DGT obliga a matricular las EBIKE

Tema en 'Bicis Eléctricas' iniciado por iggava, 30 May 2019.

  1. iggava

    iggava Morderás el polvo

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    Lo dicho... ¿Qué opináis? ¿Esto va a tener recorrido? IMG_22105799F53C-1.jpeg
     
  2. Sven Parguelson

    Sven Parguelson Miembro Reconocido

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    Escalofriante documento
     
  3. Armand Vantiesen

    Armand Vantiesen Miembro Reconocido

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    Subpole.

    Hay que leer demasiado.

    Los asistidos prefieren no leer y a los no asistidos nos la pela que tengan que poner matricula.
     
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  4. cvigo

    cvigo Novato

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    Ridículo absolutamente

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  5. YAKASU

    YAKASU Miembro Reconocido

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    ...Pero NO a las e-pedelec, éstas estan en otra categoría y no les afecta. Las que no cumplan con la normativa de las e-pedelec , se consideran como "ciclomotores" con toda la normativa que les atañe. Es una misiva para los agentes cuando tienen que examinar un ciclo dudoso ( ej: algunos kits eléctricos de más de 500 W (sí, en la DGT son consideradas pedelec hasta los 500 y no 250 W, peeero..).
     
    Última edición: 30 May 2019

  6. sebastiandanus

    sebastiandanus Miembro Reconocido

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    Las pedelec no son vehículos a motor, son consideradas como bicicletas, es así de sencillo...

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  7. iggava

    iggava Morderás el polvo

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    Pero aqui no habla de vehículos a motor, habla precisamente de "ciclos diseñados para funcionar a pedal que cuentan con una propulsión auxiliar cuyo objetivo es ayudar al pedaleo", "... la cual corta a los 25 km/h" y "...la potencia máxima es igual o menor a 1000w".

    A mi entender esta describiendo claramente una EBIKE...
     
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  8. sebastiandanus

    sebastiandanus Miembro Reconocido

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    Pero no una pedelec, que son las e-bikes que se ven en la montaña. Que es una pedelec?
    Bicicleta con asistencia al pedaleo con estas características :
    Pesar menos de 40kg
    Sólo asiste cuando se pedalea
    Potencia hasta 250w
    Corta la asistencia a los 25kms/h
    Sí cumple estas premisas es una bicicleta y no es una e-bike... Es una bicicleta, no hay más...

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  9. sebastiandanus

    sebastiandanus Miembro Reconocido

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    Y por cierto, esto no es nuevo... Siempre que es una e-bike (no cumple con las condiciones de pedelec)se tiene que matricular, sacar seguro, pagar permiso de circulación...

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  10. Sven Parguelson

    Sven Parguelson Miembro Reconocido

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    Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...
     
  11. YAKASU

    YAKASU Miembro Reconocido

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    Solo estan diferenciando, según normativa de 2 tipos de E-bikes ( nada que ver con las pedelec): las Le1-A y las Le1-B.
    Esta distinción es para el cobro de impuestos, requisitos y supongo que también restricciones de circulación en determinadas vías.
     
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  12. iggava

    iggava Morderás el polvo

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    Dios te oiga y tengas toda la razón del mundo....:confused:
     
  13. YAKASU

    YAKASU Miembro Reconocido

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    ¡Es que tiene toda la razon del mundo!
     
  14. gtaadicto

    gtaadicto BTR Team

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    He mirado el reglamento UE 168/2013 y he localizado esto:

    2. El presente Reglamento no se aplicará a los vehículos siguientes:

    a)

    los vehículos cuya velocidad máxima por construcción no supere los 6 km/h;

    b)

    los vehículos destinados exclusivamente a ser utilizados por personas con discapacidad física;

    c)

    los vehículos destinados exclusivamente a ser conducidos por un peatón;

    d)

    los vehículos destinados exclusivamente a la competición;

    e)

    los vehículos diseñados y fabricados para ser utilizados por las fuerzas armadas, los servicios de protección civil, los servicios de bomberos, las fuerzas responsables del mantenimiento del orden público y los servicios médicos de urgencia;

    f)

    los vehículos agrícolas o forestales regulados por el Reglamento (UE) no 167/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de febrero de 2013, relativo a la homologación de los vehículos agrícolas y forestales, y a la vigilancia del mercado de dichos vehículos (22), las máquinas reguladas por las Directivas 97/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1997, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre medidas contra la emisión de gases y partículas contaminantes procedentes de los motores de combustión interna que se instalen en las máquinas móviles no de carretera (23), y la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a las máquinas (24), y los vehículos de motor contemplados por la Directiva 2007/46/CE;

    g)

    los vehículos destinados fundamentalmente al uso en todo terreno y concebidos para circular en superficies no pavimentadas;

    h)

    las bicicletas de pedales con pedaleo asistido, equipadas con un motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250 W, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h o si el ciclista deja de pedalear;


    i)

    los vehículos autoequilibrados;

    j)

    los vehículos que carecen de una plaza de asiento como mínimo;

    k)

    los vehículos equipados con cualquier plaza de asiento para el conductor en los que el punto R se sitúe a una altura inferior o igual a 540 mm en el caso de las categorías L1e, L3e y L4e, o inferior o igual a 400 mm en el caso de las categorías L2e, L5e, L6e y L7e.


    No creo que tenga ningún recorrido, si la DGT sigue adelante con considerar a las bicis como ciclomotores está incumpliendo !a normativa comunitaria, cualquiera puede tumbar esa Instrucción en los juzgados.
    Además tanto el reglamento como la instrucción hacen referencia a la HOMOLOGACION (de nuevos vehículos) Y VIGILANCIA DE MERCADO, solo atañe a los fabricantes, distribuidores e importadores, no a los usuarios. A los que tenemos ya bicis electricas nos afecta el REGLAMENTO GENERAL DE VEHICULOS, que sigue como hasta ahora.

    En conclusion, no hay ningún motivo para alarmarse.
     
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    Última edición: 31 May 2019
  15. aplbike.com

    aplbike.com Miembro Reconocido

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    Nada nuevo...
     
  16. CRONOS

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    La confusión viene, por que llamamos e-bike a lo que normalmente tenemos que son pedelec

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  17. jtrek

    jtrek Reportero dicharachero.

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    Esto es lo que afecta a las pedelec.
     

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  18. Tongolés

    Tongolés Miembro Reconocido

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    La DGT está aclarando el tema:

    [​IMG]

    [​IMG]
     
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  19. Sven Parguelson

    Sven Parguelson Miembro Reconocido

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    Pues tema cerrado
     
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  20. Lanzarote

    Lanzarote LA PEÑA S´ESPEÑA

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    Aunque le fastidie a mas de uno.
     
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