Son casualidades pero yo creo que a no ser que pongas un seguro concreto para ese finde a esas bicis o algo...el seguro encargado seria el del trastero de tu suegro y lo primero que diran es que demuestres que habian dos bicis de ese valor...
Si te roban en tu trastero te cubre a ti y a tu pareja, si roban en casa de tus suegros contando k sean suegros, te debe cubrir el seguro de ellos. Ojo con k te cubre lo k tengas k creó k no es así, creó k tienen k vivir y/o tener x línea de parentesco, o estar metido específicamente en el seguro. También te vale tu bici nueva x, pero todo los años para ellos se va devaluando y no suelen dar el cvalor de nueva. Claro k depende de lo k tu temgas contratado, k hay casos k dan el 100%.
Hombre compi, de la misma forma que tu seguro se hace cargo de la bici de tu novia, el de tus suegros deberían hacerse cargo de la tuya. El seguro del continente se debería hacer cargo del contenido, independientemente de la propiedad del mismo.
Ojo... Si dice que la bici no es de su suegro no le cubre... Por norma general no, salvo que se amplie esa opcion en la poliza.... Vease alquileres y demás... Al menos eso es asi en mi caso, ya que nos paso algo similar. Pero ahi esta el decir que es propiedad de él
Por mucho que aquí te digan lo mejor es preguntar a la aseguradora, y mejor aún es leerse el condicionado general del seguro, el librito ese que nadie se mira. Allí está la letra pequeña y te especificara si solo cubre los bienes propiedad del asegurado. Todo lo demas son finflas.
Leyéndoos me surge una duda... Pongamos que tengo en mi casa una bici comprada de egunda mano. Evidentemente, la compré por debajo de su precio nueva. Pongamos que la bici nueva costaba unos 4000€, y que la compré por 1500€. Si entraran a robar a mi casa (en propiedad) y se llevaran la bici, ¿cómo puedo demostrar que tenía esa bici y cual es su valor? ¿bastaría con el contrato de compraventa entre particulares? ¿O tendría que enseñarles alguna foto de la bici en mi casa demostrando que es mía? ¿Me pagarían en base al precio de nueva devaluado sobre el el tiempo que tiene desde que se compró? ¿O en base al precio que la compré en su día? Tengo la factura de compra, pero no está a mi nombre. De hecho, no tiene ni el mismo número de cuadro, porque se lo cambiaron al anterior dueño (tengo los papeles también).
Los seguro cubren hasta ciertas cosas, (mi pareja trabaja con varias aseguradoras), para mayor tranquilidad y para material de cierto valor, siempre es mejor tenerlo especificado, y declarado, así te evitas complicaciones y dolores de cabeza. En los supuestos casos de, me roban en mi casa, si no tienes la bici estipulada como un valor "x", si es un valor elevado, el seguro pedirá la denuncia de los bienes robados, si ha sido hurto, si ha sido robo con fuerza, enviará un perito y valorará como ha sido el robo, y hará una serie de preguntas y pedirá que se muestre toda la documentación que se tenga sobre lo robado (como facturas, fotos, etc...), y luego revisaran las clausulas de la póliza para ver hasta que cantidad cubre y que cosas cubre o están excluidas. Si lo robado no supera una cantidad o no sobre pasa lo valores contratados, te pagarán en arreglo a lo estipulado y por norma..., si el robo es verdadero y el montante es elevado, solemos salir perdiendo, ya que no se suele recuperar el 100% de todo, menos en casos en que la póliza está muy bien estipulada y condicionada y ahí podemos estar más tranquilos (pero suelen ser pólizas que no nos gusta pagar, ya que son más elevadas y piensas..., hasta tanto no creo que me pase). En los casos de los trasteros.., si están incluidos en las pólizas, suele haber una cantidad estipulada de valor para lo que tengas en los trasteros, así que....., si el valor estipulado es 1500 euros, da igual que tengas una bici o dos o tres, y todas suban 8000 euros, te darán los 1500 euros y adiós muy buenas. Al igual que si las bicis valen 600 euros y el seguro no te pone pegas, te dará los 1500 euros, por que todo no se puede tener cuantificado, y guardar facturas de material de 5 o 6 años, aunque deberíamos. Cuando el robo es en casa de otro particular, es más de lo mismo que en tu casa ,dependerá de su seguro, y tendrá que ser el propietario y tomador del seguro que presente la denuncia, haga una declaración jurada al seguro que tenía esos bienes