un experto de confianza, aqui solo vas encontrar opiniones variadas.
Suscribo tus palabras, siempre a un abogado. En el seguro del hogar normalmente hay asistencia jurídica incluída, con lo que no tienes que pagar ni un duro por esto. A mi me atropellaron hace cosa de año y medio, un coche se saltó el ceda en la glorieta y me llevó por delante. Atestado, denuncia, ir a juicio, médico forense... un año... y dos días antes del juicio mágicamente todo resuelto. Siempre siempre consultad con un abogado. Ah, y el seguro de hogar a veces también tiene seguro de responsabilidad civil. Si estás federado, lo mismo, se suele incluír un seguro de responsabilidad civil. De todas formas, por lo que estoy leyendo, me parece claro que la culpa es del ciclista ahí.
a ver si se leen esto algunos camicazes que se tiran a los pasos de cebra como si los coches tuvieran obligacion de parar, se evitarian muchos accidentes. yo siempre paro porque vale mas mi pellejo que entrar en quien tiene preferencia y acabar a hos........ , siento lo que te ha pasado, pero creo que te va a tocar apechugar compañero.
Te equivocas y te lo digo por experiencia. Ese "siempre tiene razon el peaton" ha llevado a muchos a embarcarse en pleitos que les han llevado a frustrantes conclusiones. Por experiencia te lo digo, insisto. Que los jueces no son gi**po**as... Hasta luego.
Pero que ojo por ojo ni que ocho cuartos... hablamos de accidentes... no de actos premeditados. De verdad que alucino con tu perspectiva de este asunto... debes pensar que todo atropello deriva de una actitud temeraria, negligente, irresponsable o directamente criminal de un conductor. Pues si piensas eso es que has conducido entre poco y nada y eso explicaria muchas cosas. Acerca de lo del enlace... pon lo que quieras... siempre habra excepciones en uno y otro sentido y yo no necesito enlaces para saber lo que he vivido y experimentado, que es que la mayoria de veces si el conductor puede demostrar que la otra parte (incluso peaton) ha provocado inevitablemente (importante ese detalle) el accidente, el peaton o parte debil se come el marron. Venga ese enlace... ya te pongo yo uno. http://abogadosportuindemnizacion.com/atropellos/ Hasta luego.
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación: Artículo 64. Normas generales y prioridad de paso de ciclistas. Como regla general, y siempre que sus trayectorias se corten, los conductores tienen prioridad de paso para sus vehículos en la calzada y en el arcén, respecto de los peatones y animales, salvo en los casos enumerados en los artículos 65 y 66, en que deberán dejarlos pasar, llegando a detenerse si fuera necesario. Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor: a) Cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados. b) Cuando para entrar en otra vía el vehículo de motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, y haya un ciclista en sus proximidades. c) Cuando circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta. En los demás casos serán aplicables las normas generales sobre prioridad de paso entre vehículos. Artículo 65 Prioridad de paso de los conductores sobre los peatones. 1. Los conductores tienen prioridad de paso para sus vehículos, respecto de los peatones, salvo en los casos siguientes: a) En los pasos para peatones debidamente señalizados. b) Cuando vayan a girar con su vehículo para entrar en otra vía y haya peatones cruzándola, aunque no exista paso para éstos. c) Cuando el vehículo cruce un arcén por el que estén circulando peatones que no dispongan de zona peatonal (artículo 23.1 del texto articulado). 2. En las zonas peatonales, cuando los vehículos las crucen por los pasos habilitados al efecto, los conductores tienen la obligación de dejar pasar a los peatones que circulen por ellas (artículo 23.2 del texto articulado). 3. También deberán ceder el paso: a) A los peatones que vayan a subir o hayan bajado de un vehículo de transporte colectivo de viajeros, en una parada señalizada como tal, cuando se encuentren entre dicho vehículo y la zona peatonal o refugio más próximo. b) A las tropas en formación, filas escolares o comitivas organizadas (artículo 23.3 del texto articulado).
Veras como no... veras como hay quien lee eso en el sentido de; "pero el ciclista siempre tiene razon porque es el elejido". Por suerte o por desgracia, como dije, la vida da muchas vueltas y las opiniones pueden cambiar y de hecho cambian segun las experiencias y las circunstancias. Hasta luego.
Mira ahí estamos de acuerdo. Yo antes opinaba como vosotros (era un cafre) hoy he evolucionado y tengo una opinión más humana, más civilizada, y curiosamente, que coincide con la de la legislación y con la de los jueces. No como vosotros. PD: tener la prioridad no implica tener derecho a atropellar. Yo creo que no es tan difícil entender la diferencia...
Haber llamado a la policia y dicho que ibas andando con la bici y te ha pillado.. Me da igual este prohibido ir por el paso peatones o acera. Si no hay carril bici voy por donde mas seguro pueda y si paso bien por el paso peatones montado y me empotran me pagan la bici si o si. No ir a cruzarlo a 50kmh que no te ven llegar. Sino pararte antes de cruzar e ir a velocidad de peaton. Que si te ha visto y parado el 1, el 2 es el tipico despistado.