Puntualizo, para cometer un "Robo con Fuerza", no es necesario causar daños, en ocasiones si en otras no...Un saludo
Hombre tienes razón, quizás fuí un poco extremista, pero creo que el trabajo, (por lo menos en mi caso), del agente del seguro tuvo mucho que ver. Saludos y que no haga falta hacer uso de estos como dices, yo de momento la bike en casita tras el susto .
Robo con fuerza, lo dice la propia frase: Tiene que haber algun tipo de fuerza; bien sea reventar un candado una cerradura o usar una llave falsa o ganzúa tambien lo sería. Luego tambien es robo con fuerza que te amenacen con un arma o físicamente.
Hola, de contenido 40.000 de los cuales 15.000 están especificados en 3 bicicletas, no pago mas por esto, esta incluido en la prima total
---------- Post added at 17:24 ---------- Previous post was at 17:23 ---------- [/COLOR] La leche, se te ha escapado un cero de más o tu mensaje es correcto?[/QUOTE] En el contenido se asegura todo el interior de la vivienda y si hay determinados objetos de valor se detalla dentro de la misma cobertura sin incrementar la prima,
Os voy a aclarar un poco el tema del robo con fuerza es el nombre de la figura penal y realmente a lo que se refiere con fuerza no es lo que pensamos)bueno al tema, Este se aplica a las cosas y se cumple siempre que exista: - Escalamiento. Es decir que haya que escalar ( tipico el caso de la ventana abierta) o que se entre por un lugar que no este destinado a tal fin, chimeneas, conductos de A.A. etc ( vamos que no hay por que escalar, imaginaros una ventana del sotano abierta ) normalmente se aplica a la vivienda en si, pero si la vivienda fuera un chalet, el robo con fuerza, se cumpliria por el mero hecho de saltar el muro para acceder a la finca, aunque el escalamiento tiene sus limites, que si alguien los quiere los busco. - Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana. ( o de cualquier tipo de elemento destinado a la proteccion del objeto) - Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo. No hay mucho que explicar salvo el ultimo trozo, que trasladado al mundo de la bici es que si dejais la bici en un cofre en la calle y se lo llevan, seria robo si fuera necesario romper el cofre para sacar la bici. - Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda. Utilizacion de llave falsa.:Se considerarán llaves falsas: Las ganzúas u otros instrumentos análogos. Las llaves legítimas perdidas por el propietario u obtenidas por un medio que constituya infracción penal. ( si son prestadas no se cumple ) Cualesquiera otras que no sean las destinadas por el propietario para abrir la cerradura. ( una llave maestra, tipica en comunidades) Bueno mañana lo edito o posteo uno nuevo y os explico alguna cosita mas, ber que se cuece con la policia ypara saber que sucede de cara a los seguros.
Y digo yo una cosa , y si no hay facturas que pasa, lo digo por que yo no guardo copias de la factura de la bici ni de los componentes o accesorios que voy comprando, asi como tampoco de todo el material y herramientas que hay en el trastero, vamos que si tuviese que ir guardando facturas de todo lo que compro seria un caos, no es necesario factura, simplemente con que el perito vea la bici y el precio por la que se quiere asegurar vale, es decir yo declaro un objeto de valor x y por ese valor es por lo que se me asegura y se me cobra la poliza independientemente que tenga o deje de tener factura, el perito debe tomar nota de la bici y los componentes que tiene, lo que ocurre es que la mayoria de los peritos estan muy verdes
Tener la factura es importante , al igual que fotos y datos de lo robado, para tener menos problemas después del daño, no cuesta mucho tenerlo
Este tema me interesa mucho. Creía que había que tener factura. Mi bici es de segunda mano y tengo la factura de su primer comprador. ¿Me sirve para algo de cara al seguro del piso y robo de bicicleta? Gracias.
