lo que me llama la atencion es.... un pequeño incendio en el monte porque a alguien trabajando se le escapa un fuego o algo similar y le caen 12.000 euros y 6 meses de prision arruinandole la vida. y luego un incendio de la leche que calcina 15.000 hectareas,mueren 4 retenes y se queman 10 casas y resulta que el tio queda impune porque es un enfermo (piromano) y ya provoco 6 incendios mas ese año. yo de verdad que no lo entiendo.
El incendio fue el miercoles por la tarde, un colega que pasaba en ese momento con la bici vio como unos chavales que venian del merendero con neveras prendian fuego, les incito a que con algo lo apagaran, pero en cinco segundo empezo a arder. Se adelanto y llamo a la guardia cicil, les espero y acompaño hasta los chavales que subian en direccion Carranque. El viernes fue a testificar a Illescas, con lo cual ya esta en manos de la guardia, ahora solo toca esperar que se lo hagan pagar.
Pues mucho me temo que a los "chavales" no les va a pasar nada...multita a los papis y "arreglao",asi vamos,si lo principal para que una sociedad funcione es la justicia,aqui como vemos cada dia esta echa un asco,una pena pero es asi.
Que lástima!! Como dices, encima en esta zona que apenas tenemos árboles!! Entre Almorox y éste hemos empezado bien el verano ;(
Artículo 352 del Código Penal. [Punición] Los que incendiaren montes o masas forestales, serán castigados con las penas de prisión de uno a cinco años y multa de doce a dieciocho meses. Si ha existido peligro para la vida o integridad física de las personas, se castigará el hecho conforme a lo dispuesto en el artículo 351, imponiéndose, en todo caso, la pena de multa de doce a veinticuatro meses. Artículo 358. [Por imprudencia grave] El que por imprudencia grave provocare alguno de los delitos de incendio penados en las secciones anteriores, será castigado con la pena inferior en grado, a las respectivamente previstas para cada supuesto. Si fuesen menores de edad (algo que no sabemos) no se regirían por el Código Penal, pero en ese caso los padres serían responsables civiles de los daños causados. Yo creo que la Ley no está mal, lo que pasa es que pocas veces se pilla a los culpables. Un saludo
Hola Es duro, pero es así y está bien que sea así. Me explico: lo principal para que se pueda imputar un delito a una persona es que esta sea imputable, es decir, que pueda haber cometido el delito, y no lo puede cometer quien no sabe que lo está cometiendo porque sus facultades mentales no se lo permiten (entre otras causas de ininputabilidad). Es decir, comete el hecho pero no es consciente de su penalidad, por tanto no puede ser condenado. Cuestión muy distinta es que una persona que ya haya provocado 6 incendios esté en la calle y no siendo tratado en un centro sanitario, o que aquellas personas o entidades encargadas de su cuidado (en caso de que existan) no tengan algún tipo de responsablidad subsidiaria... pero el ejemplo que pones es perfectamente adecuado a las leyes españolas, las cuales pueden tener muchos defectos pero ese no es uno de ellos. Un saludo PD Además hay que ver las circunstancias de cada caso concreto, pues el que provoca el incendio trabajando está desarrollando una actividad económica encaminada a la obteción de un lucro, y por tanto debe ser responsable del riesgo que crea (y del daño que causa) con esa actividad.
El problema de todo esto es que las penas son muy leves, como para la mayoria de los delitos que se cometene en este pais, si ha sido intencionado y al que lo ha quemado le metiesen unos cuantos años en la carcel el proximo se lo pensaria. En fin, una pena. Saludos
Leves? Según se mire, pues si se comete con peligro para la vida o integridad física de las personas se aplicaría el Artículo 351. Los que provocaren un incendio que comporte un peligro para la vida o integridad física de las personas, serán castigados con la pena de prisión de diez a veinte años. Los Jueces o Tribunales podrán imponer la pena inferior en grado atendidas la menor entidad del peligro causado y las demás circunstancias del hecho. Cuando no concurra tal peligro para la vida o integridad física de las personas, los hechos se castigarán como daños previstos en el artículo 266 de este Código. A mi leve no me parece la pena, insisto, el problema está en la impunidad de los que lo cometen porque no se les pilla...
De los 10 años que te pueden caer, se suele cumplir poco, la verdad, luego haces un par de cursos de encajes de bolillos y punto de cruz, se arrepienten y a año y medio estan en la calle. El problema es que por mi parte se deberia de cumplir la pena integra, todo lo que te caiga y en algunos casos estoy a favor de la cadena perpetua. Saludos
Ah, o sea que el humo que se veia la semana pasada desde mi pueblo era en Carranque. Pense que se estaba quemando el monte de batres pero el domingo sali por ahi y no vi nada quemado. Pues vaya tela. Y encima saber que no fue fortuito sino por la irresponsabilidad de, en este caso, unos chavales. ¿Pero en que estaban pensando cuando hicieron eso? Por cierto, esta otra noticicia es de ayer mismo. Parece que hubo otro incendio y comenta que la semana pasada hubo DOS fuegos: Fuego junto al Parque Arqueológico de Carranque