Hola: Abro este hilo porque no he visto ninguno abierto anteriormente similar excepto uno en el subforo MTB muy antiugo y para no ensuciar el de Aliexpress con este offtopic. Nombro a @alfanut @38super @AlSochi @tejares @Alvarito T4 @acerma1 @Adri96 @wind_dre que intervinieron en post. Lo abro en el subforo de carretera por ser mas restrictivo a la hora de cumplir con el codigo de circulacion por razones obvias. Revisando codigo de circulación dice esto: LA PROHIBICIÓN DEL CÓDIGO DE CIRCULACIÓN En su artículo 18 (Otras obligaciones del conductor), el Reglamento General de Circulación establece lo siguiente respecto al uso de cascos o auriculares: 1. El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción […]. 2. Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas […]. Sin embargo algunos foreros piensan que no son auriculares y al no estar sobre las orejas se pueden usar normalmente. Personalmente veo poca disposicíon a "dialogar" de los agentes y lo más probable es que ante la duda razonable sobre estos dispositivos te extiendan la correspondiente receta de 200€ (¿y 3 puntos de retirada?) "ya si eso usted puede recurrir y tal". Las preguntas son: ¿Son legales estos dispositivos?¿Alguno habeis tenido alguna experiencia con ellos con agentes de circulación? Salud y pedales.
Buenas! Me parece buena idea abrir un hilo a parte para el tema. Yo sinceramente no los conocía hasta que los vi en el video de Daniel Race que colgué. Él comentaba que antes de usarlos había preguntado a un guardia civil y que le había dicho que no había problema. Un amigo mío se los ha comprado pero solo los usa para correr, si que me ha comentado que al transmitirse por vibración alguien que esté al lado no escucha absolutamente nada y el conducto auditivo te queda liberado para cualquier ruido externo. Sinceramente viendo la normativa que copias sí que parece que sea ilegal ya que en ningún momento comenta nada de taponar o no el conducto auditivo, así que imagino que a la hora de la verdad debe depender más del criterio del guardia que te pare que otra cosa. Y como ya se comentó en el otro hilo una vez te han metido la multa la mayoría de gente prefiere pagar con la reducción del 50% que jugársela a recurrir y que luego te toque pagar el 100%
La normativa está muchas veces obsoleta. Ayer leí que no se que modelo de Mercedes nuevo, no va a ser legal en España porque lleva muchas pantallas táctiles para el conductor, y segun el RGC, es ilegal manejar pantallas en marcha.
Según tengo entendido cuando recurres una multa, se la remiten de nuevo al agente que se retracta o se reafirma. Ultimamente veo pocan intenciones a dichos agentes de realizar una labor formativa o informativa cuando se realiza una supuesta infracción. En las administraciones publicas pesa demasiado la recaudación y esa presión recala tambien en los agentes, ahora más que nunca. Veo más facil que te multen que te dejen seguir si hay dudas. Que quede claro que a mi me gustaria que estos auriculares fueran legales porque yo soy de los que va siempre que puede con musica. Consumidores y ciudadanos en general tenemos las que perder ante compañias y administraciones. Ya se encangar de que las multas o los cobros indebidos (incluido el 50% de reduccion por pronto pago) sean suficientemente pequeños para que nos sea rentable y/o no valga la pena seguir los procesos de alegación o reclamación.
Como con los agentes de la ley suele pasar, depende quien te toque aunque la ley marque una cosa, te multará o no. Una lástima, pero es así.
Son legales en varios paises de Europa. En España se encuentran en un poco limbo (siempre vamos tarde en el tema legislativo y solemos copiar lo que hacen otros) aunque hay jurisprudencia sobre el uso de un auricular en una oreja: Un juez dictamina que conducir oyendo música con un auricular no es sancionable | España | EL PAÍS (elpais.com) “lo que se prohíbe es todo dispositivo conectado a los oídos que pueda disminuir la atención a la conducción, sin que pueda determinarse si el plural que usa la dicción legal se refiere a que sea en los dos oídos o se refiere a un número determinado de dispositivos, en cuyo caso el plural significa que la infracción se comete tanto cuando se utiliza tanto uno como los dos auriculares, cacos o aparatos semejantes”. Y añade: “La interpretación razonable es que si se usan los dos auriculares o cascos, se supone distracción, mientras que en el caso de uno solo es cuando menos discutible”. En este caso el juez establece un paralelismo con el derecho penal, “aplicable al derecho sancionador” y opta por el in dubio pro reo; es decir, en caso de duda hay que fallar a favor del reo. En mi caso, multado una vez por llevar auriculares clásicos en una oreja y preguntando explicitamente a la guardia civil me dijeron que no me podían multar si llevaba los mal llamados auriculares oseos ya que no se encuentran taponando el oido. Deberían ser llamado altavoces al lado del oido. Ojo, unos tapones en los oidos (para eliminar el ruido) pueden ser objeto de multa ya que disminuyen la atención (del oido) en la conducción. La GC tiene instrucciones de que cualquier dispositivo dentro del oido es multable ... Un saludo
No puedes conducir con un auricular en la oreja, pero si con el volumen al máximo dentro del coche con las ventanillas subidas. Todo normal.
Yo llevo unos y me paro un policía local en valencia. Le señalé que no iban dentro de la oreja y me dejo irme. No se si por que fue permisivo o no. Yo los uso cuando voy solo
Por cierto, una curiosidad, ¿escuchando música tienes la misma percepción con los oseos comparándolos con los clásicos de botón?.
Yo de primeras cuando voy por carretera prefiero no escuchar nada más que los coches. En cuanto a su uso, los prove hace tiempo y a mi no me gustaron. La calidad de sonido no es similar a los que van metidos en la oreja y se hace raro. Paro para ir escuchando Onda 0 o un podcast pues cumplen. En cuanto a su legalidad no os puedo decir.
Debe de ser eso. Pero yo en el oido no llevo nada, y oigo los coches perfectamente. Sería discutible la sanción y si el agente no está muy puesto igual te deja marchar. Eso es lo que me paso.
Los auriculares están prohibidos, estos ni idea, pero igual es como los que se llevan en los cascos de moto, que van en el casco.
Le he preguntado a un policia local y a un guardia civil y ambos me contestan que estan permitidos 100% ya que la percepcion auditiva sigue activa. A mi me regalaron unos y me parece una pasada, se escucha bastante bien la musica y a la vez oyes lo que pasa al rededor. Nos pararon no hace mucho la GC y no pusieron ninguna objeción, ya o de siempre, si te toca el listo de turno...pero es bastante reclamable esa sancion. Problema que yo veo para con la administracion? que aun no esta tipificado este tipo de artilugios asi que...
Eso es. Realmente en el oido no llevas nada. Siempre salgo con ellos, excepto cuando salgo en grupo. Para mi es un gran invento. La música es mi segundo hobby Saludos
ademas que se escucha perfectamente todo lo que rodea, para cuando sales solo y haces tiradas largas que al final terminas aburrido mentalmente me parece un gran invento
No es reclamable, no están permitidos. Van a permitirlo pero no cualquier dispositivo, tienen que estar homologados.