ahí y que puedas demostrar dentro de lo posible que ese material estaba ahí. Si no..., hay muchos listos que sacarían mucha tajada, aún así los hay, y por eso, normalmente pagan justos por pecadores. Aún así, muchas veces ponen pegas, dependiendo de las cláusulas, de los partes abiertos por el tomador del seguro, la compañía que tengas, etc... Lo mejor y más aconsejado....., es que si tienes un material de un cierto valor y te preocupa que pueda pasar, es declarar ese material, la póliza puede incrementarse muy poco en la cuota anual, pero te quedas más tranquilo ala hora en caso de robos. Cuando hice mi seguro inicialmente, aparatos de un cierto valor, en su momento lo que superaba las 250.000 pesetas de entonces, lo dejé reflejado para que en el día de mañana , no hubiera pegas, el asegurador vino, fotografió los aires acondicionados, el equipo de música ,etc..., todo lo que su valor superara una cantidad había de dejarlo reflejado, así no había problemas. Si no.., como demuestras que tenías un equipo de audio de un valor y no un barato del Carrefour?, un aire acondicionado de cierto valor y no solo unas facturas de hace 12 años?, lo mejor es dejarlo todo estipulado, lo que suele pasar que por esos seguros más completos, hemos de pagar algo más y lo que suele pasar es que intentamos siempre ,que nos salga lo más barato posible. A principios de año, a un amiguete mío le entraron y se le llevaron la bici de dentro de su casa y varias cosas más, su seguro le cubrió hasta cierto valor, por que fue un robo, y no un hurto, hubo denuncia, hubo périto, etc...los números le salieron, pero..., por que tenía la factura de hacia unos meses, y le dieron el valor total por que no superaba ciertos valores del robo. Perdón por el tocho.
Inicialmente te pediran facturas, etc, etc y si no puedes aportar información a la aseguadora, será el périto el que la tase. Los bienes tienen una vida util de 10 años, y te descontarán un 10% del valor de nuevo por cada año de antiguedad.
Trabajo en seguros, y aunque cada aseguradora tiene sus condiciones, más o menos suelen coincidir en los términos generales. Para las Compañías, se entiende por "Contenido" y "Unidad Familiar": "El conjunto de bienes muebles para uso privado y doméstico propiedad de usted, de los miembros de su unidad familiar y del personal doméstico a su servicio, cuando convivan de forma permanente en el domicilio asegurado, siempre que estos bienes se encuentren en el interior de la vivienda o en sus dependencias anexas cerradas con llave, excepto para lo expresamente indicado en la cobertura de Robo y expoliación de contenido en jardines, patios y terrazas." "Unidad familiar: A efectos de esta póliza es la agrupación compuesta por usted y, cuando convivan en la vivienda asegurada de forma habitual, por su cónyuge o pareja de hecho, y los hijos y padres de ambos. Cualquier discrepancia entre usted y nosotros sobre la convivencia habitual, se resolverá acudiendo al padrón municipal." Por lo tanto, el robo de tu bicicleta en el trastero o casa de tus suegros, no lo cubriría el seguro de tus suegros, ni tampoco la bici de tu mujer a menos que ella esté empadronada en esa dirección o se pueda demostrar que reside de forma habitual en la vivienda asegurada, no basta con ser hijo/a del Tomador de la póliza. No obstante, siempre puedes decir que te la han robado en tu trastero, obviamente tendrías que romper la cerradura y poner la denuncia correspondiente. Yo nunca he dicho esto que conste. Cualquier objeto de valor, joyas, modificaciones estructurales que mejoran la vivienda como por ejemplo suelo radiante de calefacción, etc etc han de ser declarados por su valor en la póliza. No es necesario tasarlos, simplemente mostrando la factura o declarando tú el valor en la póliza. Puedes declarar el bien por el importe que quieras, vas a pagar por ello, pero a la hora de sustituirlo en caso de siniestro, no te darán el importe que hayas declarado, sino el valor de reposición a nuevo presentando la nueva factura.
En los coches pasa exactamente lo mismo, si no declaras las mejoras o cambios y los tasa el perito y pagas la sobreprima, no te lo pagarán en caso de siniestro.
Es una historia el tema de los seguros,piensas que estas cubierto hasta que tienes un siniestro. La mayoria de seguros ponen un limite de 1200 euros por objeto en el trastero