Hecho un lío!!!!

Tema en 'General' iniciado por jomuam, 12 Ago 2016.

  1. Valdeon

    Valdeon Miembro Reconocido

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    Mas facil todavia... yo me siento generoso y me da por regalarle una bicicleta nueva a mi hermano, se la compro se la envuelvo y una semana despues se la doy... ¿pierde la garantia por no usarla la misma persona que la pago...?. Si llevamos eso a la letra estricta, toda bicicleta infantil carece de facto de garantia porque quien la compra jamas la usa, la usa siempre otra persona. Es ridiculo. Como bien dices, lo garantizado es el producto, no el usuario... ¿o acaso el fabricante o comerciante sabe algo del usuario para saber como usara el producto y asi ajustar los plazos razonables?. Solo conocen el producto.

    Hasta luego.
     
  2. montxete

    montxete Miembro Reconocido

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    Son las garantías extendidas lo que requieren la identidad del comprador.
    Cuando me compre una orbea ya me lo dijeron clarito: garantía de por vida,solo al primer comprador. Te registras con la factura. Si pasa algo en el periodo de garantía europea(dos años ) no te exigen la identidad,pero pasado ese periodo si,por que es una garantía extendida que da la marca por deferencia a sus clientes.no tienen obligación legal pasados dos años,así que todo lo que pase de ese periodo digamos que es un extra que te dan...bajo sus condiciones de garantia extendida
     
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  3. Valdeon

    Valdeon Miembro Reconocido

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    Esto si tiene sentido... pero la garantia minima por ley no es cosa del fabricante y no pone sus condiciones como bien has dicho.

    Hasta luego.
     
  4. Anakin V2

    Anakin V2 Miembro Reconocido

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    Macho es que en todo quieres tener razón.
    Piensa un poco la garantía es al consumidor original que es el único que puede demostrar la compra, no al usuario, quien reclama la.garantia de una bici infantil el niño o el padre.... Un menor puede ser titular de una compra el solo por si mismo....
    Con bicis del super como han dicho que las venden como si fuese un kg de limones pies estarán menos atentos pero con productos de valor...
     
  5. Valdeon

    Valdeon Miembro Reconocido

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    No digo lo que es... digo lo que deberia ser. El comprador original puede morir... por ejemplo y con su muerte expirarian las garantias de todo lo adquirido. Eso es injusto, abusivo y absurdo. Eso es lo que digo... y cualquier marca seria deberia corregirlo... pero pocas lo hacen.
     
    Última edición: 15 Ago 2016
  6. MrWilbur

    MrWilbur Miembro

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    Tus medidas me resultan algo raras, pero no eres bajito. Eso y si KTM hace tallas algo más pequeñas de lo normal (que no lo sé pero no sería tan raro)... Pues igual lo tuyo tiene solución. Además de que si la bicicleta te quedase "supergrande" te habrías dado cuenta en la compra, te habría parecido un caballo y la comparación de altura con su antiguo propietario habría sido muy clara.

    Un posible "parche":

    Potencia chata+tija de sillín recta+sillín adelantado. Y llegado el caso, según tus necesidades, un manillar con algo de elevación y curva hacia el ciclista.

    http://www.probikeshop.es/truvativ-potencia-hussefelt-3aa-8mm-aa-aa-8-negro/72089.html
    [​IMG]
    http://www.probikeshop.es/tija-de-sillin-funn-crossfire-recta-azul/99137.html
    [​IMG]
    http://www.probikeshop.es/manillar-fsa-comet-riser-rise-15-mm-31-8-740-mm-negro/109049.html
    [​IMG]

    Igual me equivoco, pero es que me da la impresión de que acabarías cambiando por una talla 18. Con un poco de suerte, si conoces alguna tienda de bicicletas, hasta te lo montan para probarlo allí mismo para ver si adapta tu postura. Ánimo y esperemos que le encuentres solución.
     
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  7. jomuam

    jomuam Miembro activo

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    Sin duda, una de las respuestas más valiosa( sin desmerecer al resto,por supuesto). En primer lugar, gracias por la ayuda. Y, bueno, ya he cambiado potencia, movido sillín, he probado diferentes alturas de tija, solo falta el manillar, pero me niego a invertir ni un € más, el tendero de mi pueblo me aconseja venderla, porque ni de lejos gasto una talla 19. Así que, a ver como acabo, porque la tengo puesta a la venta pero nadie de momento me pregunta si negocio el precio...y está impecable...

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  8. MrWilbur

    MrWilbur Miembro

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    Pues macho, ojalá la coloques y no le pierdas demasiado.
     
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  9. aruizm0

    aruizm0 Miembro Reconocido

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    Me ha resultado curioso este hilo. Yo también tengo una ktm que compre hara casi 2 años, en mi caso es una 29". Mido también 177 cms, de entrepierna 78 cms. Cogi talla 17" y aunque en general voy bien, muchas veces me rallo pensando que me va pequeña

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  10. jomuam

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    Yo ya te digo,me encanta pero no consigo ir a gusto, llevo unos dias sin tocarla y el cuello ya ni noto las molestias, pero ya llegó el punto que a los 5 ó 6 km empiezo a notar la carga...

