1. Cierre cancelado
    He reescrito esta nota 10 veces porque las palabras no son lo mío y no se explicar la montaña rusa de emociones por la que estoy pasando.

    Por ahora se cancela el cierre. Siento las molestias.
    No voy a entrar a valorar los comentarios de algunas personas, cada uno es libre de opinar lo que quiera (siempre desde el respeto). Solo quería comentar, que la noticia de cierre no fue una cosa pensada en dos días sino en bastantes meses y llegó un momento en que era insostenible.
    También les quiero dar la razón aquellos que se quejan del abandono que sufría la web. Si, tenéis razón y es culpa exclusivamente mía.
    Y por último, esta situación cancela gracias a las múltiples personas que se han puesto en contacto conmigo insistiendo en revertir este cierre. Gracias.

    Gracias otra vez a todos.
    PD. Según tenga noticias las iré comentando de este modo.
  2. Tras 22 años de funcionamiento y muchas vivencias, lamentablemente, ha llegado el momento de decir adiós. Lo que empezó siendo un pequeño foro de "backup" de la web que muchos solíamos visitar, Solomountainbike, se convirtió en una web de referencia del ciclismo en general donde se compartían rutas, vivencias, fotos, kdds, etc.

    Gracias a todos los que contribuisteis moderando secciones, participando en los post, compartiendo vuestras aventuras y en general, haciéndonos participes de vuestras rutas en bicicleta.

    Ha sido un verdadero placer. Nos seguiremos viendo en los caminos/carreteras/watopia o donde sea siempre que se pueda ir en bici :)

    Un saludo

    PD. El cierre será el 5 de Abril de 2026.
    PD2. Actualización: Será el 15 de Abril y quizás se pueda revertir.
    PD3. He quitado toda la publicidad que, sinceramente, era excesiva.
    Descartar aviso

Medidas Especiales Regulación de Tráfico (2016)

Tema en 'General' iniciado por Diego Sarmiento, 21 Ene 2016.

  1. Diego Sarmiento

    Diego Sarmiento Miembro Reconocido

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    Boletín Oficial de Estado:

    Resolución de 8 de enero de 2016, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2016.

    Afecta a los Ciclistas/Ciclismo (Otra cosa es que lo lleven a cabo):

    Primero. Restricciones a la circulación.

    Se establecen las restricciones de circulación que a continuación se relacionan, todas ellas sin perjuicio de las restricciones temporales que, en su caso, puedan imponerse:


    E) Restricciones en vías con elevada circulación de ciclistas:

    Al objeto de incrementar la seguridad vial y favorecer la coexistencia de los distintos tipos de vehículos aptos para su circulación por las vías públicas, y teniendo en cuenta la especial vulnerabilidad de los ciclistas frente a otros vehículos de motor con mayores masas y dimensiones, el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico podrá fijar, durante días y periodos horarios concretos, limitaciones de velocidad con carácter temporal en los tramos de vías interurbanas que así se determinen por presentar una elevada circulación de ciclistas.

    Las limitaciones de velocidad se señalizarán por el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, mediante la correspondiente señalización variable, o por el Organismo titular del vía, a través de señalización fija indicando el alcance completo de la limitación.

    La página web de la Dirección General de Tráfico informará de los tramos de vías afectados por estas limitaciones.

    DEJO EN SEGUNDO TÉRMINO LO QUE AFECTA A PRUEBAS CICLISTAS:
    A) Pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos:

    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 y en el Anexo II del Reglamento General de Circulación, no se autorizará ni se informará favorablemente prueba deportiva alguna, de carácter competitivo o no, cuando implique ocupación de la calzada o arcenes, así como cualquier otro evento que pueda afectar a la fluidez de la circulación o la seguridad vial, especialmente aquellos que impliquen un uso excepcional de la vía y precisen escolta por las Fuerzas de Vigilancia de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, durante los días y horas que se indican en el anexo I de esta Resolución, así como aquellas que utilicen autovías, excepto en sus tramos de enlace imprescindibles, salvo las pruebas de carácter internacional que sean expresamente autorizadas o informadas favorablemente por las Jefaturas Provinciales de Tráfico o los Servicios Centrales del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, según proceda.

    En lo que se refiere a pruebas ciclistas, se entenderá que tienen carácter internacional las que estén incluidas en el calendario Mundial o Continental de la Unión Ciclista Internacional. Para otro tipo de actividad deportiva, las contenidas en el calendario de las Federaciones Internacionales correspondientes.

    Asimismo en relación a lo preceptuado en este epígrafe A), la Directora General de Tráfico, y en su caso por delegación el Subdirector General de Gestión de la Movilidad, podrá autorizar o informar según proceda, con carácter excepcional su realización cuando se justifique el carácter extraordinario y relevante por motivos sociales o tradicionales, siempre que se desarrollen a lo largo de vías de muy baja intensidad de circulación en las horas en que esté prevista su utilización, fuera de los horarios de gran volumen de desplazamiento a nivel provincial, autonómico o nacional, requiriendo reducida escolta por las Fuerzas de Vigilancia de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y siempre que no afecten a los tramos de carreteras, días y horas incluidos en el Anexo II, ni a las autopistas, autovías y a las vías incluidas en el Anexo IV de la presente Resolución.

    Y un enlace al BOE (Para los que gustamos de leerlo todo):
    http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2016-401
     
  2. undersea

    undersea Miembro Reconocido

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    Una de cal y una de arena, no?

    Por un lado se "protege" al ciclista...

    Por otro lado hacen poco menos que imposible organizar una marcha...aunque también es cierto que el siguiente parrafo, o muy similar, ya lo había leido yo en algún lado con anterioridad, o sea, que algo había:

    "Asimismo en relación a lo preceptuado en este epígrafe A), la Directora General de Tráfico, y en su caso por delegación el Subdirector General de Gestión de la Movilidad, podrá autorizar o informar según proceda, con carácter excepcional su realización cuando se justifique el carácter extraordinario y relevante por motivos sociales o tradicionales, siempre que se desarrollen a lo largo de vías de muy baja intensidad de circulación en las horas en que esté prevista su utilización, fuera de los horarios de gran volumen de desplazamiento a nivel provincial, autonómico o nacional, requiriendo reducida escolta por las Fuerzas de Vigilancia de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y siempre que no afecten a los tramos de carreteras, días y horas incluidos en el Anexo II, ni a las autopistas, autovías y a las vías incluidas en el Anexo IV de la presente Resolución."
     
  3. damartos

    damartos Miembro activo

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    Correcto me parece.

    Aunque el problema no está en cambios legislativos... sino en cambios en la mentalidad de la sociedad. Por muchas leyes que hagan (o modifiquen), sino nos damos cuenta de lo indefenso que está el ciclista en la carretera...
     

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