Comprar sin pagar el IVA

Tema en 'General' iniciado por Испания, 3 Dic 2008.

  1. zapatonexx

    zapatonexx rutero

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    A ver si me he enterado, de lo que dices se deriva que si la empresa no lo vende, es decir, lo utiliza para su consumo, no pagaría IVA.
     
  2. kalvitero

    kalvitero Miembro activo

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    La diferencia es que en Alemania el IVA es del 19% y NO del 21% como nos han metido ahora en España, por lo que tendría 3€ "flotando"

    Antes salia rentable comprar allí sin IVA (19%) y pagarlo aquí (16%), pero ahora gracias a la megasubida del IVA es justo lo contrario
     
    Última edición: 12 Sep 2013
  3. hedtrip

    hedtrip Miembro

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    Eso parece con los ejemplos que pusieron de bici de reparto o regalo de empresa ¿no?
    Luego a la hora de hacer la declaración está en cada uno declarar lo que quiera.Y como alguien señalaba puede que hacienda lo investigue o no.No es mucha pasta tampoco.
    Pero yo entiendo que aunque sea consumo propio y no haya intención de especular,lo legal es declarar el valor con iva. Sea regalo o para usufructo
    Pero bueno,hay entra en juego la moral también,además de las leyes.
    A ver que dicen.

    EDITO:Esto me han dicho los de commençal:
    Gracias por contactar con nosotros.
    Los precios sin IVA solo se pueden aplicar para las comandas fuera de
    la comunidad europea.
    En el caso de un envio a Europa, tenemos que facturar el IVA.
    Por cierto, el IVA lo cobramos nosotros pero se devuelve luego al
    estado...
    Desgraciadamente, no nos lo quedamos.
    Un cordial saludo.
     
    Última edición: 12 Sep 2013
  4. gacelilla

    gacelilla Miembro

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    Lucasgp tienes razon en el caso de que el producto sea para vender, pero aqui se esta hablando de que la "empresa" no va a vender el producto, entonces si que hay un ahorro del IVA, pero repito, siempre que sea en la CEE
     
  5. Shook

    Shook Miembro Reconocido

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    A ver... que parece que no lo has pillado del todo.

    Toda empresa cuando compra un producto, sea en españa o en alemania, no va a afectarle el iva. Es decir, las empresas pagan el porcentaje que les corresponda, pero se lo deducen!

    Es decir, si compras algo no amortizable (un coche es amortizable, un ordenador también), el IVA, lo pagas nada más comprarlo, pero... contablemente te lo descuentas!

    Es decir, que al final la empresa paga 100€ más los 21€ de iva en españa o 19€ en alemania... pero los € que correspondan, si es para uso de la empresa, te quitas el iva del que tenías que pagar por otras operaciones.

    Por eso las empresas les suele interesar tener factura de todo!

    El caso es que luego a la hora de hacer contabilidad tendrás que ponerlo en el apartado que corresponda, e indicar que la bici es de la empresa (y ya el uso que le des es tu problema).

    Es más, y ya es salirse del tiesto un poco... si todos los particulares se pudiera deducir parte de casi todo lo que comprase cuando hiciese la declaración de la renta... to dios pediría factura!!! al igual que hacen las empresas, pero por eso en españa tanta gente prefiere trabajar sin iva... y así nos va!
     
  6. nemancos

    nemancos Miembro Reconocido

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    En cada repecho, en cada curva...
    Y hay una cosa que no tenéis en cuenta. No necesariamente el producto tiene que costar lo mismo en los dos países independientemente del IVA.
     