Vamos a ver, como corredor de seguros que soy voy a intentar aclararos algunas dudas sobre la cuestion que estais planteando. Lo primero que teneis que hacer es haceros con una copia de las condiciones generales de la póliza si no la teneis (muchas veces los bancos no las entregan). En las condicones generales en el apartado de continente os explicara bien en que situación cubren los trasteros, garajes y demas dependencias anexas. Hay veces que se cubren si estan dentro del mismo edificio y hay algunas polizas que cubren incluso si estan en otro edificio de la misma calle. Por otro lado, normalmente las bicis forman parte del contenido, no se trata de un O.V.E (objeto de valor especial), por lo que no hay que declararlo expresamente, si no añadir el valor de las bicicletas al total del contenido (de nuevo habria que mirar en la poliza que consideran ellos como O.V.E.). No esta de mas que estas cuestiones os las revise la persona que os esté realizando el seguro. Sobre el seguro, tambien se puede pactar la poliza a valor real como a valor de nuevo, logicamente en el primer caso la indemnizacion en caso de siniestro será menor porque se aplicará depreciación. El precio de la poliza en el segundo caso tambien sera superior. En el momento del robo no es obligatorio aportar facturas, aunque mejor si la tienes, asi como fotografias, etc.. Cualquier duda que tengais ya sabeis.
Vpe nos ha aclarado bastantes cosas, pero si algo hy muy importante de cara al seguro, tambien es la diferencia entre dependencias y anexas, dependencia de la vivienda o del edificio es toda aquella que se encuentra en el mismo "" Comunicada interiormente"" Y anexa ya lo dice la propia palabra. ejemplo practico es un chalet con garaje, si para ir al garaje hace falta salir de la vivienda, ya no es una dependencia de la misma, lo mismo para edificios o comunidades. Por lo que es muy importante mirar esto en el seguro pues esa pequeña diferencia hara que no nos cubra. Mas cosas. EL ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN Por violencia hemos de entender la que resulta de la aplicación de fuerza física en las personas directamente, como medio para el apoderamiento. Por intimidación se entiende, según la doctrina y la jurisprudencia, la fuerza compulsiva o psíquica, que causa temor en aquel a quien se dirige, al representar la amenaza explícita o implícita de un mal inmediato de suficiente entidad para vencer la voluntad contraria del sujeto contra el que se dirige y provocar, también inmediatamente que éste entregue la cosa o posibilite o no dificulte el acto de apoderamiento. Poco hay que explicar sobre lo anterior, podriamos añadir que si existen lesiones se juzgaran tambien las lesiones, tipico caso del tiron, pues abra un delito de robo y luego una falta/delito de lesiones. Tambien cabe decir que penalmente la intimidacion debe ser creible. vamos que si somos un grupo de veinte y viene una persona y nos dice que le demos las bicis por que nos mata a todos.... pues se se la damos es que somos tontos. Bueno ahora vamos al tema de la policia. Esto es delicado, pues la policia califica el hecho según lo que les contemos y estos normalmente y presionados por los politicos lo califican siempre que pueden como falta ( de ahi que luego en la tele salga que han bajado los delitos y los robos y hayan aumentado los hurtos), por lo cual convertiran nuestro robo en un hurto si no nos explicamos bien y los seguros habitualmente no cubren hurtos, Un ejemplo seria que dejas la bici candada a la farola y te la roban, vas a la policia y les dices que habias dejado la bici en la farola y te la han robado, el policia transcribe textualmente los hechos y lo califica como hurto, el seguro ya no paga tu bici, luego tu vuelves a la policia y les dices que estaba candada y el policia te hace una ampliatoria de la denuncia, tu se la das al seguro y el seguro te dice que sigue sin cubrirlo y que podrian apreciar mala fe por tuparte al ser denegada la indenización por lo que o demuestras que estaba candada o igual te enfrentas incluso a que el seguro te denuncie ó rescinda la clausula en base a tu animo de engañarles. Quiza el ejemplo no sea muy real, pero es algo que pasa. Respecto del robo, tampoco vayas a la policia y les mientas y digas que te han robado la bici en casa, por que suelen enviar a otro policia quien hara una inspeccion ocular y vera si lo que tu denuncias es verdad, y como hayas dicho que te forzaron la puerta y no haya rastro de esto, vais a tener problemas con la ley. Es mas si el objeto es de un valor especial, bicis de 6000 p.ej. cada seguro tiene sus cifras, la compañia podria iniciar una investigación en la que recurririan a la inspeccion ocular de la policia, o incluso mandarte un detective y como la cosa no este muy clara igual tienes que recurrir al juzgado