Multa de 100 euros por circular sin luces ni chaleco en la bici, ¿cuantos lo usais?

Tema en 'Accesorios' iniciado por tatules, 19 Oct 2009.

  1. alpha1_csf

    alpha1_csf Novato

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    Yo cuando mire ropa (que solo tengo culotte xD) para invierno me comprare una muy llamativa porque los chalecos me parecen muy incomodos.

    +1 Karmor, ahora despues de comer ya es casi de noche, hay que ir preparado. La seguridad es lo primero
     
  2. arlaukas

    arlaukas Miembro

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    Llevo las luces (de leds) en la mochila por si se hace de noche, de lo del
    chaleco habra que ir mirandolo.
     
  3. johnfrancis

    johnfrancis Novato

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    En el FeuVert teneis chalecos naranjas homologados con bandas reflectantes que son menos cantosos que los amarillos.
    Y en vez de por 5 euros, por 2'95.

    Página 5:
    CrossPaper
     
  4. Xuan de la Tuca

    Xuan de la Tuca Miembro

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    No estoy muy al tanto de la nueva normativa, haber si me ayudáis, las luces y el chaleco son para los que salen casi de noche o para las salidas diurnas también.
     
  5. Tashunka

    Tashunka Miembro

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    Hola a tod@s, ¿a que tiempo hay que pasar la ITV? *****, lo mejor será no dar ideas.
    Saludos
     
  6. Tashunka

    Tashunka Miembro

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    Esto ya no es broma, el ir con ropa bien distintiva, luces y captafaros es una seguridad sobre todo si circulamos de noche, pero de día se nos ve muy bien lo que pasa es que estorbamos a ciertos conductores que en muchos casos ellos también son ciclistas pero siempre tienen razón según en el lado que se encuentren. Los peores son los camioneros, bueno esos ya no existen desde que sus camiones andan más que los coches y van acojonando a todo lo que se les pone por delante y sobre todo a los más débiles en la carretera que somos los ciclistas.Así que nosotros nos comportemos con la misma educación
    cuando invadimos las aceras a los peatones y respetemos primero al prójimo y después las leyes.
    Saludos
     
  7. Boca Rana

    Boca Rana Novato

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    Lo que dice la ley es ésto:

    Reglamento General de Circulación.
    Artículo 98. Normas generales.

    1. Todos los vehículos que circulen entre el ocaso y la salida del sol o a cualquier hora del día en los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal Túnel (S-5) deben llevar encendido el alumbrado que corresponda de acuerdo con lo que se determina en esta sección.

    2. La regulación de los sistemas de alumbrado que no estén prohibidos, o en todo lo que no esté expresamente previsto en este capítulo o en otros preceptos de este Reglamento, se ajustará a lo dispuesto en las normas reguladoras de los vehículos.

    3. Las bicicletas, además, estarán dotadas de los elementos reflectantes que, debidamente homologados, se determinan en el Reglamento General de Vehículos.

    Cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, los conductores de bicicletas llevarán, además, colocada alguna prenda reflectante que permita a los conductores y demás usuarios distinguirlos a una distancia de 150 metros, si circulan por vía interurbana.

    Reglamento General de Vehículos.

    Artículo 22. Ciclos y bicicletas.

    1. Los ciclos, para poder circular, deberán disponer de:

    • Un sistema adecuado de frenado que actúe sobre las ruedas delanteras y traseras.
    • Un timbre, prohibiéndose el empleo de otro aparato acústico distinto de aquél.
    2. Además, para circular de noche por tramos de vías señalizados con la señal de túnel o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, los ciclos, exceptuando las bicicletas, deberán disponer de:

    • Luz de posición delantera y trasera.
    • Catadióptricos traseros y laterales no triangulares.
    • Catadióptricos en los pedales.
    3. Las bicicletas y las bicicletas con pedaleo asistido corresponderán a tipos homologados, según la reglamentación que se recoge en el anexo I.

    4. Las bicicletas, para circular de noche por tramos de vías señalizados con la señal de túnel o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán disponer de los siguientes dispositivos: Luz de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero, y podrán disponer de: catadióptricos en los radios de las ruedas y en los pedales.

    5. Todos los dispositivos a que se refiere el presente artículo estarán homologados de acuerdo con la reglamentación que se recoge en el anexo I.

    6. Los ciclos y bicicletas no podrán arrastrar remolque o semirremolque alguno.
    --------------------------------------------------------------------

    Como veis está bastante claro, es obligatorio lo siguiente (para circular entre el ocaso y la salida del sol o a cualquier hora del día en los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal Túnel):
    • Luz de posición delantera (blanca)
    • Luz de posición trasera (roja)
    • Catadióptrico trasero (rojo, no puede ser triangular
    • Alguna prenda reflectante (solo es obligatorio en vías interurbanas)

    Además, si quieres, puedes poner "catadióptricos en los radios de las ruedas y en los pedales" (ojo, es obligatorio que sean de color "amarillo auto" y que sean dos en cada pedal).

    En ningún sitio dice que las prendas sean homologadas, solo que sean visibles a 150 metros (la mención a la homologación recogida al anexo I es del reglamento general de vehículos y la referencia a la ropa está en el reglamento general de circulación).

    Las prendas reflectantes no son obligatorias en vías urbanas, tampoco se especifica cual prenda ha de ser, chaleco, casco, maillot, calzado, brazalete, etc.
    Las luces son obligatorias siempre que se circule de noche.
    El reflectante trasero también es obligatorio (puede estar integrado en la luz).
    No pone en ningún sitio que no puedan parpadear.

    He intentado buscar lo relativo a las condiciones de homologación de las luces y reflectantes pero no lo he encontrado.
    El R.D. 2406/85. establece que las bicicletas tienen que tener homologación de tipo y certificación de conformidad (marcado CE)
     
    Última edición: 4 Nov 2009
  8. Boca Rana

    Boca Rana Novato

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    Aunque sea off-topic para este hilo, las fixed también deben llevar frenos y los remolques están prohibidos.

    Edito: El timbre es siempre obligatorio
     
  9. vaya_putada

    vaya_putada The Snow Biker

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    el de la derecha soy yo:

    [​IMG]

    aunque la luz de atrás la llevaba apagada porque íbamos por camino...

    Creo que es de lógica, si sales de noche, llevar al menos dos luces y unos cuantos reflectantes... No creo que haya nada de malo ni raro en eso :D además la ley es clara... gracias Boca Rana por la aclaración :D

    un saludo!
     
  10. Boca Rana

    Boca Rana Novato

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    En lo que a mi respecta, llevar una buenas luces para que te vean, catadióptricos, algún chaleco, cinta o similar reflectante para que te vean es fundamental.

    Y si no cumple la homologación pero te hace más visible, pues mejor.
     

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