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  11. Tiristor

    Tiristor Miembro Reconocido

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    Y dale... En los ultimos años me he comprado un monton de productos: bicicletas, teléfonos, aparatos electrónicos de todo tipo, da igual que sean de supermercado o no, y con la compra de todos ellos lo único con que me he venido a casa es con un ticket de caja donde en ningun lado pone mi nombre ni DNI, que es lo único que te van a pedir si tienes que reclamar algo. Tener ese ticket es suficiente para demostrar la compra, si yo se lo adjunto al que le vendo la bici, él mismo puede decir que la ha comprado él y nadie puede rebatirle.


    En cuanto a lo de la talla, yo tambien probaría cambiando la potencia y demas elementos que te muestra el compañero, igual no consigues adaptarla 100% pero si que no te sea incómoda y puedes echar un tiempo con ella.
     
  12. Anakin V2

    Anakin V2 Miembro Reconocido

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    11 de Septiembre de 2003 entró en vigor la nueva ley de garantías que cubre los bienes de consumo.

    Conformidad de los bienes de consumo:

    En el momento de la compra se ha de asegurar que el bien adquirido responde perfectamente al uso por cual está destinado, y responda a la descripción realizada del objeto. Es decir, que el bien tenga las características esperadas y la calidad sea aquella que corresponde a lo que fundadamente se puede esperar para el uso al que el producto esté destinado.

    La documentación:

    La factura o el ticket de compra es nuestra garantía. Si la compra de un producto no va acompañada de la correspondiente garantía, no pasa nada, ya que tanto la factura, como el ticket de compra son suficientes como prueba de compra. Es por este motivo que nos tenemos que asegurar siempre que en la documentación conste la referencia del producto adquirido, la fecha y el precio. No olvidemos guardar toda la documentación, publicidad o modelo que nos facilite el vendedor.

    Plazos de la garantía:

    Todos los bienes cubiertos por la ley de garantías (que no sean de segunda mano) están cubiertos durante 2 años, aunque existen sub-plazos que cambian bastante la posición del consumidor.


    Cuando hay falta de conformidad:

    Si durante los primeros 6 meses el consumidor tiene cualquier falta de conformidad sobre el producto, se entiende que está provocada por un defecto de origen del producto, y por tanto el consumidor tiene derecho a la reparación o sustitución del bien..
    En cambio, si esta falta de conformidad se da pasados los primeros 6 meses, deberá ser el consumidor quien tendrá que demostrar que el defecto era de origen y no a un mal uso por su parte. Es por tanto importante que en el momento que se detecta esta falta de conformidad se comunique lo mas pronto posible.

    ¿Quien responde de la falta de conformidad?

    Una de les novedades más importantes de esta nueva ley es la responsabilidad total por parte del prestador del servicio (vendedor); es decir que es aquella persona a quien compramos el producto a quien debemos exigir el cumplimiento de las responsabilidades a que le obliga esta ley. Sólo en el caso de que dirigirse al vendedor suponga una gran dificultad para el consumidor, este es podrá dirigirse directamente al fabricante.

    ¿A que da derecho la falta de conformidad?

    La falta de conformidad de un producto por parte del consumidor obliga al vendedor a la reparación o sustitución de este, de forma totalmente gratuita. El consumidor puede optar por cualquiera de las dos opciones, salvo el caso en que una de estas opciones suponga un precio desproporcionado para el vendedor. Si ninguna de estas opciones es posible, el consumidor tendrá derecho a una rebaja proporcional del precio, o a la resolución del contrato, es decir a la devolución íntegra del dinero.

    Mientras nos reparan el producto:

    Durante la reparación de un producto el periodo de garantía queda suspendido hasta que este vuelva a estar en perfectas condiciones y en disposición del consumidor. Es por tanto muy importante que si dejamos un producto en manos de un servicio técnico o del vendedor, éste nos facilite un resguardo de depósito donde conste la fecha en la que el producto ha estado entregado para ser reparado. Respecto al plazo que tiene el vendedor para retornar el producto, la ley sólo especifica que ha de ser en un tiempo razonable.

    ¿Y si se vuelve a estropear?

    La reparación de un bien tiene una validez de 6 meses, independientemente del periodo de 2 años de garantía; es decir que, en el caso que se vuelva a estropear un producto por el mismo motivo que ya lo ha hecho en los 6 mese previos, la reparación tiene que ser absolutamente gratuita. Esto implica que no pueden cobrar al consumidor ni materiales, ni desplazamiento (si fuese necesario), ni horas de trabajo. En resumen, no puede implicar absolutamente ningún coste para el consumidor.

    La garantía comercial:

    Aunque los bienes de consumo están cubiertos por esta ley, si un vendedor o prestador del servicio quiere ampliar el periodo de garantía legal ello se entiende como garantía comercial. Dicha garantía es necesaria que el consumidor la tenga por escrito, tanto por lo que repecta a la duración como a todo aquello que cubre exactamente este tipo de garantía una vez superados los 2 años.