para que te la paguen y la propia aseguradora se encargara de dilatar esto en el tiempo para que al final pases de todo. Recomendaciones: - Guardar facturas de todo aquello que compremos y cuando realicemos el seguro decirselo al mediador y que el te demuestre la clausula en la que esas cosas con ese valor estan cubiertas. Normalmente los seguros deberian mandar gente para comprobar lo que se quiere asegurar. si una persona normal, realiza un seguro normal y luego le roban, como diga que le han robado un rolex, va a tener que demostrarselo de mil maneras a la compañia, por que esta no querra pagarlo. - Guardar fotos por ejemplo para joyas lo ideal seria esta al lado de su factura. En el caso de las bicis, si tenemos una especialmente cara o queremos ser precavidos y la tenemos en un trastero no seria mala idea poner un anclaje en la pared o en el suelo y candar el cuadro al mismo, haciendo una foto del conjunto. Sabiais que en comunidades grandes las llaves de los trasteros son tan parecidas que una llave puede abrir mas trasteros. Estariamos ante un hurto ( por que no podriamos demostrar la llave falsa). - comparar seguros y sus coberturas, Algunos no cubren el robo si solo existe intimidación. y asi un monton de ejemplos. - Si finalmente te roban, lo primero que debes hacer es no tocar nada, especialmente si el valor es elevado y llamar a la policia. Ellos acudiran a tu casa haran la inspección y te diran que te vayas a denunciar ( te coges todos los papeles que tengas y vas)ó si tienes que cambiar cerraduras o anular cosas este es el momento de llamar y anular y luego llamas al seguro para que vengan a arreglar, no les digas simplemente que te han robado, diles me han roto una ventana, me han forzado una puerta, me han puesto un cuchillo en el cuello o lo que sea ( hay operadores muy tontos y otros muy listos que saben que las personas normales no saben distinguir entre robo/hurto, si estos son de uso, apropiaciones y demas. Una vez en comisaria no te pongas nervioso, las colas policias de pocos amigos y demas, ten en cuenta que estan cansados de escuchar problemas de los demas, por lo que no pagues tus nervios o impotencia con ellos, no valdra de nada, mas que para que te recoja una denuncia insulsa y pase de tí. luego lo siguiente ya seria el seguro pero lo dejo aqui que me voy a comer.
Yo tengo que comentar que por supuesto no tenía las facturas de las bicis que me robaron, ya tenían varios años, y lo único que me pidió el seguro fué un papel, (el chico de la tienda me hizo un tipo certificado), indicando el valor de mis bicis nuevas en una tienda, y todo sin problemas, supongo que no tenemos que tener todas las facturas, sería casi imposible, no? A mí desde luego no me hizo falta. Saludos.
Así se ahorra trabajo el perito, a la aseguradora le sale mas barato que lo hagas tu, a encargar a un perito que lo haga, como ha explicado VPARIS, no hace falta factura, realmente funciona como el seguro del coche, los peritos saben o deben saber el valor de lo asegurado, o a alguien cuando le han robado el coche le han pedido la factura de compra, pues no , se basan en el valor del modelo en el mercado.
mi vivienda esta en el numero 11 de la calle y el parking en el 34 1, fincas diferentes 2, en acera diferente 3, en la poliza del hogar no tengo declarado nada que no sea contenido o continente de la vivienda
Hay que tener en cuenta que los peritos no suelen tener ni idea de lo que vale una bici, ni de la depreciacion que sufre con el uso. Asi como las piezas de vehiculos estan todas catalogadas en un sistema llamado audatex, en el caso de las bicis suelen ir a las tiendas a preguntar precios e informarse de valores, asi que cuanta mas informacion y justificantes se puedan aportar. Sobre el tema de las dependencias anexas, tened en cuenta que se pueden hacer ampliaciones, clausulas especificas,etc, es cuestion de comentarlo a la hora de contratar. Enviado desde mi GT-P1000 usando Tapatalk
robo es cuando se emplea violencia o intimidacion es la personas o fuerza en las cosas,el uso de ganzuas,llaves falsas o las legitimas robadas al propietario tambien seria robo.
Si piso y trastero no están dentro de la misma comunidad, casi seguro no estarán dentro de la misma "propiedad horizontal" por si acaso, haz la consulta al seguro, porque puede ser que no te cubra. Si te dicen que no te cubre, entiendo que se podría incluir en la póliza. La bici, entra dentro del contenido del propio seguro. Si tuviese un valor superior a 3.000, tendrías que declararlo como objeto de valor especial. Ten en cuenta que dependiendo de la compañía, en vez de 3.000 € pueden ser 2.000 €. Por aqui ha comentado alguien, creo, que la bici entraría dentro del apartado de "joyas y dinero", y no lo tengo yo muy claro que sea así. Yo creo, que la bici, entra dentro del propio contenido.