Aunque no vivo en Cantabria, pero sí en una zona que está en fase 1, a ver si esta noticia ayuda a esclarecer algo: https://www.cantabria24horas.com/no...r-del-municipio-para-practicar-ciclismo/83860
Resido en una población de menos de 5000 habitantes. A cien metros hay una "terraza". Viene gente que no es del pueblo y ahí están, haciendo gala de su hedonismo en la terraza. Mi municipio es extenso, que no poblado, pero no puedo moverme legalmente fuera de él para hacer ciclismo. M i e r d a y absurda ley decretada por Orden 399/2020 que fomenta estas paradojas: no te salgas a hacer ciclismo de tu término municipal, sin nadie, pero puedes irte a una terraza al confín de tu provincia. Los veo y juraría que, por lo menos, están a un 70-90% de capacidad.
Bueno, pues al parecer han modificado el BOE, el lunes todos los federados podremos salir del municipio dentro de la franja horaria.
En la nueva Orden 414/2020 que empezará a aplicarse a partir de las 0:00h de 18 de mayo, el apartado que nos concierne como ciclistas queda: Se modifica el apartado 1 del artículo 9, que queda redactado en los siguientes términos: «1. Los deportistas federados no recogidos en el artículo anterior podrán realizar entrenamientos de forma individual, en espacios al aire libre, dos veces al día, entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas, y dentro de los límites de la provincia en la que tengan su residencia. Las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán acordar que, en su ámbito territorial, las franjas horarias previstas en este artículo comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de dichas franjas. Para realizar estos entrenamientos, si fuera necesario, dichos deportistas podrán acceder libremente a aquellos espacios naturales en los que deban desarrollar su actividad deportiva como mar, ríos, o embalses Resumiendo que en las unidsdes territoriales que aparecen en el Anexo se podrá practicar ciclismo en todo el territorio.
Legalmente si. Pero vaya, todos sabemos que una vez abierta la grieta, por ahí se va todo el agua. Ya lo de no cambiar de municipio era muy ****** de controlar. Ahora ya va a ser imposible a no ser que se pongan directamente a controlar eso. A no ser que haya un desfase absoluto en algun lugar, con algun comportamiento chungo, no se van a poner a controlar si estas en tu municipio (esto ya se hacia lo justo) y ademas has pagado la licencia este año. Ademas ponerse a multar por algo que puede cambiar mañana (esto ha cambiado en menos de 2 semanas, sin cambiar de fase) pues... Pero bueno que si, que si quieren te pueden multar. Si esa multa se va a ir luego al limbo, como casi todas las demas que se han puesto, pues ya se vera.
Resumiendo que en las unidsdes territoriales que aparecen en el Anexo se podrá practicar ciclismo en todo el territorio.[/QUOTE] Lo pones muy bien y lo mencionas muy claro en tu nota, pero importante enfatizar que es para territorios fase 1 en adelante.
Si, no somos ciclistas sólo aficionados ya al tener licencia pasamos a globero elite , país de pandereta
[/QUOTE]Lo pones muy bien y lo mencionas muy claro en tu nota, pero importante enfatizar que es para territorios fase 1 en adelante.[/QUOTE] Tal y como te han dicho, es para todas las fases. Pongo esto que había puesto en otro hilo: Con la modificación de ayer del BOE, desde la fase 0 (cero) ya se hace distinción entre federados y no federados: Fase 0: los federados tienen como límite su provincia y pueden salir dos veces por día, de 6:00 a 10:00 y de 20:00 a 23:00. Si su población es de menos de 5.000 habitantes pueden salir de 6:00 a 23:00 dentro de su provincia. Los no federados dentro de su municipio y en los mismo márgenes horarios que los federados. Fase 1: igual que la fase 0 (cero). Fase 2: Lo mismo que la fase 0 (cero) pero sin límites horarios*. Los límites seguirán siendo de provincia para federados y municipio para no federados. *En la fase 2 no se podrá circular en las franjas horarias reservadas para los mayores de 70 años (de 10:00 a 12:00 y de 19:00 a 20:00). Así lo interpreto yo después de mirar varias webs. Si estoy equivocado que me corrijan.
Además, acabo de leer en otro hilo de este foro que habrá otra modificación: las poblaciones que no tendrán límite horario pasarán a ser las que tengan menos de 10.000 habitantes en lugar de los 5.000. Habrá que ver si se confirma esto último.
Perfecto , muy buena noticia; me había guiado por el anexo de "unidades territoriales" que no incluye a territorios en fase 0. Pero bien es cierto que la modificación del artículo 9.1, que permite a federados moverse por la provincia, no excluye a nadie. Sólo por favor apelar a la responsabilidad, que he visto varias grupetas (algunas hasta paradas de Charleta), bastante más que otros días. Por favor, que el descuido de unos pocos, no arruine los grandes sacrificios de la inmensa.mayoria.
No hay que olvidar que, respecto a otros deportes, el ciclismo tiene la particularidad de que se practica con la bicicleta, que es un vehículo. No hablamos de hacer surf, ni escalada. Hablamos de un vehículo, y no te pueden limitar a moverte por el municipio.
No exactamente, del ciclismo los únicos que se han pronunciado al respecto, son los judas de la federación. A la federación en gran parte le debemos nuestros problemas. Lo han enguarrado todo para sacar más licencias. Han prohibido el deporte no federado más allá del municipio, pero si tener en cuenta la particularidad de que la bici además, es un medio de transporte.
Sí, si comparto todo lo que dices y que no te falta razón. Pero como explicas eso a un uniformado que te pueda parar por ahí y que se disponga a crujirte la cartera.