    Pues si le daré lo que me de la gana, abogados de sillón y serie se televisión.
    Lo anterior es un texto de la ley, lo siguiente es lo que recomiendan los abogados para no tener problemas.
    Ahora tu sigue con tu royo, que suela colar para algunas cosas y confíen en la persona no quiere decir que sea lo estipulado y que si la cosa transciende un juez te vaya a dar la razón con un miserable tiket amén de lo que pone la.ley que los dos años de garantía legal se acaba en cuanto el producto se revender.


    Pero en realidad el ticket no es la factura, y además, cuidado, la caja imprime los tickets en un formato que con el tiempo se borra o es ilegible (papel térmico).

    Y además, ¡qué diablos! ¿Quién es capaz de conservar un ticket durante 2 años?

    El ticket sólo es un justificante de pago, y normalmente no contiene los datos que son obligatorios en la factura. Es mejor que no tener nada, pero para tu seguridad, lo ideal es tener la factura.

    La entrega de la factura es obligatoria por parte del vendedor siempre que la pidas. La factura supone para el consumidor el ejercicio de un derecho, ya sea a la hora de tributar (por ejemplo para justificar una deducción), ya sea por razones de consumo (por ejemplo como justificante de la garantía del producto).

    Si el importe sin IVA es superior a 100€, la factura deben emitirla a tu nombre como comprador. Además, la factura deben entregártela en el momento de realizar la operación, y en caso de que hayas hecho algúnpago anticipado, la factura deberá indicarlo explícitamente.
     
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  13. Tiristor

    Tiristor Miembro Reconocido

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    Tú mismo lo estás diciendo, tanto la factura como el ticket sirven para la garantía. Por supuesto que puedes pedir factura, siempre es un documento de más peso, pero no es obligatoria.
    Total, en el caso que nos ocupa si el compañero tuviera un ticket de esa bici que compró de segunda mano tendría un 99% de posibilidades de poder disfrutar de su garantia. De ahí a afirmar categoricamente que no tiene garantía por no ser el comprador original como has dicho tú, va un trecho infinito...

    Siento manchar el post del compañero con estas discursiones que ya se han salido del tema principal.
     
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  14. Anakin V2

    Anakin V2 Miembro Reconocido

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    Lo que afirmó es que no sabes leer.
    El ticket sólo es un justificante de pago, y normalmente no contiene los datos que son obligatorios en la factura. Es mejor que no tener nada, pero para tu seguridad, lo ideal es tener la factura.
     
  15. jomuam

    jomuam Miembro activo

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    Nada hombre, se ha ido un poco de varas el post...pero bueno estaba interesante la batalla de las garantías!!! Jajaja un saludo

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  16. vector4

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    Entiendo que la exigencia de factura a nombre del comprador original es en el caso de la garantía comercial ampliada, es decir, la posterior a los dos años. La marca en este caso puede exigir lo que quiera y uno es libre de aceptarlo o no.
    También entiendo que para aplicar la garantia al producto dentro de los dos primeros años no es necesario ser personalmente el comprador original, solo presentar la factura sea con el nombre que sea.
     
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  17. Tiristor

    Tiristor Miembro Reconocido

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    Pues me vas a explicar si no es obligatorio generar una factura y solo se da un ticket donde no pone ningun nombre, como es posible demostrar que la persona que va a reclamar una garantía con su flamante ticket es el comprador original o la ha recomprado 200 veces... Igual que si te roban la bici y tienes la mala pata que te roban el ticket de la misma, lo vas a tener muy crudo para reclamarla como tuya.

    Los productos de segunda mano tambien tienen sus garantías, que no vienen al caso.
     
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  18. vector4

    vector4 Miembro activo

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    Por ejemplo, Specialized solo hace referencia al primer comprador en el caso de la garantía ampliada de por vida. Screenshot_2016-08-16-01-29-40.png
     
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  19. Anakin V2

    Anakin V2 Miembro Reconocido

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    La entrega de la factura es obligatoria por parte del vendedor siempre que la pidas.
    Si el importe sin IVA es superior a 100€, la factura deben emitirla a tu nombre como comprador. Además, la factura deben entregártela en el momento de realizar la operación,

    Estas vacaciones he ido de viaje y he alcanzado con el coche en algún momento puntual los 130 km/h. De hecho he adelantado a la gc a esta velocidad y no ha pasado nada..... Es correcto, no, ha pasado algo, no, podrian haberme multado, Si, pero no lo hicieron.
    Pues con solo el tiket como sea un artículo de cierto valor y el vendedor se niegue a ver que cara se te queda cuando vayas con tu tiket medio borrado a reclamar, o que el vendedor pueda demostrar que tu no fuiste el comprador original.del articulo
     
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  20. MANUBMW

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    ojala la vendas rápido, yo tengo 2 KTM y en mi caso por altura ( 182 ) tengo la 19", normal que la notes grande, al final lo mejor es que la vendas ( si puedes) y te dejes de pruebas y cambios que solo son un parche

    Los otros a lo suyo........ @Anakin V2 @Valdeon y demás......
     
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