  7. hedtrip

    hedtrip Miembro

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    La economia sumergida tiene la culpa de todo jaja
     
  8. piolet1970

    piolet1970 Miembro activo

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    Te doy la razón en todo salvo en algunas cosas (como diría rajoy):

    El IVA puedes desgravarlo siempre y cuando se justifique en relación a la actividad de tu empresa. En el caso de una bici la relación debe ser clara, por ejemplo soy pintor y uitlizo la bici como medio de transporte en vez de furgoneta...Esto no cuela en la inspección de Hacienda. Otro ej soy abogado chachi y me voy a los juzgados en bici...vale pero en el caso de que cuele (que tengo dudas) tienes que desgravarlo confome a una regla establecida (amortización) y no todo el importe del IVA sino una parte. Si eres empresa tipos SL SA la cosa cambia bastante (la mayoría de los futbolistas, agentes, famosillos por ejemplo son SL pero tiene su cosa.

    Ante una inspección de Hacienda las cosas pillan un color diferente (todo mucho más oscuro), esto os lo digo por experiencia
     
  9. Shook

    Shook Miembro Reconocido

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    Justo lo que tenía algo de duda es justo lo que has sacado jejejeje...

    Lo primero muchas gracias por la puntualización, el caso es que cuando compras algo como medio de transporte o "regalo" (promoción o como quieras llamarlo) contablemente se tratará como tal (ya que como dices, estamos dando por hecho que no es una tienda de bicis).

    Entonces será el caso que indiqué, que es amortizable, en ese caso creo que si te quitas el iva, no? pero en 4 años, puede ser?

    He mirado aqui: http://www.infoautonomos.com/inform...deducibles-autonomos-irpf-estimacion-directa/ y parece que te podrías deducir un 50% del iva.

    Sea como sea, lo que se comenta más arriba, para no pagar tanto iva, lo más fácil y 100% legal es comprar en un pais de la UE que tenga un iva más bajo.

    Si nos ponemos a pensar mal... me da que al resto de los paises de europa le ha venido muy bien que españa tenga que subir el iva de 16 hasta... al final un 21%, ya que antes con 16, para cosas caras podríamos ser un pequeño paraiso fiscal. Y cuando digo que les ha venido muy bien digo que no me extraña que sea lo primero que se haya obligado... (por que al final, realmente como se paraliza la economía por la subida del iva, no se recauda el mismo porcentaje).

    Saludos
     
  10. piolet1970

    piolet1970 Miembro activo

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    Muy buenas,


    gracias?? para nada, es lo suyo poder compartir y estar en un foro como este.

    Mira la gente de hacienda cuando te toca "te toca" y el tema de desgravación ha pillao a mucha gente en "bragas". Como comentas parece que es posible poder desgravar el 50% del iva, pero te van a pedir justificar esa "inversión" como necesaria y por otro lado que no esté destinado a uso personal...algo creo que normal y que a un autonomo le hace polvo. Luego como comentas tienes que desgravar conforme a un periodo de amortización que está entorno a los 4 años que se supone que lo que compraste te va haciendo el servicio, vamos que no te desgravas por adelantado. Esto en general es conveniente que una gestoría te lo lleve y lugo no tengas sustos.

    España ahora con 21% de iva está machacando el consumo de manera brutal en vez de recaudar inspeccionando el mogollón de fraude (especialmente en grandes empresas) y no presionar al consumidor con tantísimo impuesto que encima nunca le dejan desgravar...en fin creo que me estoy metiendo en otro tema...

    Un saludo
     
  11. Shook

    Shook Miembro Reconocido

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    Una puntualización, dependiendo el tipo de empresa, creo que es bastante fácil que le cuele, yo creo que es fácilmente defendible ya que la puedes usar de medio de transporte, y quien te va a obligar a que no la uses para eso?

    De hecho hay empresas que cada vez más usan la bici para eso, recuerdo hace no mucho vi a un repartidor de la FNAC en bici, por el norte de España no se donde era pero una emprsea de reparación de Calderas tenía técnicos en bici...

    Siempre puedes decir que es para el chico de los recados y tal...

    Otra cosa es que te compres una bici de 4.000€ y pretendas hacerle creer a hacienda que es para entregar papeles a clientes jajjajaa

    Yo desde luego que no se me ocurre meterme como gasto una bici por mucho IVA que me desgrave